III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-18449)
Orden TED/1071/2022, de 8 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para los programas de concesión de ayudas a la inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU (Programas Repotenciación Circular).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Jueves 10 de noviembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
18449

Orden TED/1071/2022, de 8 de noviembre, por la que se establecen las
bases reguladoras para los programas de concesión de ayudas a la inversión
en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y
medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en
instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado
por la Unión Europea, NextGenerationEU (Programas Repotenciación
Circular).

La pandemia provocada por la COVID-19 ha supuesto una crisis económica, social y
sanitaria. La magnitud del desafío ha exigido una respuesta común a escala europea.
Para dar respuesta a medio plazo, se ha puesto en marcha un ambicioso Fondo de
Recuperación y Resiliencia para contribuir al proceso de reconstrucción de las
economías europeas en el mundo post-COVID, a partir de 2021.
El nuevo Fondo de Recuperación NextGenerationEU permitirá a España movilizar un
volumen de inversión sin precedentes y en este contexto se aprobó el 27 de abril
de 2021, por Acuerdo de Consejo de Ministros, el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia de España(1), aprobado por la Comisión Europea el pasado 16 de junio
de 2021 y por el Consejo de la Unión Europea el 13 de julio de 2021, que traza la hoja de
ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento
económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y
resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década.
https://planderecuperacion.gob.es/.

Este Plan tiene entre sus objetivos que nuestro país apueste por la
«descarbonización», invirtiendo en infraestructuras verdes, de manera que se transite
desde las energías fósiles hasta un sistema energético limpio, siendo la transición
ecológica uno de los cuatro ejes transversales del Plan en nuestro país.
La Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de
diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes
renovables, modifica y refunde los cambios realizados en la Directiva 2009/28/CE, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de
la energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las
Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE. En su artículo 3 dicta que los Estados miembros
velarán conjuntamente por que la cuota de energía procedente de fuentes renovables
sea de, al menos, el 32 % del consumo final bruto de energía de la Unión Europea
en 2030.
Por otra parte, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (en adelante, PNIEC)
2021-2030, remitido a la Comisión Europea en marzo de 2020, proporciona el marco
director del programa de inversiones y reformas para una transición medioambiental
justa que desarrolle las capacidades estratégicas de la economía verde.
Dicho plan incluye, entre sus objetivos energéticos, lograr en 2030 una presencia de
las energías renovables sobre el uso final de energía del 42%, donde la producción de
energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable deberá representar el 74% de
la generación eléctrica, conllevando una importante reducción del nivel de emisiones de
CO2 y favoreciendo el paso a una economía baja en carbono.

cve: BOE-A-2022-18449
Verificable en https://www.boe.es

(1)