II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Asesores técnicos en el exterior. (BOE-A-2022-18380)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de asesores y asesoras técnicos/as en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Miércoles 9 de noviembre de 2022

Méritos

Sec. II.B. Pág. 152979

Puntos

Documentación justificativa

0,50

Copia de cuantos títulos se posean o, en su caso, los certificados
del abono de los derechos de expedición, de acuerdo con lo
previsto en la Orden de 8 de julio de 1988 (BOE del 13).
Para la valoración de los estudios correspondientes al primer ciclo
de una licenciatura, arquitectura o ingeniería, certificación
académica en donde conste de forma expresa que se han cursado
y superado todas las asignaturas o créditos requeridos para la
obtención de dicho título. En el caso de que se tengan
convalidadas asignaturas de este ciclo, estas convalidaciones no
podrán superar el cuarenta por ciento del total de las asignaturas
necesarias para superar el ciclo.

b) Titulaciones de segundo ciclo: Por los estudios correspondientes al
segundo ciclo de Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas o títulos
declarados legalmente equivalentes.
En el caso de funcionarios pertenecientes a Cuerpos docentes del
grupo A1, en ningún caso se valorará el primer título o estudios de
esta naturaleza que posea el candidato.
Las titulaciones de solo segundo ciclo y los títulos declarados
equivalentes u homologados a todos los efectos al título universitario
de Licenciado, únicamente se valorarán como un segundo ciclo.

0,50

Copia de cuantos títulos se posean o, en su caso, los certificados
del abono de los derechos de expedición, de acuerdo con lo
previsto en la Orden de 8 de julio de 1988 (BOE del 13), así como
certificación académica en la que se acredite la superación de los
estudios correspondientes al segundo ciclo.
La presentación de la copia del título de licenciado, Ingeniero o
Arquitecto sin la certificación de calificaciones podrá dar lugar,
exclusivamente, al reconocimiento de la puntuación
correspondiente a la titulación de segundo ciclo.

4.2.3 Por certificaciones oficiales de idiomas:
a) Certificado de Nivel Intermedio B2, Nivel Avanzado C1 o Nivel
Avanzado C2, Certificado de Aptitud de las Escuelas Oficiales de
Idiomas o equivalentes según lo establecido en el anexo II del Real
Decreto 1041/2017.
Asimismo se valorarán los certificados oficiales de estos niveles,
recogidos por las mesas lingüísticas de alemán, francés, inglés,
italiano y portugués de la Conferencia de Rectores de las
Universidades Españolas, así como los establecidos en el anexo V
de esta convocatoria.

0,50

b) Certificado de Nivel Intermedio B1, Ciclo Elemental de las
Escuelas Oficiales de Idiomas o equivalente según lo establecido en
el anexo II del Real Decreto 1041/2017.
Asimismo, se valorarán los certificados oficiales de este nivel,
recogidos por las mesas lingüísticas de alemán, francés, inglés,
italiano y portugués de la Conferencia de Rectores de las
Universidades Españolas, así como los establecidos en el anexo V
de esta convocatoria.

0,25

4.2.2 Otras titulaciones.
a) Titulaciones de primer ciclo: Por la segunda y restantes
Diplomaturas, Ingenierías Técnicas, Arquitectura Técnica o títulos
declarados legalmente equivalentes y estudios correspondientes al
primer ciclo de una Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería.
En ningún caso se valorará el primer título o estudios de esta
naturaleza que posea el candidato.
No se valorarán los primeros ciclos o diplomaturas que hayan
permitido la obtención de otras titulaciones académicas de ciclo largo
que se aleguen como mérito.

Copia del certificado.

Cuando proceda valorar el Certificado de Nivel Intermedio B2, Nivel Avanzado C1, Nivel Avanzado C2 y el Certificado de Aptitud, o equivalente, de
un idioma, no se valorará ningún certificado de nivel inferior del mismo idioma. Asimismo, cuando se presenten para su baremación varios
certificados de un mismo idioma y nivel solo se tendrá en cuenta uno de estos certificados.

ANEXO III
Adecuación al puesto
Formación y conocimientos.

1.1 Poseer un elevado nivel de conocimientos sobre los objetivos y organización de
las Consejerías de Educación en el exterior.
1.2 Dominar el idioma del país donde se ubique la vacante objeto del concurso.
1.3 Conocer las condiciones socio-culturales y el sistema educativo del país que se
solicite.

cve: BOE-A-2022-18380
Verificable en https://www.boe.es

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