III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2022-18403)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Junta de Extremadura, para la regulación del Instituto de Arqueología-Mérida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Miércoles 9 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 153243

autonómico, en especial a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La regulación del instituto mixto de investigación requiere de la suscripción de un
convenio interadministrativo de los previstos en el capítulo VI del Título Preliminar de la
Ley 40/2015, de manera que las entidades públicas suscriptoras puedan seguir
acordando con plenos efectos jurídicos la puesta en común y utilización conjunta de
medios, servicios y recursos pertenecientes a cada una de ellas y su ordenación para un
fin compartido.
En razón de todo ello, las partes proceden a formalizar el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

1. El objeto de este convenio es la regulación del Instituto de Arqueología-Mérida
(IAM), instituto mixto de investigación de titularidad compartida entre el CSIC y la Junta
de Extremadura creado en el año 2000, estableciendo:
I. La misión, naturaleza y funciones del Instituto.
II. Los medios materiales y personales que constituyen el Instituto.
III. Las bases de la organización del Instituto, definiendo sus órganos de gobierno,
directivos, de gestión y de asesoramiento.
IV. El régimen compartido del personal, las instalaciones y el equipamiento e
infraestructura científica del Instituto.
V. El régimen de planificación, gestión y difusión de la actividad científica del
Instituto, así como la imagen corporativa.
VI. El régimen aplicable a los resultados de la investigación producida en el Instituto
y su transferencia y explotación, así como la confidencialidad y la protección de datos.
VII. Las bases del régimen de gestión económica y el presupuesto del Instituto.
VIII. La vigencia, causas de extinción y liquidación del Instituto, así como las
normas sobre desvinculación e incorporación de nuevas entidades.
2. El presente convenio se desarrollará en sus aspectos organizativos y de
funcionamiento operativo mediante un Reglamento de Régimen Interno (en adelante,
RRI) del Instituto, que se aprobará por las instituciones cotitulares, sin perjuicio de la
capacidad de la Comisión Rectora para proponerles su modificación –siempre que no se
altere el contenido del convenio– y para la aprobación de normas internas específicas de
desarrollo del funcionamiento del Instituto en aquellos aspectos que sea necesario y/o se
prevea expresamente en este convenio.
CAPÍTULO I
Misión, naturaleza y funciones
Misión y objetivos generales del instituto.

1. El IAM tiene la finalidad de llevar a cabo, en un marco de colaboración,
actividades de investigación, formación, transferencia y divulgación en el ámbito del
patrimonio arqueológico en Extremadura, en todo el territorio nacional e internacional,
promoviendo el enfoque interdisciplinar.
2. En cumplimiento de su misión, el IAM tendrá los siguientes objetivos generales:
a) Contribuir al avance de la investigación y el desarrollo tecnológico en materia de
patrimonio arqueológico y a su proyección internacional.

cve: BOE-A-2022-18403
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.