II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2 y C1. (BOE-A-2022-18382)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Miércoles 9 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 153023

seminarios, simposios, máster y similares. Aquellos cursos en cuya certificación no
aparezca su duración, no serán objeto de valoración.
Por la realización como asistente de los cursos de formación y perfeccionamiento
con una duración mínima acreditada de quihce horas, siempre que se haya expedido
diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, se valorará hasta 9 puntos,
con la siguiente distribución:
– Por cursos de formación con una duración de quince a veintinueve horas: 3
puntos.
– Por cursos de formación con una duración de treinta a cincuenta y nueve horas: 4
puntos.
– Por cursos de formación con una duración de sesenta o más horas: 6 puntos.
Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento siempre que ésta
haya sido acreditada, se valorará hasta 6 puntos, con la siguiente distribución:
– Inferior a dos horas: 2 puntos.
– Igual o superior a dos horas: 3 puntos.
– Igual o superior a cinco horas: 4 puntos.
– Igual o superior a ocho horas: 6 puntos.
Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de
veces que se haya realizado o impartido.
No se podrá acumular la puntuación de un curso que haya sido recibido e impartido,
en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le pueda corresponder.
– Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre
mujeres y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la
convocatoria, una valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia,
siempre que su duración sea de quince o más horas.
– El plazo máximo de validez de los cursos relacionados con las tecnologías de la
información y ofimática, así como de aquellos relativos a materias en las que la
obsolescencia de los contenidos así lo recomiende, será de ocho años inmediatamente
anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4.

Antigüedad.

La antigüedad se valorará a razón de 0,67 puntos por cada año completo de servicio,
hasta un máximo de 20 puntos, computándose a estos efectos los reconocidos que se
hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario o
funcionaria de carrera, al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre,
de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente
alegados.
Supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

En el caso de que se aleguen causas relativas a la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral para la adjudicación de un puesto en distinta localidad, se deberán
solicitar la totalidad de los puestos de trabajo que se convocan en esa localidad, siempre
que cumplan los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo.
En caso contrario, esto es, si no se solicitan todos los puestos de esa localidad, los
supuestos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral sólo serán objeto de
valoración para la posible adjudicación de las plazas que tengan igual o inferior nivel de
complemento de destino que el puesto que se está desempeñando o aquel que se tenga
reservado, en caso de que se concurse desde situación distinta al servicio activo con
derecho a reserva de puesto.
De no existir cambio de localidad, habrán de solicitarse todos los puestos que se
convoquen en el mismo centro de trabajo (cuando se alegue cercanía) o con la misma

cve: BOE-A-2022-18382
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5.