I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18346)
Real Decreto 884/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Hostelería y Turismo, Informática y Comunicaciones, Instalación y Mantenimiento, y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 152500

- Los peligros debidos a los movimientos y aceleraciones del buque y a las superficies
resbaladizas.
- Los peligros que acarrean las operaciones de pesca al calar y halar el arte y al
embarcar la captura.
- Las buenas prácticas de a bordo, particularmente para reducir el riesgo de incendios.
- El uso de medios de protección personal a bordo.
- La importancia de la estanqueidad, al agua y a la intemperie, en los buques
pesqueros y la función de las portas de desagüe.
- El funcionamiento de los dispositivos de cierre de puertas y otras aperturas que
sean importantes para la estanqueidad al agua y a la intemperie.
CE2.3 Interpretar las señales acústicas, luces y otros objetos que puedan divisarse
durante la guardia.
CE2.4 En un supuesto práctico de gobierno del buque pesquero:
- Mantener el rumbo con el timón, cualquiera que sea el sistema de lectura del
compás, para acreditar su identificación.
- Realizar cambios de rumbo utilizando el timón.
- Manejar los equipos de cubierta, tales como maquinillas, grúas de pórtico, plumas,
estopores/cadenas, cables, cabos.
CE2.5 En un supuesto práctico de mantenimiento del buque pesquero:
- Realizar los trabajos de limpieza, rascado y repintado de las partes del buque que
lo necesiten, a fin de evitar la oxidación de los materiales.
- Engrasar y/o lubrificar, entre otros, los pescantes, pastecas, chigres, maquinillas
del buque de pesca o auxiliar de acuicultura, manteniendo los elementos móviles en
estado de funcionamiento.
CE2.6 En un supuesto práctico de maniobras, guardia y mantenimiento, que contemple
en aguas interiores de puertos el manejo, con fines comerciales, de embarcaciones
de menos de diez metros, dedicadas a la pesca o auxiliar de acuicultura que no
transporten pasajeros:
- Ejecutar las maniobras del buque de pesca o auxiliar de acuicultura en puerto,
gobierno, vigía y mantenimiento, con seguridad, eficacia y observando la
reglamentación vigente sobre luces y señales, que eviten riesgos marítimos y
aseguren el estado de la embarcación.
C3: Aplicar procesos de largado y virado, manipulación y conservación de los productos
pesqueros y acuícolas según el arte y tipo de buque de que se trate, teniendo en cuenta
las condiciones de seguridad, salud laboral, salubridad y normativa vinculada sobre el
recurso pesquero.
CE3.1 Explicar las maniobras de largado, virado y estibado del arte de pesca,
teniendo en cuenta el buque y tipo de pesca y que las mismas se deben desarrollar
con rapidez y seguridad.

cve: BOE-A-2022-18346
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Núm. 269