I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18345)
Real Decreto 883/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, y Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se suprime una cualificación profesional de la familia profesional Energía y Agua, establecida por el Real Decreto 716/2010, de 28 de mayo, recogida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
535 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 152003
CR1.8 El protocolo de actuación en las labores con animales a los que se han
detectado problemas de comportamiento se elabora, destacando que se firma por
cada voluntario y asume el compromiso de su aplicación.
RP2: Elaborar el protocolo higiénico-sanitario y de seguridad y normas de funcionamiento
del centro de protección animal, para garantizar el estado de salud general de los animales
en las instalaciones del mismo.
CR2.1 La limpieza diaria de los habitáculos de los animales se establece para evitar
la propagación de enfermedades, indicando que se comienza por los animales sanos
y se termina por la zona de infecciosos, así como que se siguen las indicaciones del
responsable del centro de protección.
CR2.2 El protocolo higiénico-sanitario se establece, determinando las actuaciones
en materia de desinfección periódica de los recintos, elaborando un calendario de
ejecución, teniendo en cuenta la especie y señalando las precauciones a tomar para
la manipulación y utilización de productos de desinfección, así como las normas
de seguridad, instrucciones de manejo del fabricante y cómo se registran dichas
actuaciones.
CR2.3 El traslado de los animales con signos de enfermedades infecto-contagiosas
a las zonas de infecciones se establece en el protocolo higiénico-sanitario y de
seguridad, indicando las medidas preventivas a tomar para minimizar riesgos de
transmisión, así como la utilización de indumentaria y material específico: EPI,
cepillo, cubo o fregona, entre otros, marcados con color diferente para evitar su
traslado a otras zonas.
CR2.4 La desinfección del equipamiento propio de limpieza, con todos sus elementos
se desarrolla en el protocolo higiénico-sanitario y de seguridad, señalando cada una
de las actividades a realizar e indicando condiciones en que queda para poderse
utilizar posteriormente.
CR2.5 La puesta en marcha de los programas antiparasitarios se establece, en el
protocolo higiénico-sanitario y de seguridad, siguiendo sus indicaciones, teniendo en
cuenta la especie a tratar, indicando actuaciones a llevar a cabo y cómo se registran
(papel o formato digital).
CR2.6 La puesta en marcha de los programas de desratización, desinfección y
desinsectación se determina en el protocolo higiénico-sanitario y de seguridad,
teniendo en cuenta si el centro de protección dispone de personal con carnet
de manipulador de productos específicos o si es necesario acudir a expertos
profesionales externos, así como, señalando cómo se registran las actuaciones a
llevar a cabo.
RP3: Determinar los objetivos y calendario de actividades anuales, revisando la
disponibilidad del personal laboral y del voluntariado y, necesidades del centro de
protección animal, para fortalecer la concienciación, ingresos económicos, visibilidad y su
labor por la protección y bienestar animal.
CR3.1 Los objetivos y calendario de actividades se determinan, con una periodicidad
anual, balanceando la necesidad de obtener ingresos, visibilidad y concienciación,
cve: BOE-A-2022-18345
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 152003
CR1.8 El protocolo de actuación en las labores con animales a los que se han
detectado problemas de comportamiento se elabora, destacando que se firma por
cada voluntario y asume el compromiso de su aplicación.
RP2: Elaborar el protocolo higiénico-sanitario y de seguridad y normas de funcionamiento
del centro de protección animal, para garantizar el estado de salud general de los animales
en las instalaciones del mismo.
CR2.1 La limpieza diaria de los habitáculos de los animales se establece para evitar
la propagación de enfermedades, indicando que se comienza por los animales sanos
y se termina por la zona de infecciosos, así como que se siguen las indicaciones del
responsable del centro de protección.
CR2.2 El protocolo higiénico-sanitario se establece, determinando las actuaciones
en materia de desinfección periódica de los recintos, elaborando un calendario de
ejecución, teniendo en cuenta la especie y señalando las precauciones a tomar para
la manipulación y utilización de productos de desinfección, así como las normas
de seguridad, instrucciones de manejo del fabricante y cómo se registran dichas
actuaciones.
CR2.3 El traslado de los animales con signos de enfermedades infecto-contagiosas
a las zonas de infecciones se establece en el protocolo higiénico-sanitario y de
seguridad, indicando las medidas preventivas a tomar para minimizar riesgos de
transmisión, así como la utilización de indumentaria y material específico: EPI,
cepillo, cubo o fregona, entre otros, marcados con color diferente para evitar su
traslado a otras zonas.
CR2.4 La desinfección del equipamiento propio de limpieza, con todos sus elementos
se desarrolla en el protocolo higiénico-sanitario y de seguridad, señalando cada una
de las actividades a realizar e indicando condiciones en que queda para poderse
utilizar posteriormente.
CR2.5 La puesta en marcha de los programas antiparasitarios se establece, en el
protocolo higiénico-sanitario y de seguridad, siguiendo sus indicaciones, teniendo en
cuenta la especie a tratar, indicando actuaciones a llevar a cabo y cómo se registran
(papel o formato digital).
CR2.6 La puesta en marcha de los programas de desratización, desinfección y
desinsectación se determina en el protocolo higiénico-sanitario y de seguridad,
teniendo en cuenta si el centro de protección dispone de personal con carnet
de manipulador de productos específicos o si es necesario acudir a expertos
profesionales externos, así como, señalando cómo se registran las actuaciones a
llevar a cabo.
RP3: Determinar los objetivos y calendario de actividades anuales, revisando la
disponibilidad del personal laboral y del voluntariado y, necesidades del centro de
protección animal, para fortalecer la concienciación, ingresos económicos, visibilidad y su
labor por la protección y bienestar animal.
CR3.1 Los objetivos y calendario de actividades se determinan, con una periodicidad
anual, balanceando la necesidad de obtener ingresos, visibilidad y concienciación,
cve: BOE-A-2022-18345
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 269