I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18345)
Real Decreto 883/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, y Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se suprime una cualificación profesional de la familia profesional Energía y Agua, establecida por el Real Decreto 716/2010, de 28 de mayo, recogida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
535 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Miércoles 9 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 152002

UNIDAD DE COMPETENCIA 1: DESARROLLAR LOS PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN
Y DE GESTIÓN DEL CENTRO DE PROTECCIÓN ANIMAL
Nivel: 3
Código: UC2601_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Elaborar los protocolos de actuación del personal (laboral, voluntariado, entre otros)
que comprenden las responsabilidades, áreas de acción, determinación de actividades a
realizar y cuadrantes periódicos, para garantizar el funcionamiento del centro de protección
animal.
CR1.1 El protocolo de actuación del personal laboral se elabora, diferenciando
las áreas de acción del centro de protección animal: administración, cuidado de la
limpieza y alimentación de los animales, servicio veterinario, personal de recogida
de animales.
CR1.2 El protocolo de gestión del personal laboral (turnos, horarios, libranzas,
vacaciones, entre otros) se redacta, señalando aquellos aspectos a comprobar (que
se encarga de los pedidos -material de oficina, limpieza, alimentos de animales, entre
otros-, entrevistas para adopciones o acogidas de animales albergados en el centro
de protección, recogida de los avisos de animales abandonados o maltratados, de las
consultas que ayudan a mejorar la convivencia de los animales con los particulares
y que se controla las labores atribuidas a los voluntarios).
CR1.3 La atención diaria de los animales se establece en el protocolo de actuación,
indicando que se alimentan, teniendo en cuenta la especie y que se limpian las
zonas de cuarentena, zona infecciosa, hospitalización y zona de adopción, entre
otras, teniendo en cuenta las normas de funcionamiento del centro de protección y
el calendario de desinfección.
CR1.4 Las revisiones de los animales recién llegados al centro de protección se
establecen en el protocolo de actuación, indicando quién se encarga de ellas (servicio
veterinario), tratamientos físicos y emocionales que se aplican para garantizar su
bienestar, así como la adaptación del calendario de vacunación y desparasitación de
todos los animales, teniendo en cuenta su especie.

CR1.6 El traslado de los animales al centro de protección, se determina en el protocolo
de actuación, teniendo en cuenta la especie y su sociabilización, indicando quién
se encarga de ello (servicio de recogida), medio de transporte (vehículo autorizado
por la administración competente) y medio de captura a utilizar, así como que se
cumplen las normas de funcionamiento del mismo.
CR1.7 El protocolo de actuación del voluntariado se elabora, especificando las
funciones a realizar según las normas de funcionamiento del centro de protección
animal.

cve: BOE-A-2022-18345
Verificable en https://www.boe.es

CR1.5 El protocolo de actuación relativo a pruebas diagnósticas a realizar a los
animales para detectar posibles enfermedades se establece, señalando que se
procede a cirugías de control de natalidad y en caso necesario a intervenciones que
se puedan llevar a cabo en el centro de protección por la disponibilidad de medios.