I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18345)
Real Decreto 883/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, y Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se suprime una cualificación profesional de la familia profesional Energía y Agua, establecida por el Real Decreto 716/2010, de 28 de mayo, recogida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 151943
Bibliografía sobre subproductos del dátil y uso tradicional de la palma blanca. Plan de
gestión de residuos de la empresa.
UNIDAD DE COMPETENCIA 6: CONTROLAR LAS PLAGAS, ENFERMEDADES,
MALAS HIERBAS Y FISIOPATÍAS
Nivel: 2
Código: UC0525_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Determinar el estado sanitario de las plantas, siguiendo las indicaciones del personal
técnico para adoptar las medidas oportunas en el control de plagas, enfermedades, malas
hierbas y fisiopatías, cumpliendo la normativa aplicable.
CR1.1 Las unidades de muestreo de cultivos se señalan en el terreno, aplicando
el protocolo establecido, adoptando las medidas oportunas en función de posibles
plagas o enfermedades.
CR1.2 Los elementos de captura (trampas, placas engomadas, feromonas, cebos
y otros) se ubican en el terreno, considerando las estaciones anuales, haciendo
seguimiento de ellos, según protocolo establecido.
CR1.3 El seguimiento de los elementos de captura se efectúa, mediante visitas de
reconocimiento en las estaciones requeridas, con la frecuencia establecida.
CR1.4 Los datos de los elementos de capturas, los síntomas y daños detectados en
las plantas se registran, siguiendo el protocolo establecido.
CR1.5 Los datos climáticos y, en su caso, de estaciones de aviso, se registran,
actualizándolos y estableciendo calendarios de control de plagas, enfermedades,
malas hierbas y fisiopatías de las plantas según el protocolo establecido.
CR1.6 La flora y fauna auxiliar, plagas, enfermedades, carencias nutricionales,
malas hierbas y fisiopatías más frecuentes se identifican, cuantificándolas con
asesoramiento técnico.
RP2: Aplicar los tratamientos fitosanitarios para combatir plagas, enfermedades,
malas hierbas y fisiopatías en plantas y suelo, siguiendo las especificaciones técnicas
establecidas, utilizando la maquinaria y herramientas, cumpliendo la normativa aplicable.
CR2.1 Los vehículos, máquinas, aperos y herramientas utilizadas en la aplicación
del tratamiento fitosanitario se seleccionan, según el método de control empleado.
cve: BOE-A-2022-18345
Verificable en https://www.boe.es
CR1.7 Las muestras de plantas afectadas por agentes no identificados se toman,
siguiendo el protocolo establecido, procediendo al envío al laboratorio o a la estación
fitopatológica correspondiente.
Núm. 269
Miércoles 9 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 151943
Bibliografía sobre subproductos del dátil y uso tradicional de la palma blanca. Plan de
gestión de residuos de la empresa.
UNIDAD DE COMPETENCIA 6: CONTROLAR LAS PLAGAS, ENFERMEDADES,
MALAS HIERBAS Y FISIOPATÍAS
Nivel: 2
Código: UC0525_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Determinar el estado sanitario de las plantas, siguiendo las indicaciones del personal
técnico para adoptar las medidas oportunas en el control de plagas, enfermedades, malas
hierbas y fisiopatías, cumpliendo la normativa aplicable.
CR1.1 Las unidades de muestreo de cultivos se señalan en el terreno, aplicando
el protocolo establecido, adoptando las medidas oportunas en función de posibles
plagas o enfermedades.
CR1.2 Los elementos de captura (trampas, placas engomadas, feromonas, cebos
y otros) se ubican en el terreno, considerando las estaciones anuales, haciendo
seguimiento de ellos, según protocolo establecido.
CR1.3 El seguimiento de los elementos de captura se efectúa, mediante visitas de
reconocimiento en las estaciones requeridas, con la frecuencia establecida.
CR1.4 Los datos de los elementos de capturas, los síntomas y daños detectados en
las plantas se registran, siguiendo el protocolo establecido.
CR1.5 Los datos climáticos y, en su caso, de estaciones de aviso, se registran,
actualizándolos y estableciendo calendarios de control de plagas, enfermedades,
malas hierbas y fisiopatías de las plantas según el protocolo establecido.
CR1.6 La flora y fauna auxiliar, plagas, enfermedades, carencias nutricionales,
malas hierbas y fisiopatías más frecuentes se identifican, cuantificándolas con
asesoramiento técnico.
RP2: Aplicar los tratamientos fitosanitarios para combatir plagas, enfermedades,
malas hierbas y fisiopatías en plantas y suelo, siguiendo las especificaciones técnicas
establecidas, utilizando la maquinaria y herramientas, cumpliendo la normativa aplicable.
CR2.1 Los vehículos, máquinas, aperos y herramientas utilizadas en la aplicación
del tratamiento fitosanitario se seleccionan, según el método de control empleado.
cve: BOE-A-2022-18345
Verificable en https://www.boe.es
CR1.7 Las muestras de plantas afectadas por agentes no identificados se toman,
siguiendo el protocolo establecido, procediendo al envío al laboratorio o a la estación
fitopatológica correspondiente.