III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-18340)
Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151873
representativas, empresas colaboradoras, incluidas las empresas distinguidas con el
Sello de Inclusión Social, así como entidades del Tercer Sector de Acción Social.
Cuarto.
Que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el
artículo 61.1 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, la competencia exclusiva en materia de servicios sociales.
En ejercicio de esta competencia, la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios
Sociales de Andalucía, atribuye, entre otras, a la Consejería competente en materia de
servicios sociales la superior dirección y coordinación de todas las actuaciones,
servicios, recursos y prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de
Andalucía. Concretamente, dichas competencias las ostenta la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad, de conformidad con lo establecido en el artículo 1
del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, y además de las
funciones asignadas en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, se le atribuye la propuesta y ejecución de las
directrices generales del Consejo de Gobierno sobre promoción de las políticas sociales;
la planificación, coordinación, seguimiento, inspección y evaluación de los Servicios
Sociales de Andalucía; la ordenación de las Entidades, Centros y Servicios Sociales en
la Comunidad Autónoma de Andalucía; el desarrollo, coordinación y promoción de las
políticas activas en materia de personas mayores, así como la inclusión social de
personas con discapacidad; el establecimiento de las directrices, impulso, control y
coordinación para el desarrollo de las políticas para la promoción de la autonomía
personal y atención a las personas en situación de dependencia; el desarrollo de la red
de Servicios Sociales Comunitarios, la propuesta, desarrollo, ejecución y coordinación de
las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias
asignadas en materia de participación ciudadana y voluntariado; la coordinación de las
políticas migratorias; la propuesta, desarrollo, coordinación y programación de políticas
de juventud; la planificación, desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas en
relación con las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de
infancia y conciliación; las políticas de promoción a las familias, la coordinación de las
políticas de igualdad de la Junta de Andalucía y la determinación, coordinación y
vertebración de las políticas de igualdad entre hombres y mujeres; la planificación,
elaboración, desarrollo, coordinación, promoción de iniciativas e impulso de las
actuaciones y planes de violencia de género previstos en la Ley 7/2018, de 30 de julio,
por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y
protección integral contra la violencia de género; todas aquellas políticas de la Junta de
Andalucía que, en materia de inclusión social, juventud, familias e igualdad tengan
carácter transversal.
Que al objeto de paliar el impacto económico y social provocado por la irrupción del
COVID-19 y apoyar la recuperación económica, el Consejo Europeo del 21 de julio
de 2020, consciente de la necesidad en este momento histórico de un esfuerzo sin
precedentes y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la
resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un paquete de medidas de
gran alcance.
Estas medidas aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado
y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation
EU»). Este Instrumento Europeo de Recuperación, implicará para España unos 140.000
millones de euros en forma de transferencias y préstamos para el periodo 2021-2023. La
instrumentación de la ejecución de los recursos financieros del Fondo Europeo de
Recuperación se realizará a través del Plan de Recuperación Transformación y
cve: BOE-A-2022-18340
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 268
Martes 8 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151873
representativas, empresas colaboradoras, incluidas las empresas distinguidas con el
Sello de Inclusión Social, así como entidades del Tercer Sector de Acción Social.
Cuarto.
Que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el
artículo 61.1 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, la competencia exclusiva en materia de servicios sociales.
En ejercicio de esta competencia, la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios
Sociales de Andalucía, atribuye, entre otras, a la Consejería competente en materia de
servicios sociales la superior dirección y coordinación de todas las actuaciones,
servicios, recursos y prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de
Andalucía. Concretamente, dichas competencias las ostenta la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad, de conformidad con lo establecido en el artículo 1
del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, y además de las
funciones asignadas en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, se le atribuye la propuesta y ejecución de las
directrices generales del Consejo de Gobierno sobre promoción de las políticas sociales;
la planificación, coordinación, seguimiento, inspección y evaluación de los Servicios
Sociales de Andalucía; la ordenación de las Entidades, Centros y Servicios Sociales en
la Comunidad Autónoma de Andalucía; el desarrollo, coordinación y promoción de las
políticas activas en materia de personas mayores, así como la inclusión social de
personas con discapacidad; el establecimiento de las directrices, impulso, control y
coordinación para el desarrollo de las políticas para la promoción de la autonomía
personal y atención a las personas en situación de dependencia; el desarrollo de la red
de Servicios Sociales Comunitarios, la propuesta, desarrollo, ejecución y coordinación de
las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias
asignadas en materia de participación ciudadana y voluntariado; la coordinación de las
políticas migratorias; la propuesta, desarrollo, coordinación y programación de políticas
de juventud; la planificación, desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas en
relación con las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de
infancia y conciliación; las políticas de promoción a las familias, la coordinación de las
políticas de igualdad de la Junta de Andalucía y la determinación, coordinación y
vertebración de las políticas de igualdad entre hombres y mujeres; la planificación,
elaboración, desarrollo, coordinación, promoción de iniciativas e impulso de las
actuaciones y planes de violencia de género previstos en la Ley 7/2018, de 30 de julio,
por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y
protección integral contra la violencia de género; todas aquellas políticas de la Junta de
Andalucía que, en materia de inclusión social, juventud, familias e igualdad tengan
carácter transversal.
Que al objeto de paliar el impacto económico y social provocado por la irrupción del
COVID-19 y apoyar la recuperación económica, el Consejo Europeo del 21 de julio
de 2020, consciente de la necesidad en este momento histórico de un esfuerzo sin
precedentes y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la
resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un paquete de medidas de
gran alcance.
Estas medidas aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado
y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation
EU»). Este Instrumento Europeo de Recuperación, implicará para España unos 140.000
millones de euros en forma de transferencias y préstamos para el periodo 2021-2023. La
instrumentación de la ejecución de los recursos financieros del Fondo Europeo de
Recuperación se realizará a través del Plan de Recuperación Transformación y
cve: BOE-A-2022-18340
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.