III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-18238)
Resolución de 29 de julio de 2022, de la Autoridad Portuaria de Sevilla, por la que se publica el Convenio con la Fundación Nao Victoria, para la promoción, fomento, difusión y estudio de la navegación, el conocimiento de la primera circunnavegación y el papel del Puerto de Sevilla como protagonista y testigo vivo de la expedición y como motor económico actual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 267
Lunes 7 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151383
Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, es un organismo
público de los previstos en subapartado g) del apartado 1 del artículo 2 de la Ley General
Presupuestaria, adscrito al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, con
personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, bajo
el principio general de autonomía funcional y de gestión, que en el ejercicio de sus
competencias aglutina a un número importante de Administraciones y empresas
marítimas-portuarias e industriales que relacionan o desarrollan su actividad en el Puerto
de Sevilla, aprovechando las infraestructuras propias de la APS, así como las existentes
en cada una de las distintas concesiones o autorizaciones administrativas otorgadas en
la zona de servicio del Puerto.
La APS tiene entre sus fines principales fomentar las actividades industriales y
comerciales relacionadas con el tráfico marítimo o portuario, conformando un tejido
empresarial compuesto por un núcleo importante de agentes del sector marítimoportuario, transporte intermodal y logística de distribución y aprovisionamiento, e
industrial afín en su zona física de influencia, desde el que se impulse el desarrollo de
acciones encaminadas a la mejora de su competitividad, calidad de servicio, su
sostenibilidad a largo plazo y al fomento en general de la cultura marítima, logística e
industrial. En definitiva, procurar maximizar el potencial de crecimiento del sector y del
puerto de Sevilla como plataforma comercial que lo sitúe como elemento de referencia
en el contexto internacional.
Las competencias de la APS en que se fundamenta la actuaciones que se derivan
del presente convenio son las previstas en el artículo 25, apartados e) y f), del texto
refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, que expresamente
atribuye a las Autoridades Portuarias las competencias de la optimización de la gestión
económica y la rentabilización del patrimonio y de los recursos que tengan asignados y
la del fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico
marítimo o portuario.
Se destaca la historia del puerto de Sevilla, intrínsecamente ligado al desarrollo y
evolución de la ciudad. Fue puerto fenicio, romano y árabe, y alcanzó su máximo
esplendor como nexo conector de todos los océanos a finales del siglo XV y en el siglo
XVI, cuando con el Descubrimiento del Nuevo Mundo, y la primera Circunnavegación, se
ampliaron los horizontes geográficos de la era moderna.
Se destacan, asimismo, los valores de marca establecidos en el Plan de
Comunicación del Puerto de Sevilla, estos son «el puerto es piedra angular de la ciudad
y de su futuro»; «forma parte de la historia de la ciudad»; «es razón de ser de la ciudad y
orgullo de los sevillanos». Al respecto, la APS promoverá su participación en los
«grandes eventos» de Sevilla para vincular y promocionar el puerto de Sevilla con y en la
misma.
Que la Fundación Nao Victoria es una entidad sin ánimo de lucro especializada en la
promoción y desarrollo de eventos a través de sus réplicas en barcos históricos (Nao
Victoria, el Galeón y la Nao Santa María) en puertos de todo el mundo
(www.fundacionnaovictoria.org/es).
El uso de estas embarcaciones históricas como vehículo, plataforma, recurso o
soporte constituye un atractivo y garantía en las promociones y eventos que realiza.
Los referidos barcos han participado, y participan, con regularidad en exposiciones
nacionales e internacionales, así como eventos, con un importante impacto mediático.
Se trata de recursos únicos que aportan valor añadido a los proyectos. Así:
– Conforman una potente plataforma para la difusión y exhibición de contenidos.
– Funcionan como reclamo visible de gran alcance.
– Constituyen unos elementos únicos e innovadores, con excepcional poder de
atracción, tanto navegando como en puerto.
cve: BOE-A-2022-18238
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 267
Lunes 7 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 151383
Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, es un organismo
público de los previstos en subapartado g) del apartado 1 del artículo 2 de la Ley General
Presupuestaria, adscrito al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, con
personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, bajo
el principio general de autonomía funcional y de gestión, que en el ejercicio de sus
competencias aglutina a un número importante de Administraciones y empresas
marítimas-portuarias e industriales que relacionan o desarrollan su actividad en el Puerto
de Sevilla, aprovechando las infraestructuras propias de la APS, así como las existentes
en cada una de las distintas concesiones o autorizaciones administrativas otorgadas en
la zona de servicio del Puerto.
La APS tiene entre sus fines principales fomentar las actividades industriales y
comerciales relacionadas con el tráfico marítimo o portuario, conformando un tejido
empresarial compuesto por un núcleo importante de agentes del sector marítimoportuario, transporte intermodal y logística de distribución y aprovisionamiento, e
industrial afín en su zona física de influencia, desde el que se impulse el desarrollo de
acciones encaminadas a la mejora de su competitividad, calidad de servicio, su
sostenibilidad a largo plazo y al fomento en general de la cultura marítima, logística e
industrial. En definitiva, procurar maximizar el potencial de crecimiento del sector y del
puerto de Sevilla como plataforma comercial que lo sitúe como elemento de referencia
en el contexto internacional.
Las competencias de la APS en que se fundamenta la actuaciones que se derivan
del presente convenio son las previstas en el artículo 25, apartados e) y f), del texto
refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, que expresamente
atribuye a las Autoridades Portuarias las competencias de la optimización de la gestión
económica y la rentabilización del patrimonio y de los recursos que tengan asignados y
la del fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico
marítimo o portuario.
Se destaca la historia del puerto de Sevilla, intrínsecamente ligado al desarrollo y
evolución de la ciudad. Fue puerto fenicio, romano y árabe, y alcanzó su máximo
esplendor como nexo conector de todos los océanos a finales del siglo XV y en el siglo
XVI, cuando con el Descubrimiento del Nuevo Mundo, y la primera Circunnavegación, se
ampliaron los horizontes geográficos de la era moderna.
Se destacan, asimismo, los valores de marca establecidos en el Plan de
Comunicación del Puerto de Sevilla, estos son «el puerto es piedra angular de la ciudad
y de su futuro»; «forma parte de la historia de la ciudad»; «es razón de ser de la ciudad y
orgullo de los sevillanos». Al respecto, la APS promoverá su participación en los
«grandes eventos» de Sevilla para vincular y promocionar el puerto de Sevilla con y en la
misma.
Que la Fundación Nao Victoria es una entidad sin ánimo de lucro especializada en la
promoción y desarrollo de eventos a través de sus réplicas en barcos históricos (Nao
Victoria, el Galeón y la Nao Santa María) en puertos de todo el mundo
(www.fundacionnaovictoria.org/es).
El uso de estas embarcaciones históricas como vehículo, plataforma, recurso o
soporte constituye un atractivo y garantía en las promociones y eventos que realiza.
Los referidos barcos han participado, y participan, con regularidad en exposiciones
nacionales e internacionales, así como eventos, con un importante impacto mediático.
Se trata de recursos únicos que aportan valor añadido a los proyectos. Así:
– Conforman una potente plataforma para la difusión y exhibición de contenidos.
– Funcionan como reclamo visible de gran alcance.
– Constituyen unos elementos únicos e innovadores, con excepcional poder de
atracción, tanto navegando como en puerto.
cve: BOE-A-2022-18238
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.