II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18222)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Universidad de Cantabria, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, en la Escala de Gestión, especialidad Administración General.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 267

Lunes 7 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 151248

Para acreditar los servicios prestados en el sector público, será necesario aportar la
siguiente documentación:
a) Certificados de servicios prestados o, su caso, contratos laborales.
b) Certificado de las funciones desempeñadas en los puestos a los que se refieran
los servicios prestados indicados en el apartado anterior.
c) Informe de vida laboral.
Los servicios prestados a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente al
coeficiente especificado en el informe de vida laboral.
En el supuesto en que se hayan simultaneado servicios en las mismas fechas,
se valorará únicamente aquellos de los que se derive la puntuación más favorable
para la persona aspirante, salvo en el caso de prestación de servicios a tiempo
parcial en un mismo período, caso en el cual se valorarán hasta completar el 100 %
de la jornada.
Para la valoración de los méritos correspondientes a los servicios prestados
en la Universidad de Cantabria, no será preciso que la persona interesada
presente certificación referida a méritos que consten en su expediente personal,
que se expedirá de oficio por el Servicio de Personal de Administración y
Servicios. En el caso de la titulación o cursos de formación, deberá aportarse
documentación acreditativa suficiente, salvo que conste ya también en los citados
archivos.
Los servicios prestados y su adecuación o analogía a las funciones de las plazas
convocadas se valorarán de acuerdo con la descripción de las mismas que se incluye en
el anexo II.
2.2

Méritos académicos y otros méritos.

Se valorarán los siguientes méritos académicos hasta un máximo de 40 puntos.
2.2.1

Titulaciones oficiales.

Se valorará la posesión de titulaciones oficiales de nivel igual o superior a la
requerida para el acceso al subgrupo y especialidad correspondientes y siempre que sea
distinta a la aportada como requisito para participar en la convocatoria:
– Títulos de Licenciatura o Máster: 30 puntos.
Solo se valorará la titulación aportada para acreditar el requisito exigido para
participar en la convocatoria si esta es de nivel superior a la exigida para acceder a la
Escala o la que en su caso se establezca en la Relación de Puestos de Trabajo.
Cursos de formación.

Se valorarán los cursos de formación recibidos en el marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo o los Planes de Formación Continua del Personal de las
Administraciones Públicas, así como cursos organizados por Administraciones
Públicas, Colegios Profesionales y títulos propios de Universidades relacionados con
las funciones del subgrupo, especialidad y de la plaza convocada de acuerdo con el
siguiente baremo:
– 0,133 puntos/hora cuando se trate de cursos de formación en los que se aporte
certificado de aprovechamiento.
– 0,080 puntos/hora cuando se trate de cursos de formación en los que se aporte
certificado de asistencia o no conste lo establecido en el punto anterior.
Los cursos de formación y su adecuación a las funciones de las plazas convocadas
se valorarán de acuerdo con las materias que se incluyen en el anexo III.

cve: BOE-A-2022-18222
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2.2.2