III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-18141)
Orden ETD/1054/2022, de 21 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la provisión de conexión de backhaul mediante fibra óptica a emplazamientos de las redes públicas de telefonía móvil y se procede a una primera convocatoria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU. Programa "Unico 5G Redes-Backhaul Fibra Óptica".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de noviembre de 2022

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tres meses contados a partir de la fecha de finalización del proyecto que figure en la
resolución de concesión, salvo que en ella se establezca un plazo más corto. La
documentación se remitirá al órgano encargado del seguimiento de las ayudas, sin
perjuicio de la presentación de los informes de seguimiento que se establezcan en la
resolución de concesión y de los que expresamente solicite el órgano encargado del
seguimiento de las ayudas, en los plazos y con el contenido que allí se determine.
En todo caso, los gastos previstos deberán realizarse siempre dentro del período de
realización del proyecto especificado en la resolución de concesión más, en su caso, la
ampliación concedida. Sin embargo, los documentos de pago pueden tener fecha de
vencimiento posterior, siempre que dicha fecha esté comprendida dentro del plazo
concedido para presentar la documentación justificativa.
5. Con posterioridad a la presentación de la documentación anterior, se realizarán
las actuaciones de comprobación por el órgano encargado del seguimiento de las
ayudas, las cuales incluirán:
a) Verificaciones administrativas de la acreditación de los gastos imputados a cada
proyecto, así como de la justificación de la construcción o adecuación de infraestructura
existente y del cumplimiento de las demás condiciones impuestas en la resolución de
concesión.
b) Verificaciones sobre el terreno, que incluyen, si es aplicable, la visita al lugar o
emplazamiento físico donde se ejecuta el proyecto, con objeto de comprobar su realidad
y grado de ejecución, así como el cumplimiento de las medidas de información y
publicidad y demás requisitos exigidos. Estas comprobaciones se realizarán sobre una
muestra de los proyectos que hayan obtenido ayuda, de acuerdo con un plan anual de
verificaciones sobre el terreno. Para la determinación del tamaño de la muestra, su
composición y el tipo de verificaciones, se tendrá debidamente en cuenta el nivel de
riesgo identificado.
Si se dedujera que la inversión acreditada ha sido inferior a la financiable o que se
han incumplido, total o parcialmente, las condiciones de otorgamiento de la ayuda, se
comunicará tal circunstancia al interesado junto a los resultados de la verificación
efectuada a efectos de evacuación del trámite de audiencia. En todo caso, para apreciar
incumplimiento parcial, el grado de cumplimiento de los objetivos para los que se
concedió la ayuda deberá superar el cincuenta por ciento.
6. Si el importe de la ayuda supera los 10 millones de euros, el órgano encargado
del seguimiento de las ayudas realizará una revisión de las condiciones de otorgamiento
de la ayuda a partir de los datos reportados por el beneficiario. En caso de que, como
consecuencia de una evolución más favorable de las previsiones de ingresos o de
gastos, se produjera una sobrecompensación con el otorgamiento de esta ayuda, el
beneficiario estará obligado a devolver la parte causante de dicha sobrecompensación o
a invertir los beneficios suplementarios en ampliaciones adicionales de la red, en las
mismas condiciones que la actuación realizada con la ayuda concedida.
7. El beneficiario deberá presentar su balance anual de ingresos y gastos,
derivados de la infraestructura subvencionada, con objeto de verificar anualmente si se
ha producido sobrecompensación. Esta actividad de verificación se llevará a cabo
durante 15 años a partir de la finalización de la ejecución del proyecto que será
certificada conforme a lo establecido en el artículo 10.11 de las bases reguladoras.
Se tendrán en cuenta los ingresos derivados de la comercialización de servicios
mayoristas posibles gracias a la financiación pública también en relación con el período
anterior a certificar la finalización de la ejecución del proyecto.
Los solicitantes deben presentar el plan de negocio del proyecto en la memoria del
proyecto (Anexo I) que se adjunta al formulario de solicitud. Dicho plan de negocio
respecto de las infraestructuras para las que se solicita la ayuda será asimismo el

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