III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-18034)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas curriculares y extracurriculares en archivos, centros y servicios adscritos a la Subdirección General de los Archivos Estatales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263
Miércoles 2 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 150244
realizarse en la propia universidad o en entidades colaboradoras, tales como, empresas,
instituciones y entidades públicas y privadas en el ámbito nacional, de acuerdo con lo
establecido en el Estatuto del Estudiante Universitario aprobado por el Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre y en los artículos 2.2 y 7 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios (BOE de 30 de julio). La formación mediante
prácticas es un instrumento eficaz para orientar y abrir a los estudiantes a nuevas
perspectivas en el mercado laboral y para poner en práctica la responsabilidad social de
los organismos de la AGE.
VII. La citada colaboración no implica una utilización de espacios regulada en la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas;
Ley 25/1998, de 13 de julio de modificación del régimen legal de las tasas estatales y
locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público y Orden
de 18 de enero de 2000, del Ministerio de la Presidencia, por la que se estableció las tarifas
de los servicios o actividades sujetas a la tasa por utilización de espacios en museos y otras
instituciones culturales del Ministerio de Educación y Cultura (BOE 26 de enero de 2000).
Por lo expuesto, ambas partes tienen y se reconocen capacidad legal suficiente para
obligarse, a efectos de este convenio y por ello acuerdan las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Es objeto del presente convenio establecer la colaboración entre ambas partes para
la realización de prácticas externas para el estudiantado de la UCM, en los Archivos,
Centros y Servicios, adscritos al Ministerio de Cultura y Deporte, a través de la Dirección
General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes a través de la Subdirección General de los
Archivos Estatales.
Las prácticas contempladas en este convenio podrán ser:
a) Curriculares, contempladas en los planes de estudio;
b) Extracurriculares o complementarias;
c) Proyecto Fin de Carrera / Trabajo Fin de Grado / Trabajo Fin de Máster, según se
contemplan en los planes de estudio y demás normativa que resulte de aplicación;
d) Cualquier otra actividad docente que desarrolle la Universidad o institución
académica.
Las prácticas externas se organizarán de tal modo que se ajusten a la formación y
competencias de los estudiantes y de su realización no se derivarán, en ningún caso,
obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar, en ningún
caso, a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Condiciones generales del convenio.
1. La colaboración tendrá por objeto la realización de prácticas curriculares y/o
extracurriculares sobre diferentes tareas relacionadas con el tratamiento documental y su
difusión en archivos, bibliotecas y centros de documentación por parte de los estudiantes de
la UCM. En ningún caso esta colaboración implicará relación contractual o laboral alguna
con el Ministerio de Cultura y Deporte y la realización de las prácticas no tendrá la
consideración de mérito para el acceso a la función pública, ni será computada a efectos de
antigüedad o reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.
2. La citada colaboración se llevará a cabo en la sede de los Archivos, Centros y
Servicios, dentro del horario de trabajo de los mismos y conforme a las instrucciones de
utilización de sus respectivas Direcciones.
3. Los citados estudiantes desarrollarán sus prácticas en los períodos que el
Archivo considere conveniente según las necesidades del centro que ofrece las plazas, y
cve: BOE-A-2022-18034
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 263
Miércoles 2 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 150244
realizarse en la propia universidad o en entidades colaboradoras, tales como, empresas,
instituciones y entidades públicas y privadas en el ámbito nacional, de acuerdo con lo
establecido en el Estatuto del Estudiante Universitario aprobado por el Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre y en los artículos 2.2 y 7 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios (BOE de 30 de julio). La formación mediante
prácticas es un instrumento eficaz para orientar y abrir a los estudiantes a nuevas
perspectivas en el mercado laboral y para poner en práctica la responsabilidad social de
los organismos de la AGE.
VII. La citada colaboración no implica una utilización de espacios regulada en la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas;
Ley 25/1998, de 13 de julio de modificación del régimen legal de las tasas estatales y
locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público y Orden
de 18 de enero de 2000, del Ministerio de la Presidencia, por la que se estableció las tarifas
de los servicios o actividades sujetas a la tasa por utilización de espacios en museos y otras
instituciones culturales del Ministerio de Educación y Cultura (BOE 26 de enero de 2000).
Por lo expuesto, ambas partes tienen y se reconocen capacidad legal suficiente para
obligarse, a efectos de este convenio y por ello acuerdan las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Es objeto del presente convenio establecer la colaboración entre ambas partes para
la realización de prácticas externas para el estudiantado de la UCM, en los Archivos,
Centros y Servicios, adscritos al Ministerio de Cultura y Deporte, a través de la Dirección
General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes a través de la Subdirección General de los
Archivos Estatales.
Las prácticas contempladas en este convenio podrán ser:
a) Curriculares, contempladas en los planes de estudio;
b) Extracurriculares o complementarias;
c) Proyecto Fin de Carrera / Trabajo Fin de Grado / Trabajo Fin de Máster, según se
contemplan en los planes de estudio y demás normativa que resulte de aplicación;
d) Cualquier otra actividad docente que desarrolle la Universidad o institución
académica.
Las prácticas externas se organizarán de tal modo que se ajusten a la formación y
competencias de los estudiantes y de su realización no se derivarán, en ningún caso,
obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar, en ningún
caso, a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Condiciones generales del convenio.
1. La colaboración tendrá por objeto la realización de prácticas curriculares y/o
extracurriculares sobre diferentes tareas relacionadas con el tratamiento documental y su
difusión en archivos, bibliotecas y centros de documentación por parte de los estudiantes de
la UCM. En ningún caso esta colaboración implicará relación contractual o laboral alguna
con el Ministerio de Cultura y Deporte y la realización de las prácticas no tendrá la
consideración de mérito para el acceso a la función pública, ni será computada a efectos de
antigüedad o reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.
2. La citada colaboración se llevará a cabo en la sede de los Archivos, Centros y
Servicios, dentro del horario de trabajo de los mismos y conforme a las instrucciones de
utilización de sus respectivas Direcciones.
3. Los citados estudiantes desarrollarán sus prácticas en los períodos que el
Archivo considere conveniente según las necesidades del centro que ofrece las plazas, y
cve: BOE-A-2022-18034
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.