III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-18033)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Renovables Rotonda, SL, la autorización administrativa previa para la planta solar "FV Benejama-Rotonda I" de potencia instalada 56,947 MW, líneas subterráneas a 30 kV, subestación eléctrica Benejama Colectora 30/220kV, línea aérea a 220 kV "LAAT SET Benejama Colectora-SET Benejama Generación", subestación eléctrica Benejama Generación 30/220 kV, y línea aérea a 220 kV "LAAT SET Benejama Generación-SET Benejama Generación 220 kV REE", en Villena, Campo de Mirra, Cañada y Benejama (Alicante) y Caudete (Albacete).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 2 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 150235
construcción, se solicite informe de aprobación del proyecto constructivo. Se deberá
tener en cuenta que las instalaciones solares deben ser diseñadas para evitar
deslumbramientos a los usuarios de las vías afectadas.
Con fecha 16 de septiembre de 2021, se ha recibido contestación de la Demarcación
de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana en la que se informa
desfavorablemente del proyecto dado el diseño presentado para el apoyo n.º 14 de la
línea eléctrica de evacuación en su cruzamiento con la autovía A-31. Se ha dado
traslado a Renovables Rotonda el cual, tras puesta en contacto con el organismo, aporta
junto con dos escritos de contestación planos que muestran la ubicación correcta de
dicho apoyo, fuera de la zona de protección de la autovía A-31. No se ha recibido
respuesta con lo que se entiende su conformidad, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Júcar y del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en las que no se muestra
oposición a la autorización de la instalación. Se ha dado traslado a Renovables Rotonda
de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, en la que se
indican las afecciones existentes a la línea de 132 kV de su propiedad, motivadas por la
línea de evacuación de la planta. En relación a dichas afecciones, solicitan información
de los cruzamientos detectados y aclaración de las distancias de los mismos en las
peores condiciones. Se ha dado traslado a Renovables Rotonda de dicha contestación,
el cual, tras mantener contacto con el Departamento de Proyectos de I-DE Redes
Eléctricas Inteligentes, aporta la información solicitada.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Caudete, en la que se solicita la
modificación del proyecto de la línea eléctrica por su afección al futuro desarrollo del
Parque Tecnológico Empresarial de Caudete. Se ha dado traslado a Renovables
Rotonda de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma,
modificando el trazado y reflejando dicho cambio en la documentación relativa a la
Autorización Administrativa de Construcción y en la correspondiente nueva separata al
Ayuntamiento.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Villena, el informe aborda
cuestiones de carácter ambiental. Las consideraciones en materia de medio ambiente
son objeto de consideración en el trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria
del proyecto del cual resulta la declaración de impacto ambiental, y las condiciones y
medidas adicionales que deban ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el
proyecto.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Política Territorial y Paisaje
de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad de la Generalitat
Valenciana, en la que se indica que, debido al efecto acumulativo de la totalidad de
plantas fotovoltaicas desarrolladas en este territorio, es necesario la tramitación de un
instrumento de planeamiento urbanístico, que junto con el estudio del paisaje, sirva para
la ordenación, regulación y gestión de los usos en el Suelo No Urbanizable. Por otro
lado, se indica que la planta se encuentra afectada por riesgo de inundación, que unido a
otras cuestiones de carácter territorial, hacen que la planta no sea compatible hasta que
no se justifiquen dichas cuestiones. Se da traslado a Renovables Rotonda de dicha
contestación, el cual indica que el proyecto se ha adaptado en todo momento a la
normativa vigente a través del Plan General de Ordenación Urbana municipal. En lo
relativo al paisaje, se indica que se ha aportado un estudio de integración paisajístico. Y
se incluye la respuesta a las cuestiones de carácter territorial planteadas. En cuanto a
las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto de consideración en el
trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual resulta la
declaración de impacto ambiental, y las condiciones y medidas adicionales que deban
ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Benejama mostrando su oposición
al anteproyecto presentado. Dicha oposición se basa en que a la fecha no se ha
cve: BOE-A-2022-18033
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Núm. 263
Miércoles 2 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 150235
construcción, se solicite informe de aprobación del proyecto constructivo. Se deberá
tener en cuenta que las instalaciones solares deben ser diseñadas para evitar
deslumbramientos a los usuarios de las vías afectadas.
Con fecha 16 de septiembre de 2021, se ha recibido contestación de la Demarcación
de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana en la que se informa
desfavorablemente del proyecto dado el diseño presentado para el apoyo n.º 14 de la
línea eléctrica de evacuación en su cruzamiento con la autovía A-31. Se ha dado
traslado a Renovables Rotonda el cual, tras puesta en contacto con el organismo, aporta
junto con dos escritos de contestación planos que muestran la ubicación correcta de
dicho apoyo, fuera de la zona de protección de la autovía A-31. No se ha recibido
respuesta con lo que se entiende su conformidad, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Júcar y del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en las que no se muestra
oposición a la autorización de la instalación. Se ha dado traslado a Renovables Rotonda
de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, en la que se
indican las afecciones existentes a la línea de 132 kV de su propiedad, motivadas por la
línea de evacuación de la planta. En relación a dichas afecciones, solicitan información
de los cruzamientos detectados y aclaración de las distancias de los mismos en las
peores condiciones. Se ha dado traslado a Renovables Rotonda de dicha contestación,
el cual, tras mantener contacto con el Departamento de Proyectos de I-DE Redes
Eléctricas Inteligentes, aporta la información solicitada.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Caudete, en la que se solicita la
modificación del proyecto de la línea eléctrica por su afección al futuro desarrollo del
Parque Tecnológico Empresarial de Caudete. Se ha dado traslado a Renovables
Rotonda de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma,
modificando el trazado y reflejando dicho cambio en la documentación relativa a la
Autorización Administrativa de Construcción y en la correspondiente nueva separata al
Ayuntamiento.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Villena, el informe aborda
cuestiones de carácter ambiental. Las consideraciones en materia de medio ambiente
son objeto de consideración en el trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria
del proyecto del cual resulta la declaración de impacto ambiental, y las condiciones y
medidas adicionales que deban ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el
proyecto.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Política Territorial y Paisaje
de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad de la Generalitat
Valenciana, en la que se indica que, debido al efecto acumulativo de la totalidad de
plantas fotovoltaicas desarrolladas en este territorio, es necesario la tramitación de un
instrumento de planeamiento urbanístico, que junto con el estudio del paisaje, sirva para
la ordenación, regulación y gestión de los usos en el Suelo No Urbanizable. Por otro
lado, se indica que la planta se encuentra afectada por riesgo de inundación, que unido a
otras cuestiones de carácter territorial, hacen que la planta no sea compatible hasta que
no se justifiquen dichas cuestiones. Se da traslado a Renovables Rotonda de dicha
contestación, el cual indica que el proyecto se ha adaptado en todo momento a la
normativa vigente a través del Plan General de Ordenación Urbana municipal. En lo
relativo al paisaje, se indica que se ha aportado un estudio de integración paisajístico. Y
se incluye la respuesta a las cuestiones de carácter territorial planteadas. En cuanto a
las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto de consideración en el
trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual resulta la
declaración de impacto ambiental, y las condiciones y medidas adicionales que deban
ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Benejama mostrando su oposición
al anteproyecto presentado. Dicha oposición se basa en que a la fecha no se ha
cve: BOE-A-2022-18033
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Núm. 263