T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-17968)
Sala Segunda. Sentencia 112/2022, de 26 de septiembre de 2022. Recurso de amparo 795-2021. Promovido por don Xuan Changsheng y doña Yuewen Zhu respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia de Torrejón de Ardoz (Madrid) en procedimiento de ejecución hipotecaria. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento mediante edictos de los demandados sin haber agotado las posibilidades de notificación personal (STC 122/2013).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Martes 1 de noviembre de 2022

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SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
17968

Sala Segunda. Sentencia 112/2022, de 26 de septiembre de 2022. Recurso
de amparo 795-2021. Promovido por don Xuan Changsheng y doña Yuewen
Zhu respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera
instancia de Torrejón de Ardoz (Madrid) en procedimiento de ejecución
hipotecaria. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión:
emplazamiento mediante edictos de los demandados sin haber agotado las
posibilidades de notificación personal (STC 122/2013).

ECLI:ES:TC:2022:112
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Juan
Antonio Xiol Ríos, presidente; los magistrados don Antonio Narváez Rodríguez, don
Cándido Conde-Pumpido Tourón, don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo
Alcubilla, y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 795-2021, interpuesto por don Xuan Changsheng y
doña Yuewen Zhu, contra el auto núm. 685/2020, de 23 de diciembre de 2020, del
Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Torrejón de Ardoz, dictado en el procedimiento
de ejecución hipotecaria núm. 663-2013, que desestima la declaración de nulidad de
actuaciones instada por los recurrentes. Ha comparecido la entidad Caixabank, SA, y ha
intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente la magistrada doña Concepción Espejel
Jorquera.
I.

Antecedentes

2. Los hechos en los que se fundamenta la demanda de amparo son los que
seguidamente se relacionan:
a) En fecha 22 de mayo de 2013, la entidad Bankia, SA (hoy Caixabank, SA),
interpuso demanda ejecutiva contra don Changsheng Xuan (sic) y doña Yuewen Zhu, en
reclamación de saldo deudor por impago de préstamo garantizado con hipoteca. En la
demanda se fijaba como domicilio, «a efectos de requerimientos y notificaciones», el de
la finca hipotecada, sita en Torrejón de Ardoz (Madrid). En la escritura de préstamo
hipotecario constaban dos domicilios más: el de doña Yuewen Zhu, en un restaurante

cve: BOE-A-2022-17968
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1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el 10 de febrero
de 2021, don Xuan Changsheng, representado por el procurador de los tribunales don
Jacobo García García y asistido por el abogado don Emilio Zurro Fuente, interpuso recurso
de amparo contra la resolución judicial a la que se ha hecho mención en el encabezamiento
de esta sentencia. Por su parte, en fecha 10 de marzo de 2022, la codemandante doña
Yuewen Zhu se personó en este recurso de amparo representada por el mismo procurador
(debe atribuirse a un error que en este escrito de personación se omita la designación de la
demandante por su nombre, error que se desprende de que aparezcan como partes
representadas «don Xuan Chansheng y don Changsheng Xuan»).