III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-17950)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Ilunion CEE Outsourcing, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Martes 1 de noviembre de 2022

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domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad,
ampliable según cuadro de ampliación de días. En caso de hospitalización o intervención
quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, este permiso podrá
tomarse dentro de los 7 días desde el hecho causante incluido.
c) Durante 2 días laborables por traslado de domicilio habitual.
d) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de
carácter público y personal de acuerdo con la legislación que al efecto hubiere,
incluyéndose en este tiempo el que corresponda al invertido en denuncias derivadas del
cumplimiento del servicio.
e) Por el matrimonio de padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos de uno u otro
cónyuge o pareja de hecho, y previa justificación, tendrán derecho a un día natural de
licencia, ampliable según cuadro de ampliación en caso de desplazamiento fuera de la
localidad.
f) Por bautizo de un hijo o nieto, tendrán derecho a un día natural ampliable según
cuadro de ampliación, para asistir al mismo. Igual permiso se concederá por la
celebración de actos de análoga naturaleza con independencia de la confesión religiosa
de que se trate.
g) Un día natural de permiso por Primera Comunión de hijo, hermano, sobrino o
nieto de uno u otro cónyuge o pareja de hecho. Igual permiso se concederá por la
celebración de actos de análoga naturaleza con independencia de la confesión religiosa
de que se trate.
h) Por cita de médico especialista de los servicios del Sistema Nacional de Salud,
cinco horas coincidentes con su jornada laboral de permiso como máximo. Este derecho
no podrá ser ejercido por la misma persona trabajadora más de seis veces dentro del
año natural. Se entenderá por médico especialista aquel distinto de los médicos
generalistas y que convencionalmente son denominados médicos de cabecera, médicos
de familia, o de atención primaria, o cualquiera que sea su denominación en función del
sistema de salud público al que pertenezcan.
i) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y
técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con
fines de adopción, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y
preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales
previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener
lugar dentro de la jornada de trabajo.
Los permisos relacionados en el presente artículo se entenderán extensibles a las
parejas de hecho, inscritas como tal ante los registros públicos existentes al efecto,
excepto los previstos en la letra a).
j) El permiso para el cuidado del hijo/a lactante será de 1 hora diaria hasta los 12
meses de edad de los hijos/as, que podrá fraccionar en 2 medias horas o bien reducir su
jornada en 1 hora, u optar por la acumulación de este período en un permiso retribuido
de 23 días naturales. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los
casos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.
Cuadro de ampliación de días:
Cuando el desplazamiento fuera de la localidad supere los 150 kms. (ida y vuelta) 1 día más

Artículo 42.

Día libre recuperable a disposición de la persona trabajadora.

Estando sujeto a las siguientes condiciones:
a) No podrá utilizarse durante los períodos de máxima actividad, comprendidos
entre el 15 de diciembre y el 15 de enero del año siguiente, durante el período del

cve: BOE-A-2022-17950
Verificable en https://www.boe.es

Cuando el desplazamiento fuera de la localidad supere los 250 kms. (ida y vuelta) 2 días más