III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Real Federación Española de Balonmano. Estatutos. (BOE-A-2022-17958)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Balonmano.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Martes 1 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 149192

Deporte, por el Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre sobre Federaciones
Deportivas Españolas, o en su defecto, aquellas normas que las sustituyan, por los
reglamentos propios, así como, por los acuerdos válidamente adoptados por sus
órganos de gobierno.
Artículo 3.
La Real Federación Española de Balonmano está afiliada a la International Handball
Federation y a la European Handball Federation, con autorización del Consejo Superior
de Deportes, a las que pertenece como miembro, obligándose al cumplimiento de las
normas dictadas por ellas, en todo cuanto afecte a las relaciones internacionales.
Dado su carácter de Federación de deporte olímpico, está afiliada al Comité Olímpico
Español sometiéndose a los acuerdos de éste y a las reglas del Comité Olímpico
Internacional.
Artículo 4.
La Real Federación Española de Balonmano es la competente para la organización y
control de la práctica del deporte del balonmano así como de las competiciones oficiales
de balonmano de ámbito estatal.
Representa en España a la International Handball Federation y a la European
International Handball y asume la representación española en el ámbito internacional del
balonmano.
CAPÍTULO II
Domicilio
Artículo 5.
El domicilio social de la Real Federación Española de Balonmano se encuentra en
Madrid, calle Ferraz, n.º 16, 2.º
La Asamblea General podrá modificar dicho domicilio, con el voto favorable de dos
terceras partes de sus miembros.
CAPÍTULO III
Integración y organización territorial

Para la participación de sus miembros en actividades o competiciones oficiales de
ámbito estatal o internacional, las Federaciones territoriales de ámbito autonómico se
integran en la Real Federación Española de Balonmano aunque conservarán su
personalidad jurídica, su patrimonio propio y diferenciado, su presupuesto y su régimen
jurídico particular, en los términos y condiciones establecidas en la legislación aplicable.
La integración de las Federaciones Territoriales se produce por mandato legal,
participando de los derechos y obligaciones que estos Estatutos les confieren y formarán
parte de la Asamblea General de la Real Federación Española de Balonmano.
Las Federaciones territoriales de ámbito autonómico serán diecisiete (17),
correspondientes a las Comunidades Autónomas y las dos (2) delegaciones territoriales
de Ceuta y Melilla, todas ellas con plenos derechos.
Artículo 7.
En cada Comunidad Autónoma, así como en Ceuta y Melilla, existirá una única
Federación Territorial que ejercerá, además de las funciones que le atribuyan las leyes,

cve: BOE-A-2022-17958
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 6.