III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17803)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico FV Abarloar Solar de 87,50 MWp/73,98 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Pezuela de las Torres y Corpa (Madrid), y Pioz (Guadalajara)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148650
A raíz de los resultados obtenidos en ambos censos (parcelas afectadas y parcelas
testigo), que serán puestos a disposición de los órganos medioambientales de las
comunidades autónomas afectadas por el proyecto, podrá exigirse con cargo al promotor
la adopción de medidas adicionales y/o complementarias de protección fauna a las
referidas en la presente Resolución, EsIA y documentación asociada.
En relación al programa de seguimiento de la fauna deberá prolongarse, tanto
durante la fase de construcción como en la totalidad de la fase de funcionamiento.
Cada una de las medidas establecidas en el EsIA y en esta Resolución deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, previamente a su aprobación.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 21 de octubre de 2022.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
ANEXO I
Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y
contestaciones
Contestación
Oficina Española de Cambio Climático. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Sí
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Sí
Dirección General de Salud Pública. Ministerio de Sanidad.
Sí
Viceconsejería de Medio Rural. Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural. Junta de Castilla-La Mancha.
Sí
Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Ministerio de Interior.
No
Dirección General de Transición Energética. Consejería de Desarrollo Sostenible. Junta de Castilla-La Mancha.
No
Viceconsejería de Cultura y Deportes. Consejería de Educación, Cultura y Deporte (Patrimonio Cultural). Junta de Castilla-La
Mancha.
Sí
Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo. Consejería de Fomento. Junta de Castilla-La Mancha.
Sí
Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación. Consejería de Justicia, Interior y Víctimas. Comunidad de Madrid.
Sí
Servicio de Protección Ciudadana en Guadalajara. Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Junta de Castilla-La
Mancha.
Sí
Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad. Junta de Castilla-La Mancha.
Sí
Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras. Comunidad de Madrid.
Sí
Dirección General de Industria, Energía y Minas. Consejería de Economía, Empleo y Competitividad. Comunidad de Madrid.
Sí
Dirección General de Urbanismo. Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad. Comunidad de Madrid.
No
Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático. Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.
Comunidad de Madrid.
Sí
Dirección General de Descarbonización y Transición Energética. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura. Comunidad
de Madrid.
Sí
Dirección General de Suelo. Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad. Comunidad de Madrid.
Sí
cve: BOE-A-2022-17803
Verificable en https://www.boe.es
Consultados
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148650
A raíz de los resultados obtenidos en ambos censos (parcelas afectadas y parcelas
testigo), que serán puestos a disposición de los órganos medioambientales de las
comunidades autónomas afectadas por el proyecto, podrá exigirse con cargo al promotor
la adopción de medidas adicionales y/o complementarias de protección fauna a las
referidas en la presente Resolución, EsIA y documentación asociada.
En relación al programa de seguimiento de la fauna deberá prolongarse, tanto
durante la fase de construcción como en la totalidad de la fase de funcionamiento.
Cada una de las medidas establecidas en el EsIA y en esta Resolución deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, previamente a su aprobación.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 21 de octubre de 2022.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
ANEXO I
Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y
contestaciones
Contestación
Oficina Española de Cambio Climático. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Sí
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Sí
Dirección General de Salud Pública. Ministerio de Sanidad.
Sí
Viceconsejería de Medio Rural. Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural. Junta de Castilla-La Mancha.
Sí
Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Ministerio de Interior.
No
Dirección General de Transición Energética. Consejería de Desarrollo Sostenible. Junta de Castilla-La Mancha.
No
Viceconsejería de Cultura y Deportes. Consejería de Educación, Cultura y Deporte (Patrimonio Cultural). Junta de Castilla-La
Mancha.
Sí
Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo. Consejería de Fomento. Junta de Castilla-La Mancha.
Sí
Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación. Consejería de Justicia, Interior y Víctimas. Comunidad de Madrid.
Sí
Servicio de Protección Ciudadana en Guadalajara. Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Junta de Castilla-La
Mancha.
Sí
Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad. Junta de Castilla-La Mancha.
Sí
Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras. Comunidad de Madrid.
Sí
Dirección General de Industria, Energía y Minas. Consejería de Economía, Empleo y Competitividad. Comunidad de Madrid.
Sí
Dirección General de Urbanismo. Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad. Comunidad de Madrid.
No
Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático. Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.
Comunidad de Madrid.
Sí
Dirección General de Descarbonización y Transición Energética. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura. Comunidad
de Madrid.
Sí
Dirección General de Suelo. Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad. Comunidad de Madrid.
Sí
cve: BOE-A-2022-17803
Verificable en https://www.boe.es
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