III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17800)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta Fotovoltaica Limonero de 125MWp/115,5 MWn y su infraestructura de evacuación, en Requena (Valencia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148586

modificando la localización de los paneles solares en el caso de que los resultados del
estudio geotécnico desaconsejen esa situación.
En cuanto al riesgo de incendios forestales la Agencia Valenciana de Seguridad y
Respuesta a las Emergencias y la Dirección General de Medio Natural y Evaluación
Ambiental de la Generalitat Valenciana, informan que tal y como se incluye en la
documentación aportada, el ámbito de la PFV y sus infraestructuras de evacuación
limitan y atraviesan en diversos puntos zonas de suelo forestal, indicando la legislación
que por tanto le es de aplicación. El promotor lo tendrá en cuenta informando que está
prevista la elaboración del documento «Plan de Prevención de Incendios Forestales»
donde se cumplirá con lo establecido en el decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consell
de la Generalitat, así como con el resto de legislación que le aplique.
En todo caso, y al igual que los aspectos técnicos del proyecto como el propio diseño
del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (según el análisis realizado por el promotor) es
un factor más a considerar en la decisión de autorización por parte del órgano sustantivo.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes
naturales, la presente resolución recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las
autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento
de participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano
competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.
Programa de vigilancia ambiental.

El EsIA contiene un programa de vigilancia y seguimiento ambiental (PVA) cuyo
objetivo consiste en garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias propuestas, así como la evaluación de la
eficacia de las mismas y las desviaciones respecto a lo previsto en la identificación y
valoración de impactos, y en su caso la adopción de medidas complementarias
adicionales para la protección ambiental.
El PVA indica que el promotor designará un responsable con cualificación técnica
adecuada, y en su caso, el equipo técnico que se considere necesario para desarrollarlo
adecuadamente. El coste de las tareas de vigilancia quedará a cargo del promotor. Antes
del inicio de las obras, el equipo de Vigilancia Ambiental, la Dirección de Obra y el
adjudicatario de las obras, deben llegar a acuerdos sobre los aspectos que puedan tener
mayor incidencia ambiental. En concreto, estos aspectos incluyen: supervisión del
trazado de los caminos de obra de nuevo trazado y a rehabilitar, supervisión de los
cruces con los cauces afectados y supervisión de las zonas con vegetación y/o fauna de
interés. Se deberá emitir un informe referente a las afecciones a controlar, debiendo
realizarse antes del inicio de los trabajos de movimiento de tierras. En este informe
previo se describirá, para cada actividad considerada, los acuerdos adoptados y
soluciones finales, las modificaciones que hayan surgido, incidencias de las actividades
comentadas, el resultado final del trabajo y un reportaje fotográfico, donde se observen
las condiciones.
Durante la fase de construcción el PVA indica que se llevarán a cabo controles sobre
la calidad del aire, los niveles sonoros, la calidad del suelo, las posibles afecciones sobre
la flora y fauna, la calidad de las aguas, la supervisión arqueológica, y las posibles
afecciones a la población.
Durante la fase de funcionamiento del proyecto el PVA incluye los seguimientos a
realizar de las medidas ambientales establecidas para evitar procesos erosivos y
afecciones sobre los recursos hídricos, la vegetación y la fauna como es el seguimiento
de la ocupación de cajas nido, el seguimiento del plan de aprovechamiento sostenible
del pastoreo de la PFV, el control de la temporalidad de los aprovechamientos y la carga
ganadera máxima puntual y media.
SEO/BirdLife indica que el PVA presenta deficiencias por ser muy genérico. El
promotor responde aportando datos más concretos acerca de las actividades de
seguimiento ambiental. Durante el primer año de funcionamiento de las instalaciones y
con una periodicidad de dos veces por mes, se realizará un seguimiento de la mortalidad

cve: BOE-A-2022-17800
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d.