III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17801)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Andrea de 250 MW y de su infraestructura de evacuación asociada, en Antas (Almería)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148596
Las tres zonas en las que se divide la planta se conectan mediante dos líneas aéreas
de media tensión (LAMT), de 33 kV, la primera conecta la zona norte oeste con la zona
norte este (1.298,38 m y 7 apoyos) y la segunda conecta la zona norte oeste con la
Subestación «Andrea Antas» (1.765,34 m y 8 apoyos).
La Subestación «Andrea Antas» 33/132 kV ocupará una superficie aproximada
de 0,3 ha.
La línea de evacuación aérea de alta tensión (LAAT), de 132 kV desde la
Subestación «Andrea Antas» hasta la Subestación «Colectora Ribina» será de doble
circuito, uno para la planta fotovoltaica «Andrea» y otro para planta fotovoltaica «El
Tranco» (otro proyecto), y tendrá 12.026,96 m y 55 apoyos.
La Subestación «Colectora Ribina» 132/220/400 kV ocupa una superficie aproximada
de 1,7 ha y en ella evacuarán las plantas fotovoltaicas (Andrea 250 MWp, Rambla 100
MWp y El Tranco 50 MWp) y las plantas eólicas (Filabres 153 MW y Peregiles 93 MW).
El estudio de impacto ambiental (EsIA) contempla la fase de desmantelamiento, si
bien será necesario desarrollarla en detalle al final del periodo de vida de la planta junto
con su proyecto correspondiente.
2.
Tramitación del procedimiento.
3.
Análisis técnico del expediente.
A.
Análisis de alternativas.
En la documentación aportada por el promotor se incluye un estudio de alternativas.
En primer lugar, descarta la alternativa cero o de no ejecución del proyecto ya que no se
cumplirían los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030
(PNIEC). Posteriormente, entre las diferentes alternativas de energías renovables
disponibles, selecciona la energía solar fotovoltaica.
Para la selección de los posibles emplazamientos, mediante un sistema de
información geográfica, se han considerado los siguientes factores: suficiente radiación
solar, distancia al punto de acceso a la Red de Transporte (Subestación «Ribina» 400
kV) y objetivos ambientales (espacios protegidos, flora, fauna, patrimonio, etc.).
Todos estos condicionantes llevaron a plantear dos posibles alternativas para la
ubicación de la planta fotovoltaica, técnica, ambiental y económicamente viables. Se
selecciona la alternativa 1 por tener menor superficie, afectar a menos proporción de
hábitats de interés comunitario (HIC) y no afectar a Montes de Utilidad Pública (MUP).
cve: BOE-A-2022-17801
Verificable en https://www.boe.es
Conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, se publica en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 236, de 2 de
octubre de 2021; en el «Boletín Oficial de la Provincia de Almería» n.º 187, de 29 de
septiembre de 2021; y en los tablones de edictos de los ayuntamientos afectados:
«Anuncio de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Almería por el que se somete al trámite de Información Pública la Solicitud de
Autorización Administrativa Previa, Declaración de Impacto Ambiental, Declaración en
concreto de Utilidad Pública, y Autorización Administrativa de construcción del proyecto
"Instalación Solar Fotovoltaica Andrea" de 250 MWP y su infraestructura de evacuación
LAT 132 KV. Y la SE Colectora Ribina de 400 KV, en el término municipal de Antas
(Almería)».
Simultáneamente, se consultó a las administraciones públicas afectadas y personas
interesadas, quedando recogida en el anexo I, la relación de entidades consultadas, las
contestaciones emitidas y las alegaciones del período de información pública.
Con fecha 18 de febrero de 2022, se recibe el expediente en esta Dirección General,
incluyendo el proyecto técnico, el estudio de impacto ambiental (EsIA), las consultas y el
resultado de dichas consultas y de la información pública realizada.
El 15 de marzo de 2022, se requiere al promotor información técnica adicional
relativa a diversos aspectos del estudio de impacto ambiental, que es aportada el 17 de
junio de 2022 y complementada el 21 de julio de 2022.
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148596
Las tres zonas en las que se divide la planta se conectan mediante dos líneas aéreas
de media tensión (LAMT), de 33 kV, la primera conecta la zona norte oeste con la zona
norte este (1.298,38 m y 7 apoyos) y la segunda conecta la zona norte oeste con la
Subestación «Andrea Antas» (1.765,34 m y 8 apoyos).
La Subestación «Andrea Antas» 33/132 kV ocupará una superficie aproximada
de 0,3 ha.
La línea de evacuación aérea de alta tensión (LAAT), de 132 kV desde la
Subestación «Andrea Antas» hasta la Subestación «Colectora Ribina» será de doble
circuito, uno para la planta fotovoltaica «Andrea» y otro para planta fotovoltaica «El
Tranco» (otro proyecto), y tendrá 12.026,96 m y 55 apoyos.
La Subestación «Colectora Ribina» 132/220/400 kV ocupa una superficie aproximada
de 1,7 ha y en ella evacuarán las plantas fotovoltaicas (Andrea 250 MWp, Rambla 100
MWp y El Tranco 50 MWp) y las plantas eólicas (Filabres 153 MW y Peregiles 93 MW).
El estudio de impacto ambiental (EsIA) contempla la fase de desmantelamiento, si
bien será necesario desarrollarla en detalle al final del periodo de vida de la planta junto
con su proyecto correspondiente.
2.
Tramitación del procedimiento.
3.
Análisis técnico del expediente.
A.
Análisis de alternativas.
En la documentación aportada por el promotor se incluye un estudio de alternativas.
En primer lugar, descarta la alternativa cero o de no ejecución del proyecto ya que no se
cumplirían los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030
(PNIEC). Posteriormente, entre las diferentes alternativas de energías renovables
disponibles, selecciona la energía solar fotovoltaica.
Para la selección de los posibles emplazamientos, mediante un sistema de
información geográfica, se han considerado los siguientes factores: suficiente radiación
solar, distancia al punto de acceso a la Red de Transporte (Subestación «Ribina» 400
kV) y objetivos ambientales (espacios protegidos, flora, fauna, patrimonio, etc.).
Todos estos condicionantes llevaron a plantear dos posibles alternativas para la
ubicación de la planta fotovoltaica, técnica, ambiental y económicamente viables. Se
selecciona la alternativa 1 por tener menor superficie, afectar a menos proporción de
hábitats de interés comunitario (HIC) y no afectar a Montes de Utilidad Pública (MUP).
cve: BOE-A-2022-17801
Verificable en https://www.boe.es
Conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, se publica en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 236, de 2 de
octubre de 2021; en el «Boletín Oficial de la Provincia de Almería» n.º 187, de 29 de
septiembre de 2021; y en los tablones de edictos de los ayuntamientos afectados:
«Anuncio de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Almería por el que se somete al trámite de Información Pública la Solicitud de
Autorización Administrativa Previa, Declaración de Impacto Ambiental, Declaración en
concreto de Utilidad Pública, y Autorización Administrativa de construcción del proyecto
"Instalación Solar Fotovoltaica Andrea" de 250 MWP y su infraestructura de evacuación
LAT 132 KV. Y la SE Colectora Ribina de 400 KV, en el término municipal de Antas
(Almería)».
Simultáneamente, se consultó a las administraciones públicas afectadas y personas
interesadas, quedando recogida en el anexo I, la relación de entidades consultadas, las
contestaciones emitidas y las alegaciones del período de información pública.
Con fecha 18 de febrero de 2022, se recibe el expediente en esta Dirección General,
incluyendo el proyecto técnico, el estudio de impacto ambiental (EsIA), las consultas y el
resultado de dichas consultas y de la información pública realizada.
El 15 de marzo de 2022, se requiere al promotor información técnica adicional
relativa a diversos aspectos del estudio de impacto ambiental, que es aportada el 17 de
junio de 2022 y complementada el 21 de julio de 2022.