III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-17813)
Resolución de 20 de octubre de 2022, del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón, por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., la Fundación Instituto Catalán de Nanociencia y Nanotecnología y el Instituto de Física de Altas Energías, para la colaboración en la realización del subproyecto de I+D "In-Caem" en el marco del plan complementario en el área de materiales avanzados del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148695

una especial atención en materia de: etiquetado climático y digital; principio de no causar
perjuicio significativo al medio ambiente; evitar conflictos de interés, fraude, corrupción;
no concurrencia de doble financiación; cumplimiento de la normativa en materia de
ayudas de Estado, Comunicación, publicación obligatoria y transferencia de datos, entre
otros, de acuerdo con lo previsto en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por
la cual se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
El CELLS, con arreglo al convenio de la financiación de la realización del
Subproyecto firmado con la Generalitat de Catalunya que se adjunta como anexo 5, está
obligado a cumplir con las condiciones que le correspondan en calidad de Entidad
Ejecutora del Subproyecto.
En concreto, la cláusula 8 de dicho convenio establece los requisitos para la
justificación de los fondos y concluye en que «Las obligaciones de justificación se harán
extensivas a las instituciones signatarias de los convenios especificados en la cláusula
segunda», es decir, a los Perceptores.
5.2

Metodología del seguimiento.

En ese mismo sentido, se acuerda que, con la transferencia de fondos a las
Entidades Participantes/Perceptores, se trasladan a ellas también los compromisos y las
condiciones asociadas a la ejecución, el seguimiento y la justificación del Subproyecto
que le corresponda. Entre ellos se encuentran:

El Departament de Recerca i Universitats de la Generalitat de Catalunya, la
Intervención General de la Generalitat de Catalunya, la Sindicatura de Cuentas u otros
órganos competentes estatales o comunitarios pueden solicitar en cualquier momento,
mediante la Beneficiaria, información sobre la ejecución del proyecto cofinanciado a
efectos de ejercer las competencias de seguimiento y control de acuerdo con la
normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Siempre que eso
contribuya a los fines de seguimiento y justificación del Subproyecto, CELLS trasladará
las peticiones pertinentes a las Entidades Participantes/Perceptores que estarán
obligadas a responder a cualquier solicitud de esta índole dentro de los plazos que
sean fijados.
Siempre que sea técnica y administrativamente viable y asumible, se podrá habilitar
a las Entidades Participantes/Perceptores el acceso a los medios telemáticos
establecidas para la gestión y el seguimiento y CELLS podrá, por razones de agilidad y
calidad de gestión, delegar a dichas Entidades la tarea de aportación directa de la
información de seguimiento y justificación que les corresponda.
La justificación de los fondos se hará con la periodicidad que determine la
Beneficiaria y que la Entidad Ejecutora traslade a los Participantes con el objetivo de
garantizar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas. Se prevé como mínimo una
justificación final, una vez finalizado el Subproyecto, mediante la presentación de una

cve: BOE-A-2022-17813
Verificable en https://www.boe.es

– Suministrar, siguiendo las indicaciones de la Entidad Ejecutora y con la
periodicidad que se determine en el marco de la gestión del PRTR, la información de
seguimiento de hitos y objetivos, de acuerdo con lo que dispone la normativa y las
instrucciones vigentes y que se puedan dictar en desarrollo de éstas.
– El conjunto de documentos acreditativos del gasto y pago.
– Permitir y colaborar con las acciones de verificación técnicas y económicas que
lleve a cabo el Departament de Recerca i Universitats de la Generalitat de Catalunya a lo
largo de toda la ejecución del Subproyecto. En este sentido, las Entidades Participantes
quedarán sometidas a las actividades de control que correspondan a la Intervención de
la Generalitat de Cataluña, la Intervención General del Estado y al Tribunal de Cuentas.