III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. (BOE-A-2022-17798)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enagás Transporte, SAU, autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto "Sustitución de la unidad turbocompresora TC-103 por la unidad motocompresora MC-103 de la E.C. Coreses (Zamora)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 148547

– Obra civil: Incluye el nuevo edificio eléctrico, la cimentación necesaria para la
unidad de Motocompresión MC-103 y las nuevas canalizaciones para cableado.
– Instalaciones auxiliares: Instalaciones eléctricas, de instrumentación y control y de
defensa contra incendios.
– Por último, el proyecto incluye la construcción de una nueva línea eléctrica en alta
tensión, ya que la acometida actual no tiene capacidad suficiente para satisfacer los
requerimientos del nuevo tren de accionamiento del compresor:
● La alimentación para este suministro será realizada por la compañía distribuidora
Iberdrola en la línea de alta tensión de 45kV denominada «ST 3022 Zamora – 06
Circunvalación IV». Esta línea enlaza la Subestación Transformadora de Reparto de
Coreses con la Subestación de Reparto de Zamora.
● La derivación, modificaciones y ajustes de la línea Circunvalación IV de Iberdrola
serán realizados por la propia compañía, precisándose una Subestación de Maniobra y
Reparto (SMR) de 45 kV con tres posiciones de interruptor automático: entrada, salida y
remonte.
● El entronque de esta nueva SMR con la línea de alta tensión «ST 3022 Zamora –
06 Circunvalación IV» se realizará en las proximidades del actual apoyo núm. 57.
● Asimismo, para la alimentación en baja tensión de los servicios auxiliares de la
SMR se precisará realizar una nueva acometida en media tensión (13,2kV) y la
instalación de un centro de transformación de media a baja tensión. El entronque de la
nueva línea de acometida en media tensión se realizará en la denominada L-02 «La
Cristina», de la STR 4837 «Coreses».
● Desde la SMR partirá la nueva línea eléctrica aérea de 45kV, que tiene una
longitud aproximada de 4400 metros, contando con un total de 28 apoyos, de simple
circuito. En los extremos se precisan conversiones aéreas subterráneas.
A la nueva línea eléctrica de alta tensión e instalaciones asociadas, les serán de
aplicación cuantas autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal,
autonómica o nacional resulten necesarios para la construcción y puesta en servicio de
instalaciones de estas características.
3.ª El presupuesto del proyecto asciende a seis millones, ochocientos cuarenta y
seis mil, ciento treinta y dos euros con treinta y seis céntimos (6.846.132,36 euros) de los
cuales, ochocientos treinta y cuatro mil, doscientos veintinueve con noventa y dos
céntimos (834.229,92 euros) corresponden a la línea eléctrica en Alta Tensión (45 kV).
Por su parte, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el
artículo 67.3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, la empresa
ENAGAS deberá constituir una garantía por un importe equivalente al 2 % del
presupuesto total que figura en la documentación técnica presentada. Por tanto, la
garantía a constituir por ENAGAS tendrá un importe de 136.922,65 euros.
La citada garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos a favor de la
Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, mediante alguna de las modalidades aceptadas por el
Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja
General de Depósitos. La empresa ENAGAS deberá remitir a la Dirección General de
Política Energética y Minas la documentación acreditativa del depósito de dicha garantía
dentro del plazo de treinta días a partir de su constitución.
Dicha garantía se devolverá al interesado una vez que, formalizada el acta de puesta
en servicio de las instalaciones, el interesado lo solicite y justifique el cumplimiento de
sus obligaciones derivadas de la presente autorización.
4.ª En el diseño, construcción y explotación de las instalaciones objeto de este
proyecto se deberán observar los preceptos técnicos y prescripciones establecidos en el
Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos y en sus Instrucciones
Técnicas Complementarias.
La instalación de la unidad motocompresora MC-103, así como de sus elementos
técnicos, materiales y equipos e instalaciones complementarias deberá ajustarse a las

cve: BOE-A-2022-17798
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 261