I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. (BOE-A-2022-17721)
Orden TED/1026/2022, de 28 de octubre, por la que se aprueba el procedimiento de gestión del sistema de garantías de origen del gas procedente de fuentes renovables.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 148207

El mix residual de un suministrador será calculado sobre la base de su consumo
potencialmente redimible por suministros, que como se define en el punto 5.6.2,
corresponderá a la suma diaria de sus repartos de salida en líneas directas, PCTDs,
PCDDs y PCCCs sobre los que se añadirán los valores remitidos por el comercializador
para cargas off-grid para bunkering referentes a puntos de conexión de descarga de
buques (PCDB).
Un certificado de mix residual incluirá:
– La cuantificación de los consumos potencialmente redimibles.
– La cuantificación de las garantías de origen redimidas por cartera de suministros.
– La cuantificación de las garantías de origen redimidas por el comercializador por
punto de consumo correspondientes a puntos de consumo del Sistema gasista.
– La cuantificación de las garantías de origen de puntos de consumo del Sistema
gasista suministrados por el comercializador que han sido redimidas por el consumidor.
– La cuantificación de garantías de origen redimidas por el comercializador por
operaciones de bunkering/gas vehicular.
El certificado de mix residual incluirá además mediante gráficos circulares:
– Porcentaje de consumos para los que se han redimido garantías de origen,
– Desglose en porcentaje del tipo de redención aplicada,
– Desglose en porcentaje de fuentes de energía de las garantías de origen
redimidas,
– Desglose en porcentaje de tecnologías de producción de gases renovables de las
garantías de origen redimidas.
Los certificados de mix residual de cada año natural estarán disponibles para cada
suministrador en la Plataforma de garantías de origen a partir del 20 de abril del año
siguiente. Los certificados de mix residual podrán ser incluidos como anexo en el informe
anual de actividad remitida al Ministerio y, aunque a priori no tendrán carácter público,
cada suministrador podrá autorizar su publicación a través de la Plataforma de garantías
de origen. Los certificados de mix residual a los que el suministrador haya conferido
carácter público serán consultables a través de la web de la Entidad Responsable.
7.4 Mantenimiento de histórico. El Registro de instalaciones de producción se
mantendrá actualizado, identificando para cada instalación la fecha en la que se ha
producido la última modificación. Se almacenará una descarga con la situación del
registro el 31 de diciembre de cada año, que será adjuntada al Informe anual de
actividad.
Los informes públicos de expedición/producción, consumo/redención y operación
permanecerán accesibles durante 4 años, al igual que las declaraciones informativas de
redención y los certificados de mix residual.
8.

Gestión de reclamaciones

Una reclamación es una herramienta puesta a disposición de cualquier usuario para
manifestar la existencia de un error o anomalía. La Entidad Responsable analizará las
reclamaciones remitidas por los usuarios y determinará si la gestión de la reclamación
requiere o no de una investigación en detalle.
La Entidad Responsable podrá dar de alta una reclamación si constatase una
anomalía que requiera una investigación en detalle.
La Plataforma de garantías de origen dispondrá de un módulo específico para la
gestión de reclamaciones accesible a todos los usuarios. La Entidad Responsable
habilitará un buzón de correo para la recepción de reclamaciones, en caso de
indisponibilidad del módulo de reclamaciones, y para las reclamaciones relativas a
publicación de información que pudieran provenir de sujetos que no estén dados de alta
como usuarios en la Plataforma de garantías de origen.

cve: BOE-A-2022-17721
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 261