I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. (BOE-A-2022-17721)
Orden TED/1026/2022, de 28 de octubre, por la que se aprueba el procedimiento de gestión del sistema de garantías de origen del gas procedente de fuentes renovables.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 148205
Los requisitos aplicables a estos equipos estarán detallados en el listado de
documentación adicional de carácter público.
La integración de los equipos de medida (contador, conversor de volumen/
computador de caudal y cromatógrafo) aportarán en continuo la medida de energía en
kWh.
6.3.3.1 Envío de medidas. El titular de la red asumirá el rol del medidor, y deberá
remitir, con carácter mensual y detalle diario, las medidas correspondientes a través de
la Plataforma de garantías de origen, utilizando los canales de comunicación que la
Entidad Responsable establezca para ello.
El titular de la red será el responsable de proporcionar la medida y enviará al
productor, y a la Entidad Responsable, al menos, las siguientes medidas relativas al
punto de interconexión, con detalle diario.
–
–
–
–
Presión media en bar.
Volumen (Nm3/d).
Energía (kWh/d).
PCS (kWh/Nm3).
6.3.3.2 Verificación del dispositivo de medición. Con objeto de verificar una correcta
medición del gas procedente de fuentes renovables producido en cada una de las
instalaciones, una empresa habilitada al efecto realizará verificaciones periódicas. La
periodicidad se recogerá en el listado de documentación adicional de carácter público.
7.
Reporte de actividad
1. Registro de instalaciones de producción. El registro de instalaciones de
producción de gases renovables incluirá todas las instalaciones de producción de gases
renovables que han sido dadas de alta en el sistema de garantías de origen.
El registro incluirá el nombre y código de la instalación, su estado (alta o en
tramitación), su ubicación con detalle de municipio, provincia y comunidad autónoma,
tipo de gas renovable producido, capacidad de producción, tecnología y fuentes de
energía utilizadas y logística de comercialización. También incluirá la fecha de alta de la
instalación, y, cuando proceda, la fecha de baja del registro. El registro incluirá además la
fecha en que se haya realizado la última modificación en las instalaciones de producción.
Adicionalmente, cuando el productor lo autorice, se incluirá información de contacto.
cve: BOE-A-2022-17721
Verificable en https://www.boe.es
7.1 Informe anual de actividad. De acuerdo a lo establecido en la disposición
adicional segunda del Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, el Gestor Técnico del
Sistema presentará anualmente ante el Ministerio un informe de cumplimiento de la
actividad de expedición de garantías de origen del gas procedente de fuentes
renovables, en el que se demuestre el cumplimiento de los principios de transparencia,
objetividad e independencia.
Este informe incluirá al menos el detalle de la tipología de las garantías de origen
expedidas, y desglose temporal y geográfico de la producción renovable. Podrá incluir,
además, un análisis estadístico de las operaciones de transferencia, exportación,
importación, redención, revocación y caducidad de garantías de origen. También podrá
incluir el detalle de las reclamaciones e incidencias que se hayan producido en el
sistema.
El contenido y nivel de detalle del informe se ajustará cada año de acuerdo a los
requerimientos específicos del Ministerio.
El informe anual de actividad de cada año será remitido al Ministerio antes del 1 de
julio del año siguiente, y será accesible desde la Plataforma de garantías de origen,
previa eliminación de cualquier contenido que pudiera ser considerado confidencial.
7.2 Información de carácter público. La siguiente información tendrá carácter
público y será accesible desde la Plataforma de garantías de origen:
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 148205
Los requisitos aplicables a estos equipos estarán detallados en el listado de
documentación adicional de carácter público.
La integración de los equipos de medida (contador, conversor de volumen/
computador de caudal y cromatógrafo) aportarán en continuo la medida de energía en
kWh.
6.3.3.1 Envío de medidas. El titular de la red asumirá el rol del medidor, y deberá
remitir, con carácter mensual y detalle diario, las medidas correspondientes a través de
la Plataforma de garantías de origen, utilizando los canales de comunicación que la
Entidad Responsable establezca para ello.
El titular de la red será el responsable de proporcionar la medida y enviará al
productor, y a la Entidad Responsable, al menos, las siguientes medidas relativas al
punto de interconexión, con detalle diario.
–
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Presión media en bar.
Volumen (Nm3/d).
Energía (kWh/d).
PCS (kWh/Nm3).
6.3.3.2 Verificación del dispositivo de medición. Con objeto de verificar una correcta
medición del gas procedente de fuentes renovables producido en cada una de las
instalaciones, una empresa habilitada al efecto realizará verificaciones periódicas. La
periodicidad se recogerá en el listado de documentación adicional de carácter público.
7.
Reporte de actividad
1. Registro de instalaciones de producción. El registro de instalaciones de
producción de gases renovables incluirá todas las instalaciones de producción de gases
renovables que han sido dadas de alta en el sistema de garantías de origen.
El registro incluirá el nombre y código de la instalación, su estado (alta o en
tramitación), su ubicación con detalle de municipio, provincia y comunidad autónoma,
tipo de gas renovable producido, capacidad de producción, tecnología y fuentes de
energía utilizadas y logística de comercialización. También incluirá la fecha de alta de la
instalación, y, cuando proceda, la fecha de baja del registro. El registro incluirá además la
fecha en que se haya realizado la última modificación en las instalaciones de producción.
Adicionalmente, cuando el productor lo autorice, se incluirá información de contacto.
cve: BOE-A-2022-17721
Verificable en https://www.boe.es
7.1 Informe anual de actividad. De acuerdo a lo establecido en la disposición
adicional segunda del Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, el Gestor Técnico del
Sistema presentará anualmente ante el Ministerio un informe de cumplimiento de la
actividad de expedición de garantías de origen del gas procedente de fuentes
renovables, en el que se demuestre el cumplimiento de los principios de transparencia,
objetividad e independencia.
Este informe incluirá al menos el detalle de la tipología de las garantías de origen
expedidas, y desglose temporal y geográfico de la producción renovable. Podrá incluir,
además, un análisis estadístico de las operaciones de transferencia, exportación,
importación, redención, revocación y caducidad de garantías de origen. También podrá
incluir el detalle de las reclamaciones e incidencias que se hayan producido en el
sistema.
El contenido y nivel de detalle del informe se ajustará cada año de acuerdo a los
requerimientos específicos del Ministerio.
El informe anual de actividad de cada año será remitido al Ministerio antes del 1 de
julio del año siguiente, y será accesible desde la Plataforma de garantías de origen,
previa eliminación de cualquier contenido que pudiera ser considerado confidencial.
7.2 Información de carácter público. La siguiente información tendrá carácter
público y será accesible desde la Plataforma de garantías de origen: