III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2022-17700)
Resolución 420/38410/2022, de 20 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Extremadura, para la colaboración en actividades docentes y de investigación entre la Base Aérea de Talavera la Real y la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de Badajoz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 147939
docentes y de investigación, mediante la organización y desarrollo de conferencias,
coloquios y seminarios, el intercambio de experiencias y personal en los campos de la
docencia en ciencias de la salud y la investigación en medicina aeronáutica.
Segunda.
1.
Actuaciones de las partes.
Por parte del MINISDEF:
El MINISDEF en desarrollo de este convenio, actuando a través de la BATR, se
compromete a:
a) Llevar a cabo actividades docentes, a través de la Sección de Sanidad, sobre
aspectos de medicina de vuelo y sanidad militar a los estudiantes de las tres titulaciones
(medicina, enfermería y fisioterapia) de la Facultad de Medicina de la UEx.
b) Recibir alumnos para que observen el funcionamiento de una sección de sanidad
militar y las funciones de los médicos de vuelo.
2.
Por parte de la UEx:
La Facultad de Medicina y de Ciencias de la Salud de la UEx en desarrollo de este
convenio se compromete a:
a) Impartir docencia al personal de sanidad que presta servicio en la BATR.
b) Instruir en temas sanitarios de interés a los pilotos del Ala 23 de la BATR.
c) Poner a disposición de los sanitarios de la BATR, la Unidad de Simuladores
Clínicos y otras instalaciones de la Facultad de Medicina para su adiestramiento, que se
realizará bajo la tutorización de un profesor de la Facultad.
Tanto la BATR como la UEx colaborarán en la investigación de medicina aeronáutica,
desarrollando las líneas de investigación que estimen oportunas según la normativa
vigente en lo referente a proyectos de investigación de la Junta de Extremadura, de
la UEx y del MINISDEF. Ambas entidades facilitarán el intercambio de publicaciones
propias y el acceso a fondos documentales, no clasificados, de la otra parte. Igualmente
facilitarán asesoramiento científico y técnico, relacionado con las materias objeto del
presente convenio y harán constar la colaboración de la otra parte en todas las
actividades editoriales, informativas o de promoción en relación con las actuaciones
contempladas en este convenio.
Los trabajos académicos que se puedan desarrollar por los estudiantes de la UEx, o
por el personal sanitario de la BATR, durante las actividades objeto de este convenio
podrán ser utilizados por las partes, si resultan de su interés, y cumpliendo, en cualquier
caso, la normativa vigente sobre propiedad intelectual. Si el trabajo se publica, incluirá
una referencia o agradecimiento al MINISDEF o a la UEx, según corresponda.
Las partes se comprometen al intercambio de información necesaria para el
cumplimiento efectivo de todos los términos de este convenio, supeditado a las normas
de protección de la información. Queda excluida la información clasificada
del MINISDEF, cuyo manejo se rige por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este convenio, tendrá la
consideración de «uso oficial», por lo que se comprometen a guardar la debida reserva
sobre dicha información.
El citado deber de reserva permanecerá durante el periodo de vigencia del presente
convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de este. Asimismo, las partes se
cve: BOE-A-2022-17700
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Confidencialidad de la información y protección de datos de carácter personal.
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 147939
docentes y de investigación, mediante la organización y desarrollo de conferencias,
coloquios y seminarios, el intercambio de experiencias y personal en los campos de la
docencia en ciencias de la salud y la investigación en medicina aeronáutica.
Segunda.
1.
Actuaciones de las partes.
Por parte del MINISDEF:
El MINISDEF en desarrollo de este convenio, actuando a través de la BATR, se
compromete a:
a) Llevar a cabo actividades docentes, a través de la Sección de Sanidad, sobre
aspectos de medicina de vuelo y sanidad militar a los estudiantes de las tres titulaciones
(medicina, enfermería y fisioterapia) de la Facultad de Medicina de la UEx.
b) Recibir alumnos para que observen el funcionamiento de una sección de sanidad
militar y las funciones de los médicos de vuelo.
2.
Por parte de la UEx:
La Facultad de Medicina y de Ciencias de la Salud de la UEx en desarrollo de este
convenio se compromete a:
a) Impartir docencia al personal de sanidad que presta servicio en la BATR.
b) Instruir en temas sanitarios de interés a los pilotos del Ala 23 de la BATR.
c) Poner a disposición de los sanitarios de la BATR, la Unidad de Simuladores
Clínicos y otras instalaciones de la Facultad de Medicina para su adiestramiento, que se
realizará bajo la tutorización de un profesor de la Facultad.
Tanto la BATR como la UEx colaborarán en la investigación de medicina aeronáutica,
desarrollando las líneas de investigación que estimen oportunas según la normativa
vigente en lo referente a proyectos de investigación de la Junta de Extremadura, de
la UEx y del MINISDEF. Ambas entidades facilitarán el intercambio de publicaciones
propias y el acceso a fondos documentales, no clasificados, de la otra parte. Igualmente
facilitarán asesoramiento científico y técnico, relacionado con las materias objeto del
presente convenio y harán constar la colaboración de la otra parte en todas las
actividades editoriales, informativas o de promoción en relación con las actuaciones
contempladas en este convenio.
Los trabajos académicos que se puedan desarrollar por los estudiantes de la UEx, o
por el personal sanitario de la BATR, durante las actividades objeto de este convenio
podrán ser utilizados por las partes, si resultan de su interés, y cumpliendo, en cualquier
caso, la normativa vigente sobre propiedad intelectual. Si el trabajo se publica, incluirá
una referencia o agradecimiento al MINISDEF o a la UEx, según corresponda.
Las partes se comprometen al intercambio de información necesaria para el
cumplimiento efectivo de todos los términos de este convenio, supeditado a las normas
de protección de la información. Queda excluida la información clasificada
del MINISDEF, cuyo manejo se rige por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este convenio, tendrá la
consideración de «uso oficial», por lo que se comprometen a guardar la debida reserva
sobre dicha información.
El citado deber de reserva permanecerá durante el periodo de vigencia del presente
convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de este. Asimismo, las partes se
cve: BOE-A-2022-17700
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Confidencialidad de la información y protección de datos de carácter personal.