III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2022-17712)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, por la que se publica el Convenio con la Fundación Cultural Oficina Media España, la Asociación Zineuskadi, el Institut Català de les Empreses Culturals y la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, para la organización y funcionamiento de la Oficina Europa Creativa en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148053
– Una oficina informativa encargada de la difusión del subprograma Media en el
ámbito territorial que no dispone de oficina autonómica propia, integrada en la Fundación
Cultural Oficina Media España.
b) Dotar a las oficinas informativas de los medios materiales y humanos requeridos
por la EACEA, en concreto:
– Adscribir a la oficina personal suficiente para llevar a cabo las tareas
encomendadas, que cuente con un excelente conocimiento de los sectores cubiertos por
el programa Europa Creativa, experiencia en coordinación de eventos (organización de
seminarios, conferencias, etc.), experiencia en relaciones públicas, conocimiento de las
instituciones y políticas europeas, habilidades lingüísticas suficientes para comunicarse
eficazmente con interlocutores de otros países y alfabetización en TICs.
– Contar con una infraestructura apropiada que incluya oficinas e instalaciones para
reuniones, así como equipos informáticos y de comunicación necesarios.
c) Designar un coordinador para cada una de las oficinas informativas arriba
mencionadas, quien tendrá la responsabilidad de garantizar que el personal que trabaja
en ella, incluido ellos mismos, lleve a cabo las tareas previstas en el plan de acción
aprobado por la EACEA, para lo que debe poder contar con una asignación de tiempo
adecuada. Además, se debe evitar cualquier conflicto de intereses y cualquier
circunstancia que pueda dar lugar a ello, por lo que se debe separar esta función de
otras que puedan propiciar esta situación.
d) Cumplir las disposiciones recogidas en el acuerdo de subvención que cada año
se suscriba con la EACEA y en los demás documentos emitidos por la Comisión
Europea y la EACEA, en relación con las tareas y responsabilidades de las Oficinas
Europa Creativa.
e) Llevar a cabo las actividades recogidas en los planes de acción anuales
elaborados por el Órgano de coordinación a partir de la documentación aportada por las
oficinas e incluidos en el acuerdo de subvención arriba citado.
a) Llevar a cabo la gestión administrativa y financiera de los acuerdos de
subvención de la EACEA (incluyendo la coordinación del plan de acción, la asignación
de las subvenciones de la UE a las diferentes oficinas y la recogida de los datos
necesarios para elaborar la documentación a presentar ante la EACEA para la
justificación de la subvención recibida).
b) Presentar, a través del Portal de participantes establecido por la Comisión
Europea (https://ec.europa.eu/info/funding-tenders/opportunities/portal/screen/home), la
documentación exigida por la EACEA y la Comisión Europea para la solicitud de las
subvenciones anuales y la justificación de estas, así como las correspondientes
enmiendas al proyecto de subvención anual, en el caso de ser necesario.
c) Mantener actualizado el sitio web común (wwww.europacreativa.es), fácilmente
accesible para los usuarios interesados, desde el que se acceda a los respectivos sitios
de las oficinas informativas.
d) Poner a disposición de las distintas oficinas informativas y de la ciudadanía que
así lo solicite el material de difusión común sobre Programa Europa Creativa.
e) Cooperar, cuando así se le requiera, en la planificación y ejecución de las
acciones de las distintas oficinas informativas, de acuerdo con ellas.
3.
Las demás partes firmantes se comprometen a:
a) Colaborar con el Órgano de coordinación en las tareas arriba citadas,
aportándole toda la documentación e información necesaria para la buena gestión
cve: BOE-A-2022-17712
Verificable en https://www.boe.es
2. Como Órgano de coordinación de la Oficina Europa Creativa España, la
Subdirección General de Cooperación Cultural con las Comunidades Autónomas se
compromete a:
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148053
– Una oficina informativa encargada de la difusión del subprograma Media en el
ámbito territorial que no dispone de oficina autonómica propia, integrada en la Fundación
Cultural Oficina Media España.
b) Dotar a las oficinas informativas de los medios materiales y humanos requeridos
por la EACEA, en concreto:
– Adscribir a la oficina personal suficiente para llevar a cabo las tareas
encomendadas, que cuente con un excelente conocimiento de los sectores cubiertos por
el programa Europa Creativa, experiencia en coordinación de eventos (organización de
seminarios, conferencias, etc.), experiencia en relaciones públicas, conocimiento de las
instituciones y políticas europeas, habilidades lingüísticas suficientes para comunicarse
eficazmente con interlocutores de otros países y alfabetización en TICs.
– Contar con una infraestructura apropiada que incluya oficinas e instalaciones para
reuniones, así como equipos informáticos y de comunicación necesarios.
c) Designar un coordinador para cada una de las oficinas informativas arriba
mencionadas, quien tendrá la responsabilidad de garantizar que el personal que trabaja
en ella, incluido ellos mismos, lleve a cabo las tareas previstas en el plan de acción
aprobado por la EACEA, para lo que debe poder contar con una asignación de tiempo
adecuada. Además, se debe evitar cualquier conflicto de intereses y cualquier
circunstancia que pueda dar lugar a ello, por lo que se debe separar esta función de
otras que puedan propiciar esta situación.
d) Cumplir las disposiciones recogidas en el acuerdo de subvención que cada año
se suscriba con la EACEA y en los demás documentos emitidos por la Comisión
Europea y la EACEA, en relación con las tareas y responsabilidades de las Oficinas
Europa Creativa.
e) Llevar a cabo las actividades recogidas en los planes de acción anuales
elaborados por el Órgano de coordinación a partir de la documentación aportada por las
oficinas e incluidos en el acuerdo de subvención arriba citado.
a) Llevar a cabo la gestión administrativa y financiera de los acuerdos de
subvención de la EACEA (incluyendo la coordinación del plan de acción, la asignación
de las subvenciones de la UE a las diferentes oficinas y la recogida de los datos
necesarios para elaborar la documentación a presentar ante la EACEA para la
justificación de la subvención recibida).
b) Presentar, a través del Portal de participantes establecido por la Comisión
Europea (https://ec.europa.eu/info/funding-tenders/opportunities/portal/screen/home), la
documentación exigida por la EACEA y la Comisión Europea para la solicitud de las
subvenciones anuales y la justificación de estas, así como las correspondientes
enmiendas al proyecto de subvención anual, en el caso de ser necesario.
c) Mantener actualizado el sitio web común (wwww.europacreativa.es), fácilmente
accesible para los usuarios interesados, desde el que se acceda a los respectivos sitios
de las oficinas informativas.
d) Poner a disposición de las distintas oficinas informativas y de la ciudadanía que
así lo solicite el material de difusión común sobre Programa Europa Creativa.
e) Cooperar, cuando así se le requiera, en la planificación y ejecución de las
acciones de las distintas oficinas informativas, de acuerdo con ellas.
3.
Las demás partes firmantes se comprometen a:
a) Colaborar con el Órgano de coordinación en las tareas arriba citadas,
aportándole toda la documentación e información necesaria para la buena gestión
cve: BOE-A-2022-17712
Verificable en https://www.boe.es
2. Como Órgano de coordinación de la Oficina Europa Creativa España, la
Subdirección General de Cooperación Cultural con las Comunidades Autónomas se
compromete a: