III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17709)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica OPDE Herrera de 82,3 MW de potencia instalada, subestación 30/132 kV y línea de evacuación a 132 kV, en los términos municipales de Sotresgudo (Burgos) y Herrera de Pisuerga (Palencia)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
1.2
Sec. III. Pág. 148013
Modificaciones en el proyecto técnico.
La alternativa seleccionada por el promotor propone un diseño para la línea de
evacuación 132 kV en aéreo de 2.525 m. En el informe emitido por la administración
regional competente se señala que con la implantación de esta alternativa se contribuirá
al deterioro paisajístico y desnaturalización del territorio, además de suponer un grave
perjuicio para la avifauna por la posibilidad de colisión y electrocución. Adicionalmente, el
documento «Criterios técnicos para la tramitación de la instalación de líneas eléctricas de
alta tensión para la evacuación de instalaciones de producción de energía renovable» de
las Direcciones Generales de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, y Patrimonio Natural y
Política Forestal de la Junta de Castilla y León, de aplicación para nuevos proyectos y
para proyectos con evaluación de impacto ambiental en proceso, ubicados en Castilla y
León, establece entre sus criterios que la evacuación individual de cada proyecto deberá
realizarse de forma soterrada hasta un punto común para su enganche a la línea de
evacuación conjunta.
En consecuencia, el promotor deberá soterrar la línea de alta tensión de circuito
simple de 132 kV desde la SET Amaya hasta el apoyo de entronque con la línea de 132
kV de doble circuito, permitiéndose tramos aéreos únicamente si se comparte parte de la
instalación con otras líneas ya existentes. Se priorizará el trazado subterráneo por los
márgenes de carreteras y otras vías de comunicación para que la afección sobre hábitats
de interés comunitario sea la mínima imprescindible. Asimismo, se evitará el trazado por
zonas encharcadas, aunque sea temporalmente, o de elevada humedad edáfica, dado
que es donde principalmente se localizan especies de flora catalogada, hábitats de
interés comunitario o especies de fauna catalogada y otros valores de interés.
El promotor presentará ante el órgano sustantivo, una adenda con el nuevo trazado
de este tramo de la línea de evacuación, que deberá ser informada favorablemente por
parte la DGPNyPF de la Junta de Castilla y León, con anterioridad a la aprobación del
proyecto.
1.3 Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos.
Se exponen a continuación aquellas medidas del EsIA, y las incluidas en los
diferentes informes que han sido aceptadas por el promotor, que deben ser modificadas
o completadas, así como otras adicionales que se desprenden del análisis técnico
realizado por este órgano.
Suelo, agua e hidrología.
– El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación y
alteración del suelo (viales existentes y previstos), evitando especialmente las vaguadas
y charcas. El trazado de los viales debe ser balizado (mediante malla de obra o similar) a
fin de limitar la salida de vehículos.
– La DGPNyPF de la Junta de Castilla y León señala que se minimizará la
transformación del suelo sobre el que se asiente la PFV, por lo que los seguidores se
instalarán mediante hincado en el terreno y únicamente se admite la cimentación como
alternativa, previa justificación y solicitud de informe de afección.
No se retirará la tierra vegetal, como máxima garantía de conservación del capital del
suelo, ni se harán compactaciones salvo en las soleras de los centros de inversióntransformación, edificios, subestación, zanjas para el cableado, viales y zonas de
instalaciones auxiliares de obra. Además, la tierra vegetal obtenida se utilizará en
labores de restauración de zonas alteradas y, si fuera necesario, se realizarán aportes de
tierra vegetal extra en áreas con peligro de erosión.
– La altura de colocación de los módulos solares debe adaptarse a la morfología del
terreno para permitir el manejo de la vegetación con el ganado.
cve: BOE-A-2022-17709
Verificable en https://www.boe.es
1.3.1
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
1.2
Sec. III. Pág. 148013
Modificaciones en el proyecto técnico.
La alternativa seleccionada por el promotor propone un diseño para la línea de
evacuación 132 kV en aéreo de 2.525 m. En el informe emitido por la administración
regional competente se señala que con la implantación de esta alternativa se contribuirá
al deterioro paisajístico y desnaturalización del territorio, además de suponer un grave
perjuicio para la avifauna por la posibilidad de colisión y electrocución. Adicionalmente, el
documento «Criterios técnicos para la tramitación de la instalación de líneas eléctricas de
alta tensión para la evacuación de instalaciones de producción de energía renovable» de
las Direcciones Generales de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, y Patrimonio Natural y
Política Forestal de la Junta de Castilla y León, de aplicación para nuevos proyectos y
para proyectos con evaluación de impacto ambiental en proceso, ubicados en Castilla y
León, establece entre sus criterios que la evacuación individual de cada proyecto deberá
realizarse de forma soterrada hasta un punto común para su enganche a la línea de
evacuación conjunta.
En consecuencia, el promotor deberá soterrar la línea de alta tensión de circuito
simple de 132 kV desde la SET Amaya hasta el apoyo de entronque con la línea de 132
kV de doble circuito, permitiéndose tramos aéreos únicamente si se comparte parte de la
instalación con otras líneas ya existentes. Se priorizará el trazado subterráneo por los
márgenes de carreteras y otras vías de comunicación para que la afección sobre hábitats
de interés comunitario sea la mínima imprescindible. Asimismo, se evitará el trazado por
zonas encharcadas, aunque sea temporalmente, o de elevada humedad edáfica, dado
que es donde principalmente se localizan especies de flora catalogada, hábitats de
interés comunitario o especies de fauna catalogada y otros valores de interés.
El promotor presentará ante el órgano sustantivo, una adenda con el nuevo trazado
de este tramo de la línea de evacuación, que deberá ser informada favorablemente por
parte la DGPNyPF de la Junta de Castilla y León, con anterioridad a la aprobación del
proyecto.
1.3 Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos.
Se exponen a continuación aquellas medidas del EsIA, y las incluidas en los
diferentes informes que han sido aceptadas por el promotor, que deben ser modificadas
o completadas, así como otras adicionales que se desprenden del análisis técnico
realizado por este órgano.
Suelo, agua e hidrología.
– El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación y
alteración del suelo (viales existentes y previstos), evitando especialmente las vaguadas
y charcas. El trazado de los viales debe ser balizado (mediante malla de obra o similar) a
fin de limitar la salida de vehículos.
– La DGPNyPF de la Junta de Castilla y León señala que se minimizará la
transformación del suelo sobre el que se asiente la PFV, por lo que los seguidores se
instalarán mediante hincado en el terreno y únicamente se admite la cimentación como
alternativa, previa justificación y solicitud de informe de afección.
No se retirará la tierra vegetal, como máxima garantía de conservación del capital del
suelo, ni se harán compactaciones salvo en las soleras de los centros de inversióntransformación, edificios, subestación, zanjas para el cableado, viales y zonas de
instalaciones auxiliares de obra. Además, la tierra vegetal obtenida se utilizará en
labores de restauración de zonas alteradas y, si fuera necesario, se realizarán aportes de
tierra vegetal extra en áreas con peligro de erosión.
– La altura de colocación de los módulos solares debe adaptarse a la morfología del
terreno para permitir el manejo de la vegetación con el ganado.
cve: BOE-A-2022-17709
Verificable en https://www.boe.es
1.3.1