III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-17715)
Resolución de 17 de octubre de 2022, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica el Convenio con la Universitat de València, para el desarrollo de un programa de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Sábado 29 de octubre de 2022
Sexta.

Sec. III. Pág. 148144

Compromisos de la Universitat de València.

La realización de las prácticas amparadas en el presente convenio tendrá a todos los
efectos la consideración de actividad académica.
– Gestionará todos los aspectos formales de las convocatorias de la formación en
centros de trabajo objeto del presente convenio, de acuerdo con su normativa y
procedimientos y conforme a los principios de publicidad, objetividad y concurrencia.
– Deberá cumplimentar para cada alumno en formación práctica en el CENIEH, el
correspondiente anexo/acuerdo de formalización.
– Nombrará un Tutor o Tutora Académico/a, profesor/a de alguna de las materias
relacionadas con el programa formativo a desarrollar, que tendrá como función el
asesoramiento metodológico y técnico en las áreas de trabajo del estudiante y se
responsabilizará de la tutoría de cada uno de los alumnos y de la supervisión de su
realización.
– Garantizará en todo caso los seguros de accidentes y responsabilidad civil
correspondientes de los estudiantes.
– Emitirá a los tutores del CENIEH que así lo soliciten, un certificado para reconocer
la labor realizada y la duración de la misma.
Previo al inicio de las prácticas en el CENIEH, la UV cooperará en la aplicación de la
normativa sobre prevención de riesgos laborales, facilitando la información y formación
requerida a tal efecto que sean necesarios en cuanto a la protección y prevención de
riesgos laborales.
Séptima. Compromisos del CENIEH.
– Designará un tutor o tutora profesional que desarrolle las funciones de guía,
supervisor/a y asesor/a del estudiante mientras realice las prácticas en dicha entidad,
responsabilizándose de la formación de cada alumno y de la valoración de su estancia.
Además facilitará al tutor académico de la UV el informe de aprovechamiento de las
prácticas a su finalización sobre la actividad realizada.
– Determinará el número máximo de alumnos que vayan a realizar las prácticas por
anualidad, atendiendo a sus propias necesidades.
– Deberá facilitar a los alumnos los medios e instalaciones oportunas para poder
desarrollar el plan de trabajo de las prácticas.
– Deberá hacer observar las medidas de seguridad e higiene establecidas en sus
instalaciones e informar y hacer cumplir y respetar al alumnado dichas medidas.
Octava. Derechos y deberes de los estudiantes.

a) Cumplir las normas de régimen interno del CENIEH y seguir las instrucciones
que reciban de sus responsables.
b) Adoptar una actitud activa en las tareas que se le encomienden, inherentes a su
línea de formación.
c) Cumplir las normas de prevención de riesgos laborales.
d) Mantener el deber de secreto y confidencialidad en materia de medios, procesos
o actuaciones o información interna que pudiera tener conocimiento por razón de las
prácticas durante su estancia e inclusive una vez finalizadas éstas.
e) En el caso de que esté previsto, entregar la memoria final al tutor académico en
el plazo previsto, a fin de poder superar las prácticas externas curriculares y la
correspondiente mención favorable en las prácticas extracurriculares.
f) Presentar una memoria sobre la actividad desarrollada durante la práctica
académica

cve: BOE-A-2022-17715
Verificable en https://www.boe.es

Los estudiantes en formación/prácticas deberán: