III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2022-17714)
Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponde a la Agencia Estatal de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148073
reembolsables que se otorguen al amparo de esta norma, se regirán por la presente
orden, y en lo que no se establezca en la misma, se regirá de forma subsidiaria por las
prescripciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
En tanto que estos instrumentos de financiación son titularidad del Ministerio de
Ciencia e Innovación, su administración por la Agencia Estatal de Investigación, dentro
de las convocatorias respectivas, será ejercida en virtud de las encomiendas de gestión
que se establezcan.
Artículo 2. Finalidad de las ayudas.
1. La presente orden persigue las siguientes finalidades asociadas a los programas
y subprogramas del PEICTI indicados en el artículo 1:
a) Respecto al Programa Estatal para afrontar las prioridades de nuestro entorno,
las actuaciones reguladas en esta orden pretenden impulsar la internacionalización del
Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI), las sinergias con la
Unión Europea y el alineamiento con sus prioridades, mediante instrumentos que
financian e incentivan la construcción de un Espacio Europeo de Investigación diverso,
inclusivo y sostenible, aspirando a que España tenga un papel de liderazgo en el
despliegue de Horizonte Europa, así como en la colaboración científico-técnica con otros
países.
b) En relación con el Programa Estatal para impulsar la investigación científicotécnica y su transferencia, las actuaciones responden a las finalidades de cada uno de
los cuatro subprogramas de lo integran:
1.ª Fomentar la generación de conocimiento científico y tecnológico de calidad e
impacto a través de la financiación de proyectos de investigación, básica o aplicada,
orientados a los desafíos de nuestra sociedad, así como de proyectos estratégicos
orientados a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), o a otras líneas estratégicas,
dirigidos tanto al sector público como a la colaboración público-privada, favoreciendo la
creación de redes de investigación para promover la complementariedad de capacidades
y optimizar los recursos de investigación existentes.
2.ª Favorecer el desarrollo de resultados científicos para alcanzar niveles
avanzados de madurez tecnológica a través de canales de transferencia entre
investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación empresarial.
3.ª Potenciar el fortalecimiento institucional de las unidades y centros de
investigación de excelencia con el fin de aumentar su visibilidad y liderazgo internacional,
favorecer la captación de recursos y su efecto tractor sobre el conjunto del SECTI.
4.ª Mejorar el equipamiento científico-técnico de las instituciones y de los
proyectos, dotando a los/as investigadores/as de las herramientas necesarias para poder
ser competitivos, tanto a nivel nacional como internacional.
c) En el marco del Programa Estatal para desarrollar, atraer y retener talento se
regulan en esta orden las actuaciones destinadas a la formación de nuevas
generaciones, para que adquieran las competencias necesarias para la investigación y la
innovación en entornos académicos y empresariales, tanto en el ámbito predoctoral
como postdoctoral, incentivando el progreso profesional y su incorporación estable como
personal investigador, tecnólogo y técnico en el ámbito universitario, científico y
empresarial, facilitando su consolidación en instituciones públicas o privadas sin ánimo
de lucro del SECTI.
2. Asimismo, a través de las ayudas financiadas con cargo a los Fondos FEDER y
FSE+, la presente orden pretende reforzar la cohesión económica, social y territorial
apoyando la creación de empleo, la competitividad empresarial, el crecimiento
económico, el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos
en todas las regiones.
cve: BOE-A-2022-17714
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148073
reembolsables que se otorguen al amparo de esta norma, se regirán por la presente
orden, y en lo que no se establezca en la misma, se regirá de forma subsidiaria por las
prescripciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
En tanto que estos instrumentos de financiación son titularidad del Ministerio de
Ciencia e Innovación, su administración por la Agencia Estatal de Investigación, dentro
de las convocatorias respectivas, será ejercida en virtud de las encomiendas de gestión
que se establezcan.
Artículo 2. Finalidad de las ayudas.
1. La presente orden persigue las siguientes finalidades asociadas a los programas
y subprogramas del PEICTI indicados en el artículo 1:
a) Respecto al Programa Estatal para afrontar las prioridades de nuestro entorno,
las actuaciones reguladas en esta orden pretenden impulsar la internacionalización del
Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI), las sinergias con la
Unión Europea y el alineamiento con sus prioridades, mediante instrumentos que
financian e incentivan la construcción de un Espacio Europeo de Investigación diverso,
inclusivo y sostenible, aspirando a que España tenga un papel de liderazgo en el
despliegue de Horizonte Europa, así como en la colaboración científico-técnica con otros
países.
b) En relación con el Programa Estatal para impulsar la investigación científicotécnica y su transferencia, las actuaciones responden a las finalidades de cada uno de
los cuatro subprogramas de lo integran:
1.ª Fomentar la generación de conocimiento científico y tecnológico de calidad e
impacto a través de la financiación de proyectos de investigación, básica o aplicada,
orientados a los desafíos de nuestra sociedad, así como de proyectos estratégicos
orientados a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), o a otras líneas estratégicas,
dirigidos tanto al sector público como a la colaboración público-privada, favoreciendo la
creación de redes de investigación para promover la complementariedad de capacidades
y optimizar los recursos de investigación existentes.
2.ª Favorecer el desarrollo de resultados científicos para alcanzar niveles
avanzados de madurez tecnológica a través de canales de transferencia entre
investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación empresarial.
3.ª Potenciar el fortalecimiento institucional de las unidades y centros de
investigación de excelencia con el fin de aumentar su visibilidad y liderazgo internacional,
favorecer la captación de recursos y su efecto tractor sobre el conjunto del SECTI.
4.ª Mejorar el equipamiento científico-técnico de las instituciones y de los
proyectos, dotando a los/as investigadores/as de las herramientas necesarias para poder
ser competitivos, tanto a nivel nacional como internacional.
c) En el marco del Programa Estatal para desarrollar, atraer y retener talento se
regulan en esta orden las actuaciones destinadas a la formación de nuevas
generaciones, para que adquieran las competencias necesarias para la investigación y la
innovación en entornos académicos y empresariales, tanto en el ámbito predoctoral
como postdoctoral, incentivando el progreso profesional y su incorporación estable como
personal investigador, tecnólogo y técnico en el ámbito universitario, científico y
empresarial, facilitando su consolidación en instituciones públicas o privadas sin ánimo
de lucro del SECTI.
2. Asimismo, a través de las ayudas financiadas con cargo a los Fondos FEDER y
FSE+, la presente orden pretende reforzar la cohesión económica, social y territorial
apoyando la creación de empleo, la competitividad empresarial, el crecimiento
económico, el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos
en todas las regiones.
cve: BOE-A-2022-17714
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 260