III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-17639)
Resolución de 24 de octubre de 2022, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se delegan competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259

Viernes 28 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 147792

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
17639

Resolución de 24 de octubre de 2022, del Instituto Nacional de Estadística,
por la que se delegan competencias.

El artículo 4.2.a) del Estatuto del Organismo Autónomo Instituto Nacional de Estadística
(en adelante, INE), aprobado por Real Decreto 803/2022, de 4 de octubre, atribuye la
representación legal del organismo a la persona titular de la Presidencia del INE.
Asimismo, en los artículos 6, 7, 8, 9, 10 y 11 del mencionado Estatuto del INE se
establecen los órganos directivos y otros órganos a los que se encomiendan funciones
en materia de planificación, dirección y gestión de los recursos, que precisa el organismo
para alcanzar sus fines.
El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público prevé que los órganos de las diferentes Administraciones públicas puedan delegar
el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma
Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos
públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas.
En el ámbito de la Administración General del Estado, la delegación de
competencias deberá ser aprobada previamente por el órgano ministerial de quien
dependa el órgano delegante, y en el caso de los organismos públicos o Entidades
vinculados o dependientes, por el órgano máximo de dirección, de acuerdo con sus
normas de creación.
En consecuencia, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, resuelvo la delegación de las siguientes competencias, en los órganos
que se indican:
Primero. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General de
Planificación Estadística y Procesos.

a) La suscripción de los instrumentos de formalización de las encomiendas de
gestión y los encargos a medios propios, en materias que correspondan a la esfera de
competencia de esta Dirección General, así como la autorización y compromiso de gasto
y los documentos contables correspondientes a esta fase.
b) La suscripción de los contratos administrativos y privados, y de sus prórrogas y
modificaciones, en el ámbito de su competencia, del compromiso de gasto en fase de
formalización y sus correspondientes documentos contables, así como la autorización y
compromiso, cuando se trate de fases mixtas, y de sus correspondientes documentos
contables.
c) La aprobación de las propuestas de adjudicación de los contratos basados en
acuerdos marco de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la
Contratación, del compromiso de gasto en fase de adjudicación, y de sus
correspondientes documentos contables, en materias que correspondan a la esfera de
competencia de esta Dirección General. La autorización y compromiso, cuando se trate
de fases mixtas, y de sus correspondientes documentos contables de los contratos
basados.
d) La adjudicación de los contratos menores, el compromiso del gasto y su
correspondiente documento contable en el ámbito de su competencia.

cve: BOE-A-2022-17639
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1. Se delegan en la persona titular de la Dirección General de Planificación
Estadística y Procesos: