III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-17635)
Orden TED/1021/2022, de 25 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a Oficinas de Transformación Comunitaria para la promoción y dinamización de comunidades energéticas (Programa CE Oficinas), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259

Viernes 28 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 147768

Para formular la solicitud, además de completar el correspondiente formulario con los
datos requeridos, se deberá aportar, a través de la sede electrónica, como mínimo, la
siguiente documentación:
a)

Para personas jurídicas públicas.

Certificado acreditativo de la resolución o acuerdo del órgano de gobierno o de
representación competente de la entidad solicitante en el que, de forma expresa, se
aprueben:
1.º La participación y aceptación expresa del procedimiento regulado por esta
orden.
2.º El plan de trabajo del proyecto objeto de ayuda, conforme al modelo que se
establezca por la convocatoria correspondiente, y el compromiso para dotar
presupuestariamente el mismo (en las anualidades correspondientes, si fuera el caso).
Dicho compromiso podrá condicionarse a la obtención de la resolución de concesión de
ayuda, así como del anticipo o pago a cuenta que sobre la misma pueda concederse. A
estos efectos para el caso de administraciones públicas, se deberá tener en cuenta los
procedimientos y límites previstos en la normativa vigente de estabilidad presupuestaria
y sostenibilidad financiera, dado que el importe de la ayuda se devengará en favor del
beneficiario una vez realice y justifique las actuaciones, sin perjuicio del anticipo o de los
pagos a cuenta previstos.
b)

Para personas jurídicas privadas.

c) En todo caso deberá aportarse copia del NIF del solicitante y, en su caso, de la
persona que le represente. No será necesaria la aportación de copia de DNI si el
interesado presta su consentimiento expreso para que sus datos de identidad personal
puedan ser consultados por el órgano instructor mediante el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad que cada comunidad autónoma y ciudad de Ceuta y Melilla pudiera
tener establecido. No obstante, conforme a lo establecido por el artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, se eximirá a los interesados de la presentación de
documentación que haya sido elaborada por cualquier Administración, o que haya sido
ya aportada anteriormente por los mismos, siempre que el interesado no se oponga a
que la administración actuante pueda consultar o recabar dichos documentos.
Por su parte, la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
reconoce la potestad de verificación de las administraciones públicas, en relación con los
datos personales que obren en su poder, para comprobar la exactitud de los mismos.
En el caso de que la solicitud se presente a través de un representante, el firmante
de la solicitud de la ayuda deberá estar debidamente acreditado en los términos
legalmente establecidos.
d) En todo caso, deberá aportarse declaración responsable, según el modelo que
se establezca en la convocatoria correspondiente, suscrita por el representante de la
persona jurídica solicitante, que deberá contemplar lo siguiente:
1.º Que no se encuentra en ninguna de las situaciones previstas en el artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, haciendo mención
expresa respecto a la inexistencia o fiel cumplimiento de sus obligaciones de reintegro
de otras subvenciones o ayudas, conforme a los términos establecidos en el artículo 21

cve: BOE-A-2022-17635
Verificable en https://www.boe.es

1.º Deberán aportar copia de escrituras de constitución y estatutos actualizados,
convenientemente registrados en el registro público que corresponda, así como poder de
representación del firmante de la proposición.
2.º El plan de trabajo del proyecto objeto de ayuda, conforme al modelo que se
establezca por la convocatoria correspondiente.