III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Seguridad aérea. (BOE-A-2022-17581)
Resolución de 8 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Transportes y Movilidad, por la que se aprueba la actualización de la parte pública del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Jueves 27 de octubre de 2022

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de 1947 (BOE n.º 55 de 5 de marzo de 1947). En su Anexo 17, Seguridad - Protección
de la Aviación Civil internacional, incluye normas y métodos recomendados
internacionales para la prevención de actos de interferencia ilícita.
– Manual de Seguridad para la Protección de la Aviación Civil contra Actos de
Interferencia Ilícita. Doc. 8973 de la OACI (Material de guía para la aplicación del
Anexo 17).
– Convenio de Tokio, sobre infracciones y ciertos actos cometidos a bordo de las
aeronaves (14/09/1963). Ratificado por España el 1/10/69 (BOE 308 de 25 de octubre).
– Protocolo firmado en Buenos Aires (24/09/1968), relativo al Texto Auténtico
Trilingüe del Convenio sobre Aviación Civil Internacional. Ratificado por España
el 24/09/1968 (BOE n.º 311 de 29 de diciembre 1969).
– Convenio de la Haya para la represión del apoderamiento ilícito de aeronaves
(16/12/1970). Ratificado por España el 6/10/1972 (BOE n.º 13 de 15 de enero 1973).
– Convenio de Montreal para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la
Aviación Civil (23/09/1971). Ratificado por España el 30/10/1972 (BOE n.º 9 de 10
enero 1974).
– Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos de Violencia en los Aeropuertos que
presten servicio a la Aviación Civil, complementario del Convenio de Montreal firmado
el 24 de febrero de 1988, ratificado por España el 8/04/1991 (BOE de 15 de noviembre
de 1991) y rectificado en BOE de fecha 5 de abril de 1992.
– Convenio sobre la marcación de explosivos plásticos para los fines de detección
(Montreal 01/03/1991). Ratificado por España el 05/04/1993 (BOE n.º 288 de 2
diciembre 1998).
3.3

Legislación nacional.

Existe un gran número de disposiciones normativas que establecen el marco de
aplicación del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil, siendo las más
significativas las siguientes:
Leyes.

– Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.
– Ley 209/1964, de 24 de diciembre, Penal y Procesal de la Navegación Aérea (BOE
n.º 311, de 28 de diciembre), derogada parcialmente por la Ley Orgánica 1/1986 de 8 de
enero, por la que se suprime la jurisdicción penal aeronáutica y se adecuan las penas
por infracciones aeronáuticas.
– Ley Real Decreto-Ley 12/1978, de 27 de abril, sobre fijación y delimitación de
facultades en materia de aviación entre los Ministerios de Defensa y de Transporte,
Turismo y Comunicaciones (BOE n.º 101, de 28 de abril).
– Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
– Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990
(BOE de 30 de junio) artículo 82 de creación del Ente Público Aeropuertos Españoles y
Navegación Aérea (AENA).
– Ley 13/1996, de 30 de diciembre (art. 42), de Medidas Fiscales, Administrativas y
del Orden Social (BOE de 31 de diciembre de 1996) por el que se crea la «Tasa de
Seguridad Aeroportuaria».
– Ley 21/2003, de 7 de julio, de seguridad aérea.
– Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de
las infraestructuras críticas.
– Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2022-17581
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3.3.1