III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-17574)
Resolución de 27 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de La Seu d'Urgell, por la que se deniega la cancelación de la nota marginal puesta al margen de expedición de certificación de dominio y cargas de la hipoteca que estaba en ejecución y de las sucesivas inscripciones, cancelaciones y anotaciones practicadas como consecuencia de la ejecución hipotecaria terminada, y que han sido ordenadas por mandamiento judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 146818
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
17574
Resolución de 27 de septiembre de 2022, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación de la registradora de la propiedad de La Seu d'Urgell, por la que
se deniega la cancelación de la nota marginal puesta al margen de
expedición de certificación de dominio y cargas de la hipoteca que estaba en
ejecución y de las sucesivas inscripciones, cancelaciones y anotaciones
practicadas como consecuencia de la ejecución hipotecaria terminada, y que
han sido ordenadas por mandamiento judicial.
En el recurso interpuesto por don C. L. S. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de La Seu d’Urgell, doña María Cruz Borlado Palomino,
por la que se deniega la cancelación de la nota marginal puesta al margen de expedición
de certificación de dominio y cargas de la hipoteca que estaba en ejecución y de las
sucesivas inscripciones, cancelaciones y anotaciones practicadas como consecuencia
de la ejecución hipotecaria terminada, y que han sido ordenadas por mandamiento
judicial.
Hechos
I
En virtud de sendos mandamientos, expedidos los días 15 de noviembre de 2021
y 5 de enero de 2022, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de
La Seu d’Urgell en el que se seguía el procedimiento de ejecución hipotecaria
número 427/2009, en cumplimiento de lo acordado en auto de fecha 3 de octubre
de 2019, dictado de la Audiencia Provincial de Lleida, Sección Segunda, se ordenaba la
cancelación de la nota marginal puesta al margen de la hipoteca que estaba en
ejecución respecto de la finca registral número 6.818 de Bellver de Cerdanya, y de las
sucesivas anotaciones practicadas como consecuencia de la ejecución hipotecaria.
El citado auto se había dictado en recurso de apelación contra la desestimación por
el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de La Seu d’Urgell de un recurso
extraordinario de oposición por abusividad por razón de haberse ya planteado y resuelto
otro recurso extraordinario de oposición de los recogidos en la disposición transitoria
cuarta de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los
deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
Concurre en el presente supuesto que, en el momento del auto de la Audiencia
Provincial, todavía no se había dado posesión material de la finca al adjudicatario y que
fueron parte en el incidente procesal «Caixabank, S.A.» y «Buildingcenter, S.A.U.».
Presentados los indicados mandamientos en el Registro de la Propiedad de La Seu
d’Urgell, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación del Mandamiento, expedido el 15 de noviembre de 2021 y el 5
de enero de 2022, por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de La Seu d’Urgell, en
el que se siguen autos Procedimiento de Ejecución Hipotecaria número 427/2009-F, que
ha sido presentado en este Registro el día 21 de abril de 2022, causando el asiento 213
del Diario 106;
cve: BOE-A-2022-17574
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 146818
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
17574
Resolución de 27 de septiembre de 2022, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación de la registradora de la propiedad de La Seu d'Urgell, por la que
se deniega la cancelación de la nota marginal puesta al margen de
expedición de certificación de dominio y cargas de la hipoteca que estaba en
ejecución y de las sucesivas inscripciones, cancelaciones y anotaciones
practicadas como consecuencia de la ejecución hipotecaria terminada, y que
han sido ordenadas por mandamiento judicial.
En el recurso interpuesto por don C. L. S. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de La Seu d’Urgell, doña María Cruz Borlado Palomino,
por la que se deniega la cancelación de la nota marginal puesta al margen de expedición
de certificación de dominio y cargas de la hipoteca que estaba en ejecución y de las
sucesivas inscripciones, cancelaciones y anotaciones practicadas como consecuencia
de la ejecución hipotecaria terminada, y que han sido ordenadas por mandamiento
judicial.
Hechos
I
En virtud de sendos mandamientos, expedidos los días 15 de noviembre de 2021
y 5 de enero de 2022, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de
La Seu d’Urgell en el que se seguía el procedimiento de ejecución hipotecaria
número 427/2009, en cumplimiento de lo acordado en auto de fecha 3 de octubre
de 2019, dictado de la Audiencia Provincial de Lleida, Sección Segunda, se ordenaba la
cancelación de la nota marginal puesta al margen de la hipoteca que estaba en
ejecución respecto de la finca registral número 6.818 de Bellver de Cerdanya, y de las
sucesivas anotaciones practicadas como consecuencia de la ejecución hipotecaria.
El citado auto se había dictado en recurso de apelación contra la desestimación por
el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de La Seu d’Urgell de un recurso
extraordinario de oposición por abusividad por razón de haberse ya planteado y resuelto
otro recurso extraordinario de oposición de los recogidos en la disposición transitoria
cuarta de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los
deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
Concurre en el presente supuesto que, en el momento del auto de la Audiencia
Provincial, todavía no se había dado posesión material de la finca al adjudicatario y que
fueron parte en el incidente procesal «Caixabank, S.A.» y «Buildingcenter, S.A.U.».
Presentados los indicados mandamientos en el Registro de la Propiedad de La Seu
d’Urgell, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación del Mandamiento, expedido el 15 de noviembre de 2021 y el 5
de enero de 2022, por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de La Seu d’Urgell, en
el que se siguen autos Procedimiento de Ejecución Hipotecaria número 427/2009-F, que
ha sido presentado en este Registro el día 21 de abril de 2022, causando el asiento 213
del Diario 106;
cve: BOE-A-2022-17574
Verificable en https://www.boe.es
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