III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-17571)
Resolución de 27 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Málaga n.º 11 a inscribir una escritura de compraventa por no contenerse la manifestación relativa a la realización de actividades potencialmente contaminantes del suelo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Jueves 27 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 146794

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
17571

Resolución de 27 de septiembre de 2022, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Málaga n.º 11 a inscribir una escritura de
compraventa por no contenerse la manifestación relativa a la realización de
actividades potencialmente contaminantes del suelo.

En el recurso interpuesto por don Antonio Chaves Rivas, notario de Málaga, contra la
negativa del registrador de la Propiedad de Málaga número 11, don José Torres García,
a inscribir una escritura de compraventa por no contenerse la manifestación relativa a la
realización de actividades potencialmente contaminantes del suelo.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 20 de abril de 2022 por el notario de Málaga, don
Antonio Chaves Rivas, con el número 475 de protocolo, se formalizaba la compraventa de
una vivienda ubicada en la planta baja de un edificio dividido horizontalmente.
II
Presentada la indicada escritura en el Registro de la Propiedad de Málaga
número 11, fue objeto la siguiente nota de calificación:
«Visto por José Torres García, Registrador del Registro de la Propiedad número Once
de Málaga, el procedimiento registral identificado con el número de entrada 2413/2022,
iniciado como consecuencia de presentación en el mismo Registro, de los documentos que
obran en dicho procedimiento, en virtud de solicitud de inscripción.
En el ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad de los documentos
presentados, obrantes en el procedimiento de referencia, resultan los siguientes:

Primero. En el documento objeto de la presente calificación, escritura otorgada en
Málaga, ante su Notario Don Antonio Chaves Rivas, el veinte de abril de dos mil
veintidós, protocolo 475/2022, fue presentada por la Notaría a las 09:00 horas del día
veintiuno de abril de dos mil veintidós, según el asiento número 2134 del Diario de
Presentación número 96; habiéndose aportado la liquidación del Impuesto y
comunicación de Plusvalía, el día trece de mayo siguiente.
Segundo. En dicho documento se ha observado la siguiente circunstancia que ha
sido objeto de calificación desfavorable: No se hace constar en el título calificado la
declaración por parte del titular registral sobre si se ha realizado o no en la finca alguna
actividad potencialmente contaminante del suelo.
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes
Fundamentos de Derecho:
I. Los documentos de todas clases, susceptibles de inscripción, se hallan sujetos a
calificación por el Registrador, quien, bajo su responsabilidad, ha de resolver acerca de
la legalidad de sus formas extrínsecas, la capacidad de los otorgantes y la validez de los

cve: BOE-A-2022-17571
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Hechos: