III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-17568)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Don Benito a expedir publicidad relativa al precio y condiciones de una transacción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Jueves 27 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 146773

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
17568

Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Don Benito a expedir publicidad relativa al
precio y condiciones de una transacción.

En el recurso interpuesto por don J. M. S. S. contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Don Benito, don José Luis Azuara Muslera, a expedir publicidad relativa al
precio y condiciones de una transacción.
Hechos
I
En virtud de instancia, de fecha 11 de junio de 2022, suscrita por son don J. M. S. S.,
al haber recibido la comunicación de haberse practicado una inscripción en su calidad de
colindante, solicitaba que se le informase del precio y condiciones de pago de la
transacción que le había sido notificada.
II
Presentada la citada solicitud en el Registro de la Propiedad de Bon Benito, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Fecha Documento: 11/06/2022
Entrada: 3500/2022
Fecha de presentación: 14/06/2022 Hora: 10:20:59
Presentado este documento, instancia suscrita por don J. M. S. S. en Madrid el 11
junio 2022, en esta oficina por correos se le comunica la calificación desfavorable del
mismo en los siguientes términos:
Hechos
1.º Que dicho Sr. S. S. manifiesta que se le ha sido notificado por esta oficina,
como colindante, de la inscripción de la finca registral 26443 término Guareña, código
registral único 06005000992335, en virtud de escritura otorgada el 6 mayo 2022 en
Guareña ante su Notario doña Viena María Jiménez Salmerón, núm. 381/2022 protocolo.
2.º Que en su condición de propietario de finca colindante solicita se le informe del
precio de venta y condiciones de pago de la transacción que motivó dicha inscripción,
para en su caso, poder ejercitar el derecho de retracto legal previsto en los art 1521 y ss
Código Civil.

1.º Que de esta oficina aparece que en virtud de dicho título, aportación a la
sociedad de gananciales, se ha practicado la inmatriculación de una participación de una
sexta parte indivisa de la expresada finca conforme al artículo 205 Ley Hipotecaria se
han practicado las notificaciones previstas en el mismo.
Art 205 Ley Hipotecaria “En caso de calificación positiva por el Registrador, éste
procederá a extender la inscripción del derecho de dominio, notificará la inmatriculación
realizada, en la forma prevenida reglamentariamente, al poseedor de hecho, a los
titulares de cargas, derechos o acciones que puedan gravar la finca y fueran conocidos,

cve: BOE-A-2022-17568
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Fundamentos de derecho: