I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-17523)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 146490
incluir en el convenio una disposición similar a la contenida en el artículo 17.1, siempre
que las jurisdicciones contratantes puedan llegar a un acuerdo mutuo sobre dicha
disposición y sobre el artículo 16.5.c).ii).
Artículo 35.
Fecha de efecto.
Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 35.3 del Convenio, exclusivamente a los
efectos de la aplicación del artículo 35.1.b) y 35.5.b), la República de Senegal elige
sustituir la expresión «ejercicios que comiencen a partir de la conclusión de un plazo»
por «ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero del año que comience a partir de la
conclusión de un plazo».
Reserva.
En virtud del artículo 35.6 del Convenio, la República de Senegal se reserva el
derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 35.4 a sus convenios fiscales
comprendidos.
CHINA.
25-05-2022 APROBACIÓN.
01-09-2022 ENTRADA EN VIGOR, con las siguientes reservas y declaraciones:
RESERVAS Y DECLARACIONES:
Artículo 2. Interpretación de los términos.
Notificación de los convenios comprendidos en el Convenio Multilateral.
N.º
Título
Otra jurisdicción
contratante
Instrumento
original/por el
que se modifica
Fecha de la
firma
Fecha de
entrada en
vigor
Original.
6.9.1983
26.6.1984
Original.
30.4.1984
21.11.1986
Instrumento
por el que se
modifica a).
10.5.1986
21.11.1986
Original.
26.11.2013
28.12.2014
Original.
27.6.2011
13.12.2013
1
Convenio entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno de
Japón para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia Japón.
de impuestos sobre la renta.
2
Convenio entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno de
los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir la Estados Unidos.
evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta.
3
Convenio entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno de
la República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión Francia.
fiscal en materia de impuestos sobre la renta.
4
Convenio entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno
del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble
imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la
renta y las ganancias de capital.
Reino Unido.
Instrumento
por el que se
modifica a).
27.2.2013
13.12.2013
5
Convenio entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno
del Reino de Bélgica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión
fiscal en materia de impuestos sobre la renta.
Bélgica.
Original.
7.10.2009
29.12.2013
cve: BOE-A-2022-17523
Verificable en https://www.boe.es
A efectos de lo dispuesto en el artículo 2.1.a).ii) del Convenio, la República Popular
China desea que los siguientes convenios queden comprendidos en el Convenio:
Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 146490
incluir en el convenio una disposición similar a la contenida en el artículo 17.1, siempre
que las jurisdicciones contratantes puedan llegar a un acuerdo mutuo sobre dicha
disposición y sobre el artículo 16.5.c).ii).
Artículo 35.
Fecha de efecto.
Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 35.3 del Convenio, exclusivamente a los
efectos de la aplicación del artículo 35.1.b) y 35.5.b), la República de Senegal elige
sustituir la expresión «ejercicios que comiencen a partir de la conclusión de un plazo»
por «ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero del año que comience a partir de la
conclusión de un plazo».
Reserva.
En virtud del artículo 35.6 del Convenio, la República de Senegal se reserva el
derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 35.4 a sus convenios fiscales
comprendidos.
CHINA.
25-05-2022 APROBACIÓN.
01-09-2022 ENTRADA EN VIGOR, con las siguientes reservas y declaraciones:
RESERVAS Y DECLARACIONES:
Artículo 2. Interpretación de los términos.
Notificación de los convenios comprendidos en el Convenio Multilateral.
N.º
Título
Otra jurisdicción
contratante
Instrumento
original/por el
que se modifica
Fecha de la
firma
Fecha de
entrada en
vigor
Original.
6.9.1983
26.6.1984
Original.
30.4.1984
21.11.1986
Instrumento
por el que se
modifica a).
10.5.1986
21.11.1986
Original.
26.11.2013
28.12.2014
Original.
27.6.2011
13.12.2013
1
Convenio entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno de
Japón para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia Japón.
de impuestos sobre la renta.
2
Convenio entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno de
los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir la Estados Unidos.
evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta.
3
Convenio entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno de
la República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión Francia.
fiscal en materia de impuestos sobre la renta.
4
Convenio entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno
del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble
imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la
renta y las ganancias de capital.
Reino Unido.
Instrumento
por el que se
modifica a).
27.2.2013
13.12.2013
5
Convenio entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno
del Reino de Bélgica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión
fiscal en materia de impuestos sobre la renta.
Bélgica.
Original.
7.10.2009
29.12.2013
cve: BOE-A-2022-17523
Verificable en https://www.boe.es
A efectos de lo dispuesto en el artículo 2.1.a).ii) del Convenio, la República Popular
China desea que los siguientes convenios queden comprendidos en el Convenio: