III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2022-17585)
Orden CUD/1017/2022, de 19 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo Superior de Deportes a clubes y sociedades anónimas deportivas independientes participantes de la Liga Profesional de Fútbol Femenino para la profesionalización de sus estructuras de administración y organización, con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 146998
las instalaciones deportivas; el desarrollo de infraestructuras que permitan un mejor
acceso a la actividad física saludable en zonas en riesgo de despoblación; el fomento de
hábitos saludables a través del deporte y la actividad física, mejorando la salud de
nuestros ciudadanos y el desarrollo de sectores específicos que promuevan la igualdad y
la inclusión en el deporte. Es precisamente en el pilar de promoción de la igualdad en el
deporte donde se circunscriben las medidas proyectadas en la presente disposición,
orientada a facilitar la consecución de las estructuras administrativas y de organización
en los clubes y SAD necesarias derivadas de la profesionalización de la primera división
femenina de fútbol.
Las ayudas previstas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
financiadas con cargo a los Fondos #NextGenerationEU, han sido incluidas en el Plan
Estratégico de Subvenciones 2021-2023, Parte Segunda, del Ministerio de Cultura y
Deporte, aprobado en octubre de 2021. El Plan Estratégico de Subvenciones contempla
en su línea estratégica 7 el incremento de la igualdad en el ámbito deportivo, el objetivo
de promover la igualdad en el ámbito deportivo mediante ayudas a clubes de la liga
nacional de fútbol femenino profesional para mejoras estructurales a través de la
adaptación de las instalaciones deportivas de esos clubes.
Las medidas proyectadas en esta orden de bases son un elemento prioritario para la
consecución de la igualdad en el deporte y se circunscriben en el pilar de promoción de
la igualdad en el deporte, partiendo de la profesionalización de la máxima categoría
femenina de fútbol, como motor indispensable de la consecución de estructuras
profesionales para las mujeres en el deporte.
Del mismo modo, estas ayudas contribuyen a la consecución del objetivo e hito n.º
375 del citado componente 26: Completion of actions under the Social Plan for Sport,
including renovation of at least 40 sport facilities and actions to promote the presence of
women in professional sports (training programs, marketing campaigns, and studies).
Interventions on energy efficiency shall achieve on average at least a 30 % primary
energy demand reduction. The list of facilities shall be made public.
La Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes ha otorgado la calificación
de liga profesional a la competición de la máxima categoría femenina de fútbol, con
fecha 15 de junio de 2021. Dicha calificación permitirá la creación de la Liga Nacional
Femenina de Fútbol Profesional, LNFFP, como asociación que se integra exclusiva y
obligatoriamente por todos los Clubes y Sociedades Anónimas Deportivas que participan
en la competición de la máxima categoría femenina de fútbol, y se ha constituido al
amparo de lo previsto en los artículos 12 y 41 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del
Deporte.
La calificación de la competición como profesional, exige la puesta en marcha de un
conjunto de medidas que garanticen la calidad y sostenibilidad de la competición, con
plenas garantías a las condiciones de igualdad que han de conseguirse tras la
consolidación de las estructuras profesionales. En este sentido, determinados clubes o
SAD (incluidos en esta nueva LPFF) no cuentan con estructuras administrativas y de
organización profesional adecuadas para una competición de liga profesional, dado que
no cuentan con el soporte de dichas estructuras ya profesionalizadas de los equipos
masculinos de la misma entidad que sí compiten en ligas profesionales. Esta ausencia
de estructuras profesionales ya existentes en equipos que compiten en ligas
profesionales justifica la ayuda a la profesionalización de dichas estructuras y redunda
en la mejora de las condiciones tanto de las jugadoras como de la competición femenina
profesional de fútbol.
Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y su normativa de desarrollo, en particular la
Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no
causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación,
cve: BOE-A-2022-17585
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 146998
las instalaciones deportivas; el desarrollo de infraestructuras que permitan un mejor
acceso a la actividad física saludable en zonas en riesgo de despoblación; el fomento de
hábitos saludables a través del deporte y la actividad física, mejorando la salud de
nuestros ciudadanos y el desarrollo de sectores específicos que promuevan la igualdad y
la inclusión en el deporte. Es precisamente en el pilar de promoción de la igualdad en el
deporte donde se circunscriben las medidas proyectadas en la presente disposición,
orientada a facilitar la consecución de las estructuras administrativas y de organización
en los clubes y SAD necesarias derivadas de la profesionalización de la primera división
femenina de fútbol.
Las ayudas previstas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
financiadas con cargo a los Fondos #NextGenerationEU, han sido incluidas en el Plan
Estratégico de Subvenciones 2021-2023, Parte Segunda, del Ministerio de Cultura y
Deporte, aprobado en octubre de 2021. El Plan Estratégico de Subvenciones contempla
en su línea estratégica 7 el incremento de la igualdad en el ámbito deportivo, el objetivo
de promover la igualdad en el ámbito deportivo mediante ayudas a clubes de la liga
nacional de fútbol femenino profesional para mejoras estructurales a través de la
adaptación de las instalaciones deportivas de esos clubes.
Las medidas proyectadas en esta orden de bases son un elemento prioritario para la
consecución de la igualdad en el deporte y se circunscriben en el pilar de promoción de
la igualdad en el deporte, partiendo de la profesionalización de la máxima categoría
femenina de fútbol, como motor indispensable de la consecución de estructuras
profesionales para las mujeres en el deporte.
Del mismo modo, estas ayudas contribuyen a la consecución del objetivo e hito n.º
375 del citado componente 26: Completion of actions under the Social Plan for Sport,
including renovation of at least 40 sport facilities and actions to promote the presence of
women in professional sports (training programs, marketing campaigns, and studies).
Interventions on energy efficiency shall achieve on average at least a 30 % primary
energy demand reduction. The list of facilities shall be made public.
La Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes ha otorgado la calificación
de liga profesional a la competición de la máxima categoría femenina de fútbol, con
fecha 15 de junio de 2021. Dicha calificación permitirá la creación de la Liga Nacional
Femenina de Fútbol Profesional, LNFFP, como asociación que se integra exclusiva y
obligatoriamente por todos los Clubes y Sociedades Anónimas Deportivas que participan
en la competición de la máxima categoría femenina de fútbol, y se ha constituido al
amparo de lo previsto en los artículos 12 y 41 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del
Deporte.
La calificación de la competición como profesional, exige la puesta en marcha de un
conjunto de medidas que garanticen la calidad y sostenibilidad de la competición, con
plenas garantías a las condiciones de igualdad que han de conseguirse tras la
consolidación de las estructuras profesionales. En este sentido, determinados clubes o
SAD (incluidos en esta nueva LPFF) no cuentan con estructuras administrativas y de
organización profesional adecuadas para una competición de liga profesional, dado que
no cuentan con el soporte de dichas estructuras ya profesionalizadas de los equipos
masculinos de la misma entidad que sí compiten en ligas profesionales. Esta ausencia
de estructuras profesionales ya existentes en equipos que compiten en ligas
profesionales justifica la ayuda a la profesionalización de dichas estructuras y redunda
en la mejora de las condiciones tanto de las jugadoras como de la competición femenina
profesional de fútbol.
Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y su normativa de desarrollo, en particular la
Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no
causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación,
cve: BOE-A-2022-17585
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 258