III. Otras disposiciones. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-17593)
Acuerdo 182/2022, de 13 de octubre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara "La Mojonera de Brañosera y el Valle de los Redondos (San Juan de Redondo y Santa María de Redondo)" (Palencia), bien de interés cultural de carácter inmaterial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 147070
cve: BOE-A-2022-17593
Verificable en https://www.boe.es
Objeto de la declaración: Atendiendo a su carácter inmaterial o intangible, se define
como objeto de la declaración el conjunto de atributos que constituyen la esencia de
«Correr la Mojonera», que garantizan su pervivencia y el papel activo de la sociedad y
constituyen un referente identitario de las poblaciones que lo ha impulsado.
Elementos materiales asociados a la manifestación: Entre los elementos materiales
asociados a esta manifestación cultural, se encuentra en primer lugar el propio recorrido
físico por Covarrés y Sel de la Fuente y los 28 mojones que lo delimitan, piedras
labradas, hitos en el paisaje, que durante transcurso del recorrido van siendo limpiados
de maleza e identificados.
Por otro lado, reforzando el carácter jurídico del acto, destaca la firma del documento
físico que atestigua la posición de los mojones y la renovación del acuerdo, la llamada
«Escritura de correr la Mojonera» que se realiza en presencia de notario, lo que dota al
documento de validez jurídica y al acto de una trascendencia significativa a pesar del
carácter lúdico de la celebración.
Finalmente, las copas de plata utilizadas en el brindis sirven en cada edición de la
fiesta al mismo propósito, reforzando el carácter ceremonial de la celebración. Estas
copas pertenecen a los ajuares de los concejos participantes y presentan un diseño
diferente, las de los Redondos son copas más bajas y las de Brañosera presentan una
boca muy ancha como copones litúrgicos medievales. Están hechas de modo que se
pueda beber por dos lados; antiguamente los hombres solían beber por la cara superior
y las mujeres por la cara inferior o culo.
En la celebración de este evento tienen lugar ceremonias y rituales vinculados a la
naturaleza, a la prosperidad de las familias y a la protección de los recursos básicos para
la vida.
La fiesta es una valiosa celebración de la convivencia, un acto de refrendo de un
acuerdo que permitió la concordia y resolvió un conflicto sobre un recurso sensible, de
supervivencia, del que dependía el bienestar de ambos pueblos. Destaca la capacidad
de resolución de los vecinos para convertir un conflicto sobre un recurso de
supervivencia del que dependía el bienestar de ambos pueblos y que duró varios siglos,
en un pacto para la convivencia rememorado en una celebración festiva cada nueve
años.
La viabilidad de esta práctica tradicional queda garantiza por la propia comunidad
que participa de forma activa en la fiesta cada nueve años con la implicación de todas
las partes, concejos, ayuntamiento y asociaciones culturales, en el mantenimiento de la
tradición mediante el soporte material y organizativo que se presta al acto.
Respetando los procesos de cambio que, como patrimonio vivo y sin pervertir su
esencia, decida la comunidad depositaria de esta tradición y auténtica protagonista de
esta manifestación cultural, la administración competente en materia de patrimonio
velará por su normal desarrollo, tutelando la pervivencia y salvaguarda de los valores
que han determinado su declaración como bien de interés cultural.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 147070
cve: BOE-A-2022-17593
Verificable en https://www.boe.es
Objeto de la declaración: Atendiendo a su carácter inmaterial o intangible, se define
como objeto de la declaración el conjunto de atributos que constituyen la esencia de
«Correr la Mojonera», que garantizan su pervivencia y el papel activo de la sociedad y
constituyen un referente identitario de las poblaciones que lo ha impulsado.
Elementos materiales asociados a la manifestación: Entre los elementos materiales
asociados a esta manifestación cultural, se encuentra en primer lugar el propio recorrido
físico por Covarrés y Sel de la Fuente y los 28 mojones que lo delimitan, piedras
labradas, hitos en el paisaje, que durante transcurso del recorrido van siendo limpiados
de maleza e identificados.
Por otro lado, reforzando el carácter jurídico del acto, destaca la firma del documento
físico que atestigua la posición de los mojones y la renovación del acuerdo, la llamada
«Escritura de correr la Mojonera» que se realiza en presencia de notario, lo que dota al
documento de validez jurídica y al acto de una trascendencia significativa a pesar del
carácter lúdico de la celebración.
Finalmente, las copas de plata utilizadas en el brindis sirven en cada edición de la
fiesta al mismo propósito, reforzando el carácter ceremonial de la celebración. Estas
copas pertenecen a los ajuares de los concejos participantes y presentan un diseño
diferente, las de los Redondos son copas más bajas y las de Brañosera presentan una
boca muy ancha como copones litúrgicos medievales. Están hechas de modo que se
pueda beber por dos lados; antiguamente los hombres solían beber por la cara superior
y las mujeres por la cara inferior o culo.
En la celebración de este evento tienen lugar ceremonias y rituales vinculados a la
naturaleza, a la prosperidad de las familias y a la protección de los recursos básicos para
la vida.
La fiesta es una valiosa celebración de la convivencia, un acto de refrendo de un
acuerdo que permitió la concordia y resolvió un conflicto sobre un recurso sensible, de
supervivencia, del que dependía el bienestar de ambos pueblos. Destaca la capacidad
de resolución de los vecinos para convertir un conflicto sobre un recurso de
supervivencia del que dependía el bienestar de ambos pueblos y que duró varios siglos,
en un pacto para la convivencia rememorado en una celebración festiva cada nueve
años.
La viabilidad de esta práctica tradicional queda garantiza por la propia comunidad
que participa de forma activa en la fiesta cada nueve años con la implicación de todas
las partes, concejos, ayuntamiento y asociaciones culturales, en el mantenimiento de la
tradición mediante el soporte material y organizativo que se presta al acto.
Respetando los procesos de cambio que, como patrimonio vivo y sin pervertir su
esencia, decida la comunidad depositaria de esta tradición y auténtica protagonista de
esta manifestación cultural, la administración competente en materia de patrimonio
velará por su normal desarrollo, tutelando la pervivencia y salvaguarda de los valores
que han determinado su declaración como bien de interés cultural.
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