I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2022-17477)
Real Decreto 908/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte y por el que se modifican el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, aprobado por el Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, y el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, aprobado por el Real Decreto 375/2001, de 6 de abril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 146042
ESTATUTO DE LA AGENCIA ESTATAL COMISIÓN ESPAÑOLA PARA LA LUCHA
ANTIDOPAJE EN EL DEPORTE
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Naturaleza y objeto.
1. La Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte
(en adelante, CELAD) es una entidad de derecho público, de las previstas en el
artículo 108 bis. de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y regulada en la sección 4.ª del título II, capítulo III, de la citada Ley 40/2015,
de 1 de octubre. La Agencia tiene personalidad jurídica pública, patrimonio y tesorería
propios y autonomía de gestión y funcional, dentro de los límites establecidos por la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
2. La CELAD es el organismo público a través del cual se elaboran y ejecutan las
políticas de lucha contra el dopaje en el deporte, correspondiéndole la planificación, la
realización de controles, y la tramitación y resolución de los expedientes sancionadores,
con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, de lucha
contra el dopaje en el deporte.
Artículo 2.
Régimen jurídico.
1. La Agencia se rige por la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, y su
normativa de desarrollo, por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por el presente Estatuto,
por el resto de las normas de derecho administrativo general y especial que le sean de
aplicación. Asimismo, quedará sujeta a la normativa específica en materia de control del
dopaje dictada por la Agencia Mundial Antidopaje, cuando sea de aplicación.
Artículo 3.
Potestades administrativas y relaciones con otras administraciones.
1. Corresponde a la CELAD, dentro de las competencias que tiene atribuidas, el
ejercicio de las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines y
funciones, en los términos establecidos en el presente Estatuto y de acuerdo con la
legislación aplicable.
2. Las relaciones de la CELAD con los órganos de la Administración General del
Estado y de las restantes administraciones públicas a las que dé lugar el ejercicio de las
funciones previstas en el artículo 7, serán objeto de ejercicio por la Dirección de la
Agencia, pudiendo delegar su ejercicio en el personal directivo.
Adscripción y sede.
1. La CELAD está adscrita al Ministerio de Cultura y Deporte a través del Consejo
Superior de Deportes.
Corresponden a dicho Ministerio la dirección estratégica, evaluación y control de
resultados de la actividad de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha
Antidopaje en el Deporte. Dichas funciones se ejercerán mediante el seguimiento y
control del contrato de gestión, a cuyo efecto establecerá los procedimientos de
coordinación necesarios para el correcto ejercicio de las competencias y
responsabilidades derivadas de la adscripción de la Agencia al Ministerio de Cultura y
Deporte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
2. La CELAD tiene su sede en Madrid.
cve: BOE-A-2022-17477
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 4.
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 146042
ESTATUTO DE LA AGENCIA ESTATAL COMISIÓN ESPAÑOLA PARA LA LUCHA
ANTIDOPAJE EN EL DEPORTE
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Naturaleza y objeto.
1. La Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte
(en adelante, CELAD) es una entidad de derecho público, de las previstas en el
artículo 108 bis. de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y regulada en la sección 4.ª del título II, capítulo III, de la citada Ley 40/2015,
de 1 de octubre. La Agencia tiene personalidad jurídica pública, patrimonio y tesorería
propios y autonomía de gestión y funcional, dentro de los límites establecidos por la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
2. La CELAD es el organismo público a través del cual se elaboran y ejecutan las
políticas de lucha contra el dopaje en el deporte, correspondiéndole la planificación, la
realización de controles, y la tramitación y resolución de los expedientes sancionadores,
con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, de lucha
contra el dopaje en el deporte.
Artículo 2.
Régimen jurídico.
1. La Agencia se rige por la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, y su
normativa de desarrollo, por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por el presente Estatuto,
por el resto de las normas de derecho administrativo general y especial que le sean de
aplicación. Asimismo, quedará sujeta a la normativa específica en materia de control del
dopaje dictada por la Agencia Mundial Antidopaje, cuando sea de aplicación.
Artículo 3.
Potestades administrativas y relaciones con otras administraciones.
1. Corresponde a la CELAD, dentro de las competencias que tiene atribuidas, el
ejercicio de las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines y
funciones, en los términos establecidos en el presente Estatuto y de acuerdo con la
legislación aplicable.
2. Las relaciones de la CELAD con los órganos de la Administración General del
Estado y de las restantes administraciones públicas a las que dé lugar el ejercicio de las
funciones previstas en el artículo 7, serán objeto de ejercicio por la Dirección de la
Agencia, pudiendo delegar su ejercicio en el personal directivo.
Adscripción y sede.
1. La CELAD está adscrita al Ministerio de Cultura y Deporte a través del Consejo
Superior de Deportes.
Corresponden a dicho Ministerio la dirección estratégica, evaluación y control de
resultados de la actividad de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha
Antidopaje en el Deporte. Dichas funciones se ejercerán mediante el seguimiento y
control del contrato de gestión, a cuyo efecto establecerá los procedimientos de
coordinación necesarios para el correcto ejercicio de las competencias y
responsabilidades derivadas de la adscripción de la Agencia al Ministerio de Cultura y
Deporte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
2. La CELAD tiene su sede en Madrid.
cve: BOE-A-2022-17477
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 4.