I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sector vitivinícola. (BOE-A-2022-17475)
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 145900
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención
Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola
Común.
El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los
planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la Política
Agrícola Común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º
1307/2013, contempla en su artículo 57 y siguientes los tipos de intervenciones a realizar
en el sector vitivinícola y la ayuda financiera de la Unión para esta intervención.
Este nuevo Reglamento supone un cambio sustancial en la PAC, que pasa a ser una
política orientada a la consecución de resultados concretos, vinculados a los tres
objetivos generales del artículo 5 del Reglamento, esto es, fomentar un sector agrícola
inteligente, competitivo, resiliente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria a
largo plazo; apoyar y reforzar la protección del medio ambiente, incluida la biodiversidad,
y la acción por el clima y contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y
climáticos de la Unión, entre ellos los compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de
París y fortalecer el tejido socioeconómico de las zonas rurales. Esta nueva orientación
se articula sobre una mayor subsidiariedad a los Estados miembros, que deberán ser
quienes sobre la base de la situación y necesidades específicas los que deberán diseñar
sus propias intervenciones. Con este nuevo enfoque, España, tras un análisis riguroso
de la situación de partida, que ha permitido identificar y priorizar las necesidades
vinculadas a cada uno de estos objetivos, cuenta con un Plan Estratégico Nacional de la
Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, que tiene como objetivo
el desarrollo sostenible de la agricultura, la alimentación y las zonas rurales para
garantizar la seguridad alimentaria de la sociedad a través de un sector competitivo y un
medio rural vivo, el cual ha sido aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto
de 2022.
Asimismo, cabe destacar que el citado Reglamento establece en su artículo 43 que
la intervención en el sector vitivinícola es obligatoria para todos los Estados miembros
incluidos en su anexo VII, en el que está incluida España.
Deben tenerse en cuenta, asimismo, el Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la
Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE)
2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a los requisitos
adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados
miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de
dicho Reglamento, y a las normas sobre la proporción relativa a la norma 1 de las
buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM), el Reglamento de Ejecución
(UE) 2022/129 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021, por el que se establecen
normas para los tipos de intervención relativos a las semillas oleaginosas, el algodón y
los subproductos de la vinificación en virtud del Reglamento (UE) 2021/2115 del
Parlamento Europeo y del Consejo, así como para los requisitos en materia de
información, publicidad y visibilidad relacionados con la ayuda de la Unión y los planes
estratégicos de la PAC; y el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de
la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.° 1306/2013.
cve: BOE-A-2022-17475
Verificable en https://www.boe.es
17475
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 145900
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención
Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola
Común.
El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los
planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la Política
Agrícola Común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º
1307/2013, contempla en su artículo 57 y siguientes los tipos de intervenciones a realizar
en el sector vitivinícola y la ayuda financiera de la Unión para esta intervención.
Este nuevo Reglamento supone un cambio sustancial en la PAC, que pasa a ser una
política orientada a la consecución de resultados concretos, vinculados a los tres
objetivos generales del artículo 5 del Reglamento, esto es, fomentar un sector agrícola
inteligente, competitivo, resiliente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria a
largo plazo; apoyar y reforzar la protección del medio ambiente, incluida la biodiversidad,
y la acción por el clima y contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y
climáticos de la Unión, entre ellos los compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de
París y fortalecer el tejido socioeconómico de las zonas rurales. Esta nueva orientación
se articula sobre una mayor subsidiariedad a los Estados miembros, que deberán ser
quienes sobre la base de la situación y necesidades específicas los que deberán diseñar
sus propias intervenciones. Con este nuevo enfoque, España, tras un análisis riguroso
de la situación de partida, que ha permitido identificar y priorizar las necesidades
vinculadas a cada uno de estos objetivos, cuenta con un Plan Estratégico Nacional de la
Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, que tiene como objetivo
el desarrollo sostenible de la agricultura, la alimentación y las zonas rurales para
garantizar la seguridad alimentaria de la sociedad a través de un sector competitivo y un
medio rural vivo, el cual ha sido aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto
de 2022.
Asimismo, cabe destacar que el citado Reglamento establece en su artículo 43 que
la intervención en el sector vitivinícola es obligatoria para todos los Estados miembros
incluidos en su anexo VII, en el que está incluida España.
Deben tenerse en cuenta, asimismo, el Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la
Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE)
2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a los requisitos
adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados
miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de
dicho Reglamento, y a las normas sobre la proporción relativa a la norma 1 de las
buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM), el Reglamento de Ejecución
(UE) 2022/129 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021, por el que se establecen
normas para los tipos de intervención relativos a las semillas oleaginosas, el algodón y
los subproductos de la vinificación en virtud del Reglamento (UE) 2021/2115 del
Parlamento Europeo y del Consejo, así como para los requisitos en materia de
información, publicidad y visibilidad relacionados con la ayuda de la Unión y los planes
estratégicos de la PAC; y el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de
la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.° 1306/2013.
cve: BOE-A-2022-17475
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