I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ayudas. (BOE-A-2022-17473)
Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 145877
de testimoniar que toda la información proporcionada al NAP es correcta y ha sido
posible su publicación.
– Certificación de superación del curso por parte de los asistentes que contenga,
como mínimo, el nombre del alumno, los contenidos y el número de horas del curso.
7.
Ayuda a los servicios de transporte de viajeros.
– Factura que contenga todas las actuaciones financiadas, incluyendo la factura de
las licencias del software o de los servicios web, en la que se incluya la fecha de inicio y
finalización de la licencia del software o de la suscripción a los servicios web, así como la
factura de los sensores instalados y de los sistemas de hardware de conteo de pasajeros
implantados (en su caso).
– Informe en el que se incluya una descripción de las actuaciones que se han
llevado a cabo. Este informe deberá incluir la fecha de inicio y finalización del servicio de
consultoría proporcionado. El informe deberá incluir como anexo un justificante de la
solicitud de alta en el NAP de Transporte Multimodal proporcionando la dirección URL
del fichero que contenga los conjuntos de datos con la información requerida
debidamente actualizada. Asimismo, se incluirá una captura de pantalla donde se pueda
observar la publicación de los datos en el portal web del NAP de Transporte Multimodal
(https://nap.mitma.es/), a fin de testimoniar que toda la información proporcionada al
NAP es correcta y ha sido posible su publicación.
– Certificación de superación del curso por parte de los asistentes que contenga,
como mínimo, el nombre del alumno, los contenidos y el número de horas del curso.
8. Ayuda para la implantación de las aplicaciones que permitan a los usuarios de
los servicios públicos de transporte regular de uso general la realización de
reclamaciones por medios electrónicos.
– Factura que contenga todas las actuaciones financiadas, incluyendo la factura de
la aplicación informática en la que se incluya la descripción de los sistemas de hardware
y software instalados, así como el coste de conexión de la misma con el servicio web del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para el envío de los datos de las
reclamaciones.
– Certificación de superación del curso por parte de los asistentes que contenga,
como mínimo, el nombre del alumno, los contenidos y el número de horas del curso.
9.
Mejora de sistemas de ticketing.
La justificación de la actividad subvencionada se realizará para cada uno de los
Acuerdos de Prestación de Soluciones de Modernización, siendo los responsables
últimos de la misma los destinatarios últimos de la subvención. La presentación de la
justificación de la subvención se realizará por los Proveedores de Soluciones de
Modernización Adheridos, en nombre del destinatario último.
Se realizará mediante cuenta justificativa simplificada con aportación de justificantes
de gasto conforme a lo previsto en el artículo 30 y sucesivos, de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, y en el título II, capítulo II, de su Reglamento de desarrollo, los requisitos
cve: BOE-A-2022-17473
Verificable en https://www.boe.es
– Factura que contenga todas las actuaciones financiadas, incluyendo la factura de
las licencias del software o de los servicios web, en la que se incluya la fecha de inicio y
finalización de la licencia del software o de la suscripción a los servicios web, así como la
factura de los sistemas de hardware para sistemas nuevos de monética y ticketing
instalados.
– Informe en el que se incluya una descripción de las actuaciones que se han
llevado a cabo. Este informe deberá incluir la fecha de inicio y finalización del servicio de
consultoría proporcionado.
– Certificación de superación del curso por parte de los asistentes que contenga,
como mínimo, el nombre del alumno, los contenidos y el número de horas del curso.
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 145877
de testimoniar que toda la información proporcionada al NAP es correcta y ha sido
posible su publicación.
– Certificación de superación del curso por parte de los asistentes que contenga,
como mínimo, el nombre del alumno, los contenidos y el número de horas del curso.
7.
Ayuda a los servicios de transporte de viajeros.
– Factura que contenga todas las actuaciones financiadas, incluyendo la factura de
las licencias del software o de los servicios web, en la que se incluya la fecha de inicio y
finalización de la licencia del software o de la suscripción a los servicios web, así como la
factura de los sensores instalados y de los sistemas de hardware de conteo de pasajeros
implantados (en su caso).
– Informe en el que se incluya una descripción de las actuaciones que se han
llevado a cabo. Este informe deberá incluir la fecha de inicio y finalización del servicio de
consultoría proporcionado. El informe deberá incluir como anexo un justificante de la
solicitud de alta en el NAP de Transporte Multimodal proporcionando la dirección URL
del fichero que contenga los conjuntos de datos con la información requerida
debidamente actualizada. Asimismo, se incluirá una captura de pantalla donde se pueda
observar la publicación de los datos en el portal web del NAP de Transporte Multimodal
(https://nap.mitma.es/), a fin de testimoniar que toda la información proporcionada al
NAP es correcta y ha sido posible su publicación.
– Certificación de superación del curso por parte de los asistentes que contenga,
como mínimo, el nombre del alumno, los contenidos y el número de horas del curso.
8. Ayuda para la implantación de las aplicaciones que permitan a los usuarios de
los servicios públicos de transporte regular de uso general la realización de
reclamaciones por medios electrónicos.
– Factura que contenga todas las actuaciones financiadas, incluyendo la factura de
la aplicación informática en la que se incluya la descripción de los sistemas de hardware
y software instalados, así como el coste de conexión de la misma con el servicio web del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para el envío de los datos de las
reclamaciones.
– Certificación de superación del curso por parte de los asistentes que contenga,
como mínimo, el nombre del alumno, los contenidos y el número de horas del curso.
9.
Mejora de sistemas de ticketing.
La justificación de la actividad subvencionada se realizará para cada uno de los
Acuerdos de Prestación de Soluciones de Modernización, siendo los responsables
últimos de la misma los destinatarios últimos de la subvención. La presentación de la
justificación de la subvención se realizará por los Proveedores de Soluciones de
Modernización Adheridos, en nombre del destinatario último.
Se realizará mediante cuenta justificativa simplificada con aportación de justificantes
de gasto conforme a lo previsto en el artículo 30 y sucesivos, de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, y en el título II, capítulo II, de su Reglamento de desarrollo, los requisitos
cve: BOE-A-2022-17473
Verificable en https://www.boe.es
– Factura que contenga todas las actuaciones financiadas, incluyendo la factura de
las licencias del software o de los servicios web, en la que se incluya la fecha de inicio y
finalización de la licencia del software o de la suscripción a los servicios web, así como la
factura de los sistemas de hardware para sistemas nuevos de monética y ticketing
instalados.
– Informe en el que se incluya una descripción de las actuaciones que se han
llevado a cabo. Este informe deberá incluir la fecha de inicio y finalización del servicio de
consultoría proporcionado.
– Certificación de superación del curso por parte de los asistentes que contenga,
como mínimo, el nombre del alumno, los contenidos y el número de horas del curso.