I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ayudas. (BOE-A-2022-17473)
Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257

Miércoles 26 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 145856

Proveedores de Soluciones de Modernización Adheridos será de tres meses desde la
notificación de la resolución de concesión de la ayuda, salvo que las convocatorias de
las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla establezcan un plazo
inferior. Transcurrido dicho plazo, el destinatario último perderá el derecho al cobro del
importe de la subvención concedida que no esté asociado a Acuerdos de Prestación de
Soluciones de Modernización formalizados.
13. Una vez formalizado el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Modernización,
se procederá a la prestación de la solución de modernización por parte del Proveedor de
Soluciones de Modernización Adherido de la solución escogida. El Proveedor de
Soluciones de Modernización emitirá al destinatario último una única factura por el
importe total de la solución de modernización contratada asociada al Acuerdo de
Prestación de Soluciones de Modernización. La factura reflejará la reducción en el
importe a abonar por el destinatario último, con respecto a la cuantía de la subvención
concedida en el «cheque moderniza».
14. El pago de la prestación se realizará por el destinatario último, mediante la
cesión al Proveedor de Soluciones de Modernización Adherido de la parte del «cheque
moderniza» asociado al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Modernización suscrito
y abono de la parte correspondiente de los costes no subvencionables.
Justificación y pago de la subvención.

1. Tras la prestación de la solución de modernización, el Proveedor de Soluciones
de Modernización Adherido, en nombre del destinatario último, deberá presentar la
justificación de las acciones realizadas consistente en la documentación exigida y las
demás pruebas admitidas en derecho en su caso, en un plazo máximo de doce meses
desde la fecha de la resolución de concesión de la subvención al destinatario último.
A tal efecto, deberá presentarse al órgano competente de la comunidad autónoma o
de la ciudad de Ceuta o Melilla, la documentación establecida en el anexo III de este real
decreto y/o la documentación complementaria o sustitutiva, en caso de resultar
procedente, que pudieran requerir éstas en sus respectivas convocatorias para cada
actuación subvencionable. La documentación que se aporte para justificar la ejecución
de la actuación debe ser coherente con la información aportada en el formulario de
solicitud de la ayuda, y debe cumplir con los contenidos mínimos establecidos en el
anexo III del presente real decreto o con la documentación sustitutiva que las
comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla establezcan en sus
convocatorias.
Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla contarán con un
plazo máximo de seis meses contados desde la presentación de la justificación por parte
del Proveedor de Soluciones de Modernización Adherido para verificar el cumplimiento
de la ejecución de la actuación objeto de subvención y proceder, en su caso, al pago del
«cheque moderniza» a los Proveedores de Soluciones de Modernización Adheridos.
Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla podrían, de manera
excepcional, ampliar los plazos detallados en el presente artículo siempre que se cumpla
que todas las actuaciones estén justificadas antes del 30 de abril de 2026.
Una vez sea comprobada y verificada la prestación de la solución de modernización
al destinatario último por parte del Proveedor de Soluciones Modernización Adherido, así
como la entrega de toda documentación exigida en el anexo III de este real decreto, y/o
de la documentación complementaria o sustitutiva que las comunidades autónomas y las
ciudades de Ceuta y Melilla establezcan en sus convocatorias, dentro del plazo
establecido, el órgano competente de la comunidad autónoma o de las ciudades de
Ceuta o Melilla ordenará el pago al Proveedor de Soluciones de Modernización Adherido
por el importe del «cheque moderniza» correspondiente a la ayuda asociada al Acuerdo
de Prestación de Soluciones de Modernización suscrito con el destinatario último, con
expresa referencia a la procedencia de los fondos del PRTR, mencionando al Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, así como el Mecanismo Europeo de
Recuperación y Resiliencia, conforme a lo que pudiera establecerse al respecto.

cve: BOE-A-2022-17473
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Artículo 23.