V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2022-33075)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir sobre fases e inicio de oficio del procedimiento de constitución forzosa de la Comunidad de Usuarios de la masa de agua subterránea es050msbt000055101 - "Almonte", según los artículos 56.1.a), 87 y 88 del real decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de aguas.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. V-B. Pág. 50982
Segundo.- En ese mismo periodo de acceso al censo y consulta, los titulares o
sus representantes oportunamente acreditados, podrán realizar asimismo las
alegaciones, aportaciones y formular cuantas observaciones y sugerencias se
estimen convenientes.
Las alegaciones se realizarán según modelo del ANEXO II ("Modelo de
alegaciones al censo para la constitución de la Comunidad de usuarios de las
masas de agua subterránea") (disponible en la página web https://
www.chguadalquivir.es), aportando la documentación especificada en el mismo,
según los supuestos:
1.- Titularidad del derecho:
o Aparece un titular distinto al actual.
o No aparece en el censo pero es titular de algún derecho.
2.- Incidencias:
o El derecho no se encuentra en uso o ha dejado de existir.
o La cartografía de la zona regable no se corresponda o no se identifique como
tal ajustada al derecho.
o Los datos del derecho no se corresponden con el aprovechamiento actual
(usos, captaciones, etc.).
o Cualquier otra cuestión de la que se desee dejar constancia.
Tercero.- Una vez transcurrido el citado plazo de TRES (3) MESES, se
procederá por el Organismo de cuenca a realizar las correcciones oportunas y al
estudio de las alegaciones y posterior respuesta con el fin de proceder a
continuación a la publicación del censo definitivo de votantes en las sede central
de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y en la página Web del
organismo de cuenca (https://www.chguadalquivir.es) cuya consulta se podrá
realizar en los mismos términos del punto primero.
En el caso de que no se presentara ninguna candidatura en el plazo
establecido, será el Organismo de cuenca de oficio el que determinará la
composición de la Comisión redactora.
Quinto.- Una vez concluido el plazo para la recepción de candidaturas, se
procederá con al menos QUINCE (15) DÍAS de antelación por parte del Presidente
de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir a la convocatoria mediante
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia o Provincias en que radique el
aprovechamiento y los tablones de edictos de los Ayuntamientos implicados,
señalando las normas, candidaturas, el objeto, día/s y horario en que se celebrará
cve: BOE-B-2022-33075
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.- En el plazo de TREINTA (30) DÍAS desde la publicación del censo
definitivo, se podrán presentar las listas con las candidaturas a Presidente y
miembros de la Comisión redactora de los proyectos de Ordenanzas y
Reglamentos que se estimen convenientes, así como un Interventor o apoderado
por candidatura por todos aquellos que así lo deseen incluidos en el censo
definitivo en su condición de propietarios y usuarios de la Comunidad. En cualquier
caso, se estima a efectos de su eficacia, que la composición de dicha Comisión no
deberá exceder en ningún caso de veinte miembros.
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. V-B. Pág. 50982
Segundo.- En ese mismo periodo de acceso al censo y consulta, los titulares o
sus representantes oportunamente acreditados, podrán realizar asimismo las
alegaciones, aportaciones y formular cuantas observaciones y sugerencias se
estimen convenientes.
Las alegaciones se realizarán según modelo del ANEXO II ("Modelo de
alegaciones al censo para la constitución de la Comunidad de usuarios de las
masas de agua subterránea") (disponible en la página web https://
www.chguadalquivir.es), aportando la documentación especificada en el mismo,
según los supuestos:
1.- Titularidad del derecho:
o Aparece un titular distinto al actual.
o No aparece en el censo pero es titular de algún derecho.
2.- Incidencias:
o El derecho no se encuentra en uso o ha dejado de existir.
o La cartografía de la zona regable no se corresponda o no se identifique como
tal ajustada al derecho.
o Los datos del derecho no se corresponden con el aprovechamiento actual
(usos, captaciones, etc.).
o Cualquier otra cuestión de la que se desee dejar constancia.
Tercero.- Una vez transcurrido el citado plazo de TRES (3) MESES, se
procederá por el Organismo de cuenca a realizar las correcciones oportunas y al
estudio de las alegaciones y posterior respuesta con el fin de proceder a
continuación a la publicación del censo definitivo de votantes en las sede central
de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y en la página Web del
organismo de cuenca (https://www.chguadalquivir.es) cuya consulta se podrá
realizar en los mismos términos del punto primero.
En el caso de que no se presentara ninguna candidatura en el plazo
establecido, será el Organismo de cuenca de oficio el que determinará la
composición de la Comisión redactora.
Quinto.- Una vez concluido el plazo para la recepción de candidaturas, se
procederá con al menos QUINCE (15) DÍAS de antelación por parte del Presidente
de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir a la convocatoria mediante
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia o Provincias en que radique el
aprovechamiento y los tablones de edictos de los Ayuntamientos implicados,
señalando las normas, candidaturas, el objeto, día/s y horario en que se celebrará
cve: BOE-B-2022-33075
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.- En el plazo de TREINTA (30) DÍAS desde la publicación del censo
definitivo, se podrán presentar las listas con las candidaturas a Presidente y
miembros de la Comisión redactora de los proyectos de Ordenanzas y
Reglamentos que se estimen convenientes, así como un Interventor o apoderado
por candidatura por todos aquellos que así lo deseen incluidos en el censo
definitivo en su condición de propietarios y usuarios de la Comunidad. En cualquier
caso, se estima a efectos de su eficacia, que la composición de dicha Comisión no
deberá exceder en ningún caso de veinte miembros.