III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2022-17409)
Resolución de 3 de octubre de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cantabria, para la realización del "Máster Internacional de Formación Permanente UC-UIMP en Tecnología, Rehabilitación y Gestión de la Edificación" en el marco del campus de excelencia internacional y de las enseñanzas propias de ambas universidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de octubre de 2022

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que tiene atribuidas, actúa con plena autonomía de acuerdo con la Constitución y las
Leyes. Se rige por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, sus
normas de desarrollo, la normativa aplicable a las Administraciones Públicas y sus
propios Estatutos, aprobados por Decreto 26/2012, de 10 de mayo. Son funciones de la
UC, de acuerdo con el artículo 2 de sus Estatutos: a) La creación, desarrollo, transmisión
y crítica de la ciencia, la técnica y la cultura; b) La preparación para el ejercicio de
actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos
científicos, así como para la creación artística; c) La generación de nuevos
conocimientos a través de la investigación científica y el desarrollo; d) La valorización y
la transferencia de los resultados de la investigación en aras de la mejora de la calidad
de vida y del desarrollo social y económico, potenciando la innovación y la cultura
emprendedora; e) El fomento de la excelencia, la internacionalización y la colaboración
activa con todos los agentes e instituciones generadoras de conocimiento como medio
efectivo de desarrollo social; f) La difusión social del conocimiento y de la cultura a través
de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida, con especial
consideración al ámbito territorial de Cantabria; g) La formación integral de sus miembros
en el espíritu de la cultura de nuestro tiempo, la solidaridad, la cooperación para el
desarrollo de los países menos favorecidos y los valores constitucionales.
Que la UIMP, adscrita al Ministerio de Universidades de acuerdo con el Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
de dicho Ministerio, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creada por Decreto
de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la actualidad por el Real Decreto 331/2002,
de 5 de abril, por el que se aprueba su Estatuto, se define como un centro universitario
de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de
distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión difundir la cultura
y la ciencia, fomentar las relaciones de intercambio e información científica y cultural de
interés internacional e interregional y el desarrollo de actividades de alta investigación y
especialización, cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o
instituciones españolas o extranjeras. A tal fin organiza y desarrolla enseñanzas de
posgrado que acredita con los correspondientes títulos oficiales de Máster universitario y
Doctor y otros títulos propios y diplomas de posgrado que la misma expida.
Que la UC y la UIMP, dentro del marco legal respectivo que les es de aplicación,
vienen manteniendo diferentes colaboraciones en los ámbitos de la docencia, la
investigación y la acción cultural y de extensión.
En este sentido, las dos instituciones, con objeto de dar un mejor cumplimiento a los
fines y objetivos que les son propios, y conscientes de los beneficios que puede
reportarles la suma de recursos y disponibilidades en un contexto de cooperación mutua,
establecieron mediante convenio firmado el 2 de septiembre de 2002 un marco estable
de colaboración que, entre otros aspectos, permite fomentar y desarrollar de forma
conjunta, en los términos específicos que acuerden, iniciativas y actividades de interés
común.
Que, asimismo, una vez acreditado el proyecto Cantabria Campus Internacional (en
adelante CCI) presentado conjuntamente por las dos universidades, conforme al
convenio firmado a tal fin el 4 de septiembre de 2009, existe un innegable interés por
potenciar la visibilidad y reforzar la consolidación de las áreas estratégicas sobre las que
se asienta el proyecto, contribuyendo con ello, al tiempo, a la consolidación de Cantabria
como región de conocimiento.
Que CCI incluye entre sus líneas prioritarias de acción la creación de un Centro
Internacional de Posgrado (CIP) a través del agregado conformado entre UC y UIMP,
que se responsabilizaría de las titulaciones de posgrado, propias y oficiales, impartidas
conjuntamente (objetivo A.6.1. Plan estratégico CCI). Los programas interuniversitarios
serán estratégicos, de marcado carácter internacional y orientados a la captación de
estudiantes e investigadores en formación extranjeros.
Que, en línea con lo referido, y con el objetivo de cumplir esos compromisos, se
diseñó, para su desarrollo a partir del curso 2014-15, el «Máster Internacional de

cve: BOE-A-2022-17409
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Núm. 255