III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-17392)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional del Vino de España, para la organización de actividades formativas sobre el vino español a profesionales y consumidores en la República Popular China.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255
Lunes 24 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 145496
información detallada que se aporte por la agencia ejecutora del mismo contratada al
efecto por ICEX sin cargo al presente Convenio.
El cumplimiento de todas las obligaciones previstas en esta cláusula deberá
producirse en el plazo adecuado para que las actividades acordadas puedan celebrarse
dentro las fechas establecidas de vigencia de este Convenio.
Cuarta.
Compromiso económico.
El presupuesto total máximo establecido para las actividades formativas objeto del
presente Convenio asciende a la cantidad máxima de ciento doce mil quinientos
cuarenta y cuatro euros (112.544 euros).
Estas actividades formativas serán cofinanciadas por las Partes en función de las
disponibilidades presupuestarias existentes:
– OIVE se compromete a contribuir con el 44,43% de la financiación de los gastos
que se generen por la ejecución de las actividades previstas en este Convenio, esto es,
hasta un importe máximo de cincuenta mil euros (50.000 euros).
– Por su parte, ICEX asumirá el 55,57% de los gastos que se generen por la
ejecución de las actividades formativas previstas en este Convenio, esto es, hasta un
máximo de sesenta y dos mil quinientos cuarenta y cuatro euros (62.544 euros).
ICEX llevará la gestión económica de las actividades previstas, para ello, una vez
finalizados los programas y previa aprobación de las memorias justificativas por parte de
la Comisión de Seguimiento, OIVE ingresará a ICEX la cantidad comprometida.
Quinta.
Vigencia.
La duración de este Convenio será hasta el próximo 31 de enero de 2023. Con
carácter previo a esta fecha las Partes podrán acordar, de forma expresa y por escrito,
su prórroga en el caso de que no se hayan impartido las ediciones previstas. Esta
prórroga no podrá ser superior a seis (6) meses.
Este Convenio se perfecciona con la firma de las Partes y será eficaz una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal (REOICO), en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización.
Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez (10) días
hábiles desde su formalización, con arreglo al artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
Sexta.
Valoración del cumplimiento de objetivos.
Al objeto de hacer un correcto seguimiento de la gestión de las actividades
formativas, las Partes acuerdan que, tras la realización de las ediciones previstas, ICEX
presentará a la Comisión de Seguimiento un informe de gestión en el que se incluya
información con los resultados de los programas realizados con los participantes de cada
edición y demás datos relevantes sobre el cumplimiento de los objetivos previstos para
estas acciones formativas.
Propiedad intelectual.
En todos los materiales de promoción que se elaboren, tanto para la difusión como
para la divulgación de los programas, las Partes acuerdan que se utilizarán de forma
simultánea los logotipos de ambas instituciones, sin que se pueda alterar en su uso
colores, formas, símbolos o gráficos de acuerdo con lo acordado por éstas en este
Convenio. Los derechos de propiedad intelectual de los materiales antedichos serán
titularidad de la parte que los elabore.
cve: BOE-A-2022-17392
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 255
Lunes 24 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 145496
información detallada que se aporte por la agencia ejecutora del mismo contratada al
efecto por ICEX sin cargo al presente Convenio.
El cumplimiento de todas las obligaciones previstas en esta cláusula deberá
producirse en el plazo adecuado para que las actividades acordadas puedan celebrarse
dentro las fechas establecidas de vigencia de este Convenio.
Cuarta.
Compromiso económico.
El presupuesto total máximo establecido para las actividades formativas objeto del
presente Convenio asciende a la cantidad máxima de ciento doce mil quinientos
cuarenta y cuatro euros (112.544 euros).
Estas actividades formativas serán cofinanciadas por las Partes en función de las
disponibilidades presupuestarias existentes:
– OIVE se compromete a contribuir con el 44,43% de la financiación de los gastos
que se generen por la ejecución de las actividades previstas en este Convenio, esto es,
hasta un importe máximo de cincuenta mil euros (50.000 euros).
– Por su parte, ICEX asumirá el 55,57% de los gastos que se generen por la
ejecución de las actividades formativas previstas en este Convenio, esto es, hasta un
máximo de sesenta y dos mil quinientos cuarenta y cuatro euros (62.544 euros).
ICEX llevará la gestión económica de las actividades previstas, para ello, una vez
finalizados los programas y previa aprobación de las memorias justificativas por parte de
la Comisión de Seguimiento, OIVE ingresará a ICEX la cantidad comprometida.
Quinta.
Vigencia.
La duración de este Convenio será hasta el próximo 31 de enero de 2023. Con
carácter previo a esta fecha las Partes podrán acordar, de forma expresa y por escrito,
su prórroga en el caso de que no se hayan impartido las ediciones previstas. Esta
prórroga no podrá ser superior a seis (6) meses.
Este Convenio se perfecciona con la firma de las Partes y será eficaz una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal (REOICO), en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización.
Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez (10) días
hábiles desde su formalización, con arreglo al artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
Sexta.
Valoración del cumplimiento de objetivos.
Al objeto de hacer un correcto seguimiento de la gestión de las actividades
formativas, las Partes acuerdan que, tras la realización de las ediciones previstas, ICEX
presentará a la Comisión de Seguimiento un informe de gestión en el que se incluya
información con los resultados de los programas realizados con los participantes de cada
edición y demás datos relevantes sobre el cumplimiento de los objetivos previstos para
estas acciones formativas.
Propiedad intelectual.
En todos los materiales de promoción que se elaboren, tanto para la difusión como
para la divulgación de los programas, las Partes acuerdan que se utilizarán de forma
simultánea los logotipos de ambas instituciones, sin que se pueda alterar en su uso
colores, formas, símbolos o gráficos de acuerdo con lo acordado por éstas en este
Convenio. Los derechos de propiedad intelectual de los materiales antedichos serán
titularidad de la parte que los elabore.
cve: BOE-A-2022-17392
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.