III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-17392)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional del Vino de España, para la organización de actividades formativas sobre el vino español a profesionales y consumidores en la República Popular China.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Lunes 24 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 145495

con un máximo de entre quince (15) y dieciocho (18) estudiantes por edición del
programa. Impartido por los Spanish Wine Epicurean formados en 2022.
2.2

Contenidos.

Abarcarán, a modo de referencia y sin carácter exhaustivo, las siguientes materias:
panorámica general de las principales regiones vitivinícolas y uvas que se utilizan en la
producción del vino en España; y análisis de las principales varietales de uvas tintas,
blancas y las empleadas para vinos espumosos y fortificados. Asimismo, se hace una
presentación de los principales maridajes de vinos con los productos de la despensa
española, según las diferentes regiones.
2.3

Ediciones y fechas orientativas de impartición.

Las fechas orientativas serán las siguientes:
– Spanish Wine Specialist: dos ediciones que se realizarán entre los meses de
octubre y diciembre de 2022.
– Spanish Wine Epicurean: una edición que se realizará en noviembre de 2022.
– Spanish Wine Trader Course: diez ediciones. Las fechas dependerán de cada
educador y academia de formación, pero, en todo caso, serán impartidos durante la
vigente de este Convenio.
En el supuesto de que hubiera alguna modificación en el calendario establecido, las
nuevas fechas deberán ser notificadas y aprobadas por ambas partes en sede de la
Comisión de Seguimiento.
Tercera.

Obligaciones de las Partes.

ICEX será responsable de:
– Poner a disposición los contenidos, materiales docentes traducidos al chino y
ponentes que impartirán los programas de formación on-line identificados en la cláusula
anterior.
– Poner a disposición una plataforma de formación específica en China para la
impartición de estos programas.
– Realizar una propuesta de selección de participantes en estos programas.
– Recabar los datos personales de los participantes en los programas conforme lo
señalado en la cláusula Octava.
– Hacer un informe de evaluación y seguimiento de los resultados de cada una de
las ediciones de los distintos programas, que deberá ser aprobado en sede de la
Comisión de Seguimiento.
– Hacer difusión de la iniciativa conjunta a través de sus canales de comunicación
institucionales.

– Proponer aquellos perfiles o regiones geográficas en China que considere
prioritarias y de donde provendrán los perfiles de los candidatos para que las Ofecomes
puedan realizar la propuesta de selección en todo el abanico de programas.
– Difundir la actividad conjunta y sus resultados entre sus miembros.
Asimismo, las Partes se comprometen a emitir una nota de prensa conjunta, suscrita
por ambas Partes, tanto al inicio como al final de las actividades desarrolladas en el
marco del presente convenio, con el fin de informar sobre su contenido y desarrollo. El
encargado de la redacción de dichas notas y de su publicación será ICEX en el caso de
la de lanzamiento y OIVE en el caso de la final de evaluación del programa.
Ambas Partes, en el seno de la Comisión de seguimiento evaluarán los resultados y
el impacto de cada uno de los programas que incluye este Convenio sobre la base de la

cve: BOE-A-2022-17392
Verificable en https://www.boe.es

OIVE será responsable de: