T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-17268)
Sala Segunda. Sentencia 102/2022, de 12 de septiembre de 2022. Recurso de amparo 3362-2020. Promovido por doña M.R.S., respecto de las resoluciones dictadas por la Audiencia Provincial de Jaén y un juzgado de primera instancia e instrucción de Alcalá la Real en diligencias previas. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: resoluciones que deniegan el derecho de acceso a la información judicial de quien invoca su condición de víctima del delito.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Viernes 21 de octubre de 2022

Sec. TC. Pág. 144441

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
17268

Sala Segunda. Sentencia 102/2022, de 12 de septiembre de 2022. Recurso
de amparo 3362-2020. Promovido por doña M.R.S., respecto de las
resoluciones dictadas por la Audiencia Provincial de Jaén y un juzgado de
primera instancia e instrucción de Alcalá la Real en diligencias previas.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: resoluciones que
deniegan el derecho de acceso a la información judicial de quien invoca su
condición de víctima del delito.

ECLI:ES:TC:2022:102
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Juan
Antonio Xiol Ríos, presidente; los magistrados don Antonio Narváez Rodríguez, don
Cándido Conde-Pumpido Tourón, don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo
Alcubilla, y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 3362-2020, promovido por doña M.R.S., contra el auto
de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén de 31 de marzo de 2020 por
el que se desestima el recurso de apelación núm. 216-2020, interpuesto contra el auto
del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Alcalá la Real de 16 de
diciembre de 2019, que se desestima el recurso de reforma interpuesto contra la
providencia de 28 de octubre de 2019, en las diligencias previas núm. 157-2009. Ha
intervenido el Ministerio Fiscal. Ha formulado alegaciones don J.G.G. Ha sido ponente el
magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla.
I.

Antecedentes

1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el 16 de julio
de 2020, la procuradora de los tribunales doña Ana María Hidalgo Moyano, en nombre y
representación de doña M.R.S., bajo la dirección letrada de don Enrique del Castillo
Codes, formuló demanda de amparo contra las resoluciones judiciales a las que se ha
hecho mención en el encabezamiento de esta sentencia.

a) Doña D.R.G., madre de la demandante de amparo, presentó denuncia el 12 de
febrero de 2009 en el puesto de la Guardia Civil de Alcaudete (Jaén) en la que exponía
que su hija, de quince años de edad (nació el 21 de octubre de 1993), había entrado en
contacto –a través de la aplicación de mensajería instantánea «Messenger»– con
personas que, por medio de la cámara web, le habían mostrado imágenes de contenido
sexual explícito y le habían solicitado que se desnudase; aportaba un número de
teléfono móvil del varón que había contactado con su hija y un CD con archivos de
conversaciones de chat e imágenes de vídeo.

cve: BOE-A-2022-17268
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2. Los hechos en los que se fundamenta la demanda de amparo son, en síntesis,
los que seguidamente se relacionan.