III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-17253)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio del Interior y el Instituto Nacional de Estadística, sobre el acceso a la base padronal del INE a través del servicio web Secopa.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Viernes 21 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 144328

Ambas partes comparecen en nombre y representación de las instituciones de las
que respectivamente son titulares y se reconocen, de modo recíproco, capacidad para
formalizar el presente convenio, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, de acuerdo
con el artículo 104 de la Constitución, tienen como misión proteger el libre ejercicio de
los derechos y libertades de los ciudadanos y garantizar la seguridad ciudadana.
Asimismo, el Preámbulo, de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección
de la seguridad ciudadana declara como la seguridad ciudadana es la garantía de que
los derechos y libertades reconocidos y amparados por las constituciones democráticas
puedan ser ejercidos libremente por la ciudadanía y no meras declaraciones formales
carentes de eficacia jurídica y en este sentido, la seguridad ciudadana se configura como
uno de los elementos esenciales del Estado de Derecho.
Por su parte, la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad, señala que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, entre las que se
encuentra la Policía Nacional, ejercen sus funciones en todo el territorio nacional, que
comprenden tanto velar por el cumplimiento de las leyes y disposiciones generales,
ejecutando las órdenes que reciban de las autoridades, en el ámbito de sus respectivas
competencias como, específicamente, investigar los delitos para descubrir y detener a
los presuntos culpables, asegurar los instrumentos, efectos y pruebas del delito,
poniéndolos a disposición del juez o tribunal competente y elaborar los informes técnicos
y periciales procedentes y captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para el
orden y la seguridad pública, y estudiar, planificar y ejecutar los métodos y técnicas de
prevención de la delincuencia.
El artículo 1.1 del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, de estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior, establece que corresponde al Ministerio del Interior la
propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de seguridad ciudadana; la
promoción de las condiciones para el ejercicio de los derechos fundamentales, en
particular, la libertad y seguridad personales, en los términos establecidos en la
Constitución Española y en las leyes que los desarrollen; el mando superior y la
dirección y coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
La estructura del Ministerio del Interior, considera a la Secretaría de Estado de
Seguridad órgano superior del que dependen entre otros la Dirección General de la
Policía, cuyo titular es el encargado de la ordenación, dirección, coordinación y ejecución
de las misiones que a la Policía Nacional encomienden las disposiciones vigentes, de
acuerdo con las directrices y órdenes emanadas de la persona titular del Departamento.
En este contexto, los datos padronales son relevantes para el desarrollo de las
funciones que legalmente tiene asignadas la Policía Nacional, en tanto en cuanto
permiten identificar la residencia o domicilio de una persona física.

Que según establece la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, en su apartado 3 del artículo 17, los Ayuntamientos remitirán al Instituto
Nacional de Estadística los datos de sus respectivos Padrones, en la forma que
reglamentariamente se determine por la Administración General del Estado, a fin de que
pueda llevarse a cabo la coordinación entre los Padrones de todos los municipios.
Tercero.
Que la cesión de datos padronales se rige por lo establecido en el artículo 16.3 de la
citada Ley 7/1985, según la cual: «Los datos del Padrón municipal se cederán a otras

cve: BOE-A-2022-17253
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.