III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-17252)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Organismo Autónomo Parques Nacionales, para el desarrollo del programa de recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados en Umbralejo (Guadalajara) y Granadilla (Cáceres).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Viernes 21 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 144320

administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias,
Primero. Quinto.
Y de otra parte:
Don Javier Pantoja Trigueros, Director del Organismo Autónomo Parques
Nacionales, nombrado el día 30 de marzo de 2022 por acuerdo del Subsecretario para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, actuando en nombre y representación del
Organismo, en virtud de la Orden ministerial APM/126/2018, de 5 de febrero, sobre
delegación de competencias en el Organismo Autónomo Parques Nacionales, y con
domicilio a efectos de este convenio en la calle Hernani, 59, 28020, de Madrid.
Las partes reconociéndose mutuamente, en la calidad en la que intervienen, la
competencia y la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente convenio, en su
virtud,

I. Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece que el Estado a
través del Ministerio de Educación promoverá programas de cooperación territorial con el
fin de alcanzar los objetivos educativos de carácter general referidos al alumnado,
profesorado y centros, reforzar las competencias de los estudiantes, favorecer el
conocimiento y aprecio por parte del alumnado de la riqueza cultural y lingüística de las
distintas comunidades autónomas, así como contribuir a la solidaridad interterritorial y al
equilibrio territorial en la compensación de desigualdades.
Asimismo, establece que dichos programas podrán desarrollarse y gestionarse por
las administraciones educativas competentes, en los términos del acuerdo o convenio
que, en su caso y a estos efectos, se suscriba.
II. Que el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
Departamentos ministeriales determina que corresponde al Ministerio de Educación y
Formación Profesional, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia
educativa y de formación profesional del sistema educativo y para el empleo. El Real
Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Educación y Formación Profesional dispone, así mismo, que dicho
Ministerio es el competente en la planificación, gestión y seguimiento de los programas
de cooperación territorial.
III. Que el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, disponiendo que dicho
Ministerio es competente para el desarrollo y ejecución de proyectos y actuaciones, tanto
de obra nueva como de rehabilitación, propiedad de la Administración General del
Estado o de otros titulares que así se decidan por su especial interés arquitectónico o
patrimonial, que sirvan de refrendo al marco normativo, a la promoción de la arquitectura
española o tengan como objeto la recuperación del patrimonio arquitectónico.
IV. Que por su parte, el Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, modificado por el Real Decreto 241/2022, de 5 de abril, establece que
el Organismo Autónomo Parques Nacionales (en adelante, OAPN) es el competente
para la organización, apoyo y desarrollo de actuaciones de educación, formación,
información, intercambio de ideas y debate, sensibilización y comunicación para el
desarrollo de las funciones anteriores, así como para el apoyo, como medio instrumental
para el desarrollo de acciones concretas, al desarrollo de las políticas del Departamento
en materia de educación, información, sensibilización, formación y participación pública
sobre temas medioambientales a través del Centro Nacional de Educación
Ambiental (CENEAM).

cve: BOE-A-2022-17252
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