III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-17222)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Algete a inscribir una escritura de compraventa.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Viernes 21 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 143785

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
17222

Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Algete a inscribir una escritura de
compraventa.

En el recurso interpuesto por don Fernando González Garrido, notario de Algete,
contra la negativa del registrador de la Propiedad de Algete, don Ernesto Calmarza
Cuencas, a inscribir una escritura de compraventa.
Hechos
I
En escritura autorizada el día 17 de marzo de 2022 por don Fernando González
Garrido, notario de Algete, con el número 548 de protocolo, se formalizó un contrato de
compraventa de una finca urbana por el precio de 450.000 euros otorgada por doña L. L.
P y don A. R. M., como vendedores, y don J. L. P. V., como comprador. Interesa en este
expediente transcribir los siguientes extremos de dicha escritura:
«II. Manifestaciones para aclarar los medios de pago.
Se deja constancia de los siguientes extremos previos a la formalización de esta
compraventa.
– Que mediante contrato privado de fecha 20 de febrero de 2018 doña L. L. P y don
A. R. M. alquilaron la vivienda descrita con opción de compra a Secyc y Vázquez S.L.
– Que esta sociedad no estando interesada en ejercitar la opción de compra la ha
cedido a don J. L. P. V.
– Que por la cesión los pagos del alquiler que se imputan al precio de la compra
quedan en beneficio de don J. L. P. V. (…)
A efectos civiles y fiscales, y en cumplimiento del artículo 24 de la Ley de
Organización del Notariado y 177 de su Reglamento, y como identificación de los medios
de pago utilizados se deja constancia de que el precio ha sido satisfecho de la siguiente
forma:
Pagos efectuados en el acto del otorgamiento:

– La cantidad de 264.000 euros se hace efectiva en este acto mediante cheque
bancario nominativo en favor de L. L. P., que dejo unido por medio de fotocopia en el que
consta su número. Manifestando la parte adquirente que la cuenta con cargo a la cual se
han aportado los fondos para su libramiento es que tiene el código (…)
– La cantidad de 88.000 euros se hace efectiva en este acto mediante cheque
bancario nominativo en favor de A. R. M., que dejo unido por medio de fotocopia en el
que consta su número. Manifestando la parte adquirente que la cuenta con cargo a la
cual se han aportado los fondos para su libramiento es que tiene el código (…)
B. Constancia mediante manifestación y bajo responsabilidad de los
comparecientes de los medios de pago anteriores a este otorgamiento en concepto de
señal a cuenta del precio (y como parte del pago del mismo) que:
– La cantidad de 73.500 euros se hizo efectiva antes de este acto en concepto de
rentas del alquiler mediante transferencias bancarias mensuales en favor de doña L. L. P,

cve: BOE-A-2022-17222
Verificable en https://www.boe.es

A.